Artículos doctrinales sobre Sucesión universal
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- Título VII. De la sucesión legal
- Capítulo XVI
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Capítulo XXII (Segunda Parte)
La sucesión intestada en los Derechos Forales - Aragón - A) Introducción - B) Apertura de la sucesión legal - C) Disposiciones generales - 1. Normativa general - D) Sucesión de descendientes - E) Derecho de recobro o reversión - 1. Recobro de liberalidades - a) Elementos personales - b) Elementos reales - 2. Recobro habiendo descendientes - F) Sucesión troncal - 1. Introducción - 2. Bienes...
- Los pactos sucesorios en la Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia
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La sociedad de gananciales en la sucesión mortis causa. (Su regulación en la Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia)
Derecho Civil de Galicia. Régimen económico y sucesión hereditaria Desde un punto de vista teórico, pero también desde una perspectiva esencialmente práctica, son evidentes las repercusiones que en el ámbito hereditario tiene la existencia del régimen económico-matrimonial cuando el causante fallece en estado de casado, y mucho más si se trata de un régimen de comunidad como es la sociedad de...
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Artículo 149
I. Títulos hábiles para la atribución de la legítima.-II. El principio de intan-gibilidad cualitativa en la legítima gallega.-III. El pago de la legítima en metálico extrahereditario por disposición expresa del causante.-IV. Otros supuestos de pago en metálico de la legítima.
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Artículo 147
I. Cálculo e imputación de la legítima: operaciones.-II. Determinación del activo sucesorio y momento de la valoración.-III. Deducción del pasivo: 1. Las deudas del causante. 2. Los gastos de su última enfermedad, enterramiento y funeral. 3. El importe de las mejoras útiles y gastos extraordinarios de conservación y reparación costeados por el mejorado por pacto en los bienes objeto de la mejora.-
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Artículos 153 y 154
I. Presentación del supuesto.-II. Calificación del Derecho de la Comunidad Autónoma.-III. La indubitada competencia del Parlamento gallego para legislar en materia de sucesión legal.-IV. El supuesto de hecho: 1. Presupuestos de aplicación: A) Ha de tratarse de un causante que al tiempo de su fallecimiento tenga la vecindad civil gallega. B) Ha de proceder la apertura de la sucesión intestada. C)...
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Artículo 152
I. La remisión al Código civil en materia de sucesión legal. Carácter dinámico de la misma.-II. Derechos del apartado en la sucesión legal.-III. La opción del viudo legitimario de hacer efectiva su cuota usufructuaria sobre bienes gananciales. La ratio de la norma y su ubicación sistemática.-IV. Presupuestos de aplicación.-V. El ejercicio de la opción.
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Artículo 151
I. La afección de los bienes hereditarios al pago de la legítima y la acción de reclamación.-II. La acción de suplemento.-III. La constancia registral del ejercicio de las acciones de reclamación y suplemento.
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Artículo 148
I. La determinación de la legítima individual.-II. Consideraciones del apartamiento para la determinación de las legítimas individuales.
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Artículo 150
I. La comunicación de la decisión.-II. Liquidación de las cantidades a pagar.-III. El pago.
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Artículo 146
I. La regulación de las legítimas en la Ley de Derecho Civil de Galicia. Introducción.-II. Naturaleza jurídica de la legítima en la Ley gallega.-III. Los sujetos legitimarios.-IV. La renuncia a la legítima.
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Artículo 132. Sucesión troncal
I. El principio de troncalidad.--II. Requisitos de la --sucesión troncal--.--III. Bienes sujetos a la --sucesión troncal--: 1. Origen familiar de los bienes. 2. Naturaleza de los bienes. 3. Título de adquisición.--IV. Orden sucesorio.
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Artículo 136. Privilegio del Hospital de Nuestra Señora de Gracia
I. Breve reseña histórica.--II. Origen y significado del privilegio.
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Artículos 129 a 131. Recobro de dote y firma de dote
I. Naturaleza y efectos.--II. Recobro de la dote o firma de dote: 1. Significado de este recobro. 2. Bienes objeto del recobro. 3. Elementos subjetivos del derecho de recobro.--III. Recobro de liberalidades: 1. Elementos subjetivos. 2. Elemento objetivo. 3. Colisión de derechos.
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Artículo 135. Sucesión no troncal
I. La remisión al Código civil: efectos y consecuencias.--II. Presupuestos de la norma.--III. Orden de llamamientos en la sucesión no troncal.--IV. La sucesión a favor del Estado.
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Artículo 133. Sucesión en bienes troncales de abolorio
I. Bienes --troncales-- y bienes --troncales de abolorio--: 1. Bienes muebles o inmuebles. 2. Adquisición gratuita por el causante. 3. Permanencia familiar de los bienes. 4. Bienes subrogados.--II. Orden sucesorio.