Artículos doctrinales sobre Expedientes de jurisdiccion voluntaria en materia de personas
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Artículo 289
I. Objeto de la curatela de los incapacitados.
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Artículo 293
I. Anulabilidad de los actos realizados sin intervención del curador.
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Artículo 283
I. Saldo favorable al tutor: necesidad de intimación al deudor.
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Artículo 282
I. El saldo de la cuenta general devenga el interés legal.-II. Cuál es el interés legal.
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Artículo 273
I. Controles o garantías que ha de adoptar la autoridad judicial.
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Artículo 280
I. Idea general.-II. Personas que han de ser oídas antes de la aprobación de la cuenta
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Artículo 284
I. Saldo en contra del tutor.
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Artículo 264
I. Forma de realizar el inventario.-II. Manera de redactar el inventario.
- Artículo 276
- Artículo 287
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Artículo 286
I. Personas sometidas a curatela.
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Artículo 291
I. Régimen jurídico de la curatela: 1. Nombramiento. 2. Inhabilidad. 3. Excusa. 4. Remoción.
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Artículo 290
I. Caso de que la sentencia de incapacitación no hubiese establecido el objeto de la curatela.
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Artículo 315
I. La mayoría de edad: 1. Consideraciones generales. 2. Derecho español.-II. Cómputo de la mayoría de edad.
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Artículo 317
I. Emancipación por concesión de quienes ejerzan la patria potestad: 1. Concepto y naturaleza jurídica. 2. Requisitos.
- Artículo 319
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Artículo 321
I. La habilitación de edad o beneficio de la mayor edad: 1. Precedentes. 2. Requisitos. 3. Irrevocabilidad.
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Artículo 209
I. Medidas de protección durante el procedimiento
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Artículo 332
I. Derogación y juicio crítico.
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Artículo 206
I. Intervención preceptiva del Ministerio fiscal.
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Artículo 250
I. Nombramiento de nuevo tutor.
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Artículo 207
I. Carácter de la intervención del Ministerio fiscal.
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Artículo 204
I. Acción pública de denuncia.
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Artículo 322
I. Capacidad del mayor de edad.
- Artículo 304