Sentencias sobre Calendario laboral

190 sentencias sobre Sentencias sobre Calendario laboral

  • STSJ Navarra 9/2011, 12 de Enero de 2011

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Siendo, evidente la existencia de esa modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en el caso enjuiciado acontece que la única noticia que tuvo el trabajador demandante de la misma fue la contenida en la comunicación de 30 de diciembre de 2009 y la misma tampoco no cumple con las exigencias expuestas en relación con el plazo de preaviso y la...

  • STSJ Asturias 639/2011, 4 de Marzo de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. VACACIONES. La modificación operada por el calendario en lo relativo a las vacaciones es una modificación sustancial de condiciones de trabajo del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores lo cierto es que la empresa ha cumplido lo preceptuado en el art. 41 4º del referido texto estatutario puesto que ha existido un proceso de negociación con intervención de los representantes

  • STSJ Comunidad Valenciana 1391/2010, 11 de Mayo de 2010

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACION DEL CALENDARIO LABORAL. En efecto, consta que la modificación se llevó a cabo en el marco de la elaboración anual del calendario laboral, en la que participó el comité de empresa, pero sin llegar a un acuerdo; en dichas reuniones la empresa expuso verbalmente a los miembros del Comité los motivos para el cambio de turnos. Por el contrario, no consta que se haya...

  • STSJ Castilla y León 357/2010, 20 de Mayo de 2010

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. NULIDAD. Si la empresa deseaba por razones económicas técnicas u organizativas realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo debió seguir el procedimiento legal no imponerla unilateralmente, así y en este mismo sentido STSJ de Cataluña de 25-2-2008 Rec 8768/08. Y esto es lo que ocurre en el presente supuesto que mediante la...

  • STSJ Navarra 28/2011, 28 de Enero de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. El contenido de la negociación ha versado sobre las causas de la decisión empresarial, y sobre la posibilidad de evitar o reducir los efectos de esa decisión, habiendo asistido a las tres reuniones desarrolladas durante el periodo de consultas los representantes de los trabajadores, quienes han efectuado las propuestas que estimaron convenientes, desarrollándose por ello una...

  • STSJ Asturias 497/2010, 12 de Febrero de 2010

    HORAS EXTRAORDINARIAS. Esas variaciones que pone de ejemplo no intervienen en el cálculo del valor de hora ordinaria, que debe ser forzosamente teórico, a partir de los parámetros que concede una situación dada, exenta de circunstancias tales. Y es que, la retribución semanal, mensual o anual, para hallar ese valor sólo puede partir de datos legales como son la retribución según convenio (que...

  • STSJ Comunidad de Madrid 471/2009, 26 de Mayo de 2009

    CONTRATO DE TRABAJO. RECLAMACIÓN DE DERECHOS. Como la empresa no ha seguido los trámites establecidos en el artículo 41 de ET para modificar el sistema de cómputo de la jornada, tal variación al exceder del poder de organización que como facultad empresarial regula el Art. 20 de ET, se encuentra sometida a las exigencias y requisitos legales establecidos en el Art. 41 ET, no sólo en cuanto a la...

  • STSJ Castilla y León 1226/2009, 16 de Septiembre de 2009

    CONFLICTO COLECTIVO. JORNADA DE TRABAJO. DESCANSO SEMANAL. Si la jornada semanal es de 35 horas de duración, tal jornada resulta en todo caso inferior en cómputo anual a aquella otra de 36 horas semanales bajo cuya vigencia se acordó la minoración a 30 horas de la jornada semanal cuyo sábado fuere día festivo. Forma parte de lo obvio que el establecimiento de una jornada semanal de 35 horas de...

  • STSJ Canarias 561/2010, 7 de Junio de 2010

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. SANCIONES. La duración máxima de la jornada semanal será de 40 horas de trabajo efectivo. La jornada diaria de trabajo podrá ser continuada o partida, según convenga en cada departamento o parte del mismo. Se respetarán, no obstante, las condiciones que en materia de jornada estén vigentes en cada empresa a la entrada en vigor del presente convenio. Cada año...

  • STSJ Galicia , 4 de Octubre de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONTRATO DE TRABAJO. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL. No existe modificación sustancial del contrato de trabajo por el cambio de horario de trabajo que realice el empleador. Se desestima el recurso.

  • STSJ Castilla y León 597/2012, 13 de Septiembre de 2012

    DESPIDO. VACACIONES NO DISFRUTADAS. A este respecto hemos de indicar que, en relación a la primera de las cuestiones, el precepto convencional citado estipula que el inicio del periodo de descanso vacacional debe iniciarse el día laborable que no sea viernes. La afirmación de parte relativa a la inclusión del fin de semana completo como parte del descanso semanal, constituye un hecho carente de...

  • STSJ País Vasco , 26 de Octubre de 2010

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. CONFLICTO COLECTIVO. La modificación unilateral por la empresa, en este caso intento de supresión de este beneficio o derecho adquirido plural o colectivo, exige un procedimiento específico, más amplio que el llevado a cabo por la demandada para implantar el calendario laboral ante la falta de acuerdo con la parte social, tal y como ha entendido la...

  • STSJ Navarra 130/2010, 7 de Mayo de 2010

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. Por ello, del hecho de fijarse una serie de días en el calendario laboral como jornada industrial, no supone la producción automática de los derechos aparejados a la efectiva realización de dichas jornadas, sino que los mismos se devengarán si se produce la prestación de servicios en los días de jornada industrial, por parte de los trabajadores que...

  • STSJ País Vasco 946/2010, 30 de Marzo de 2010

    CONFLICTO COLECTIVO. El conflicto colectivo, conforme a la definición legal a la que hemos hecho alusión presupone la controversia que puede ser solventada aplicando una norma jurídica, pues lo que se cuestiona es la existencia, el alcance, el contenido o los sujetos de una relación jurídica disciplinada por la Ley o por el convenio colectivo, o afectada por decisión o práctica de empresa, en...

  • STSJ Cataluña 5360/2011, 26 de Julio de 2011

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. IMPUGNACIÓN. Dado que por la trabajadora recurrente no se ha puesto en cuestión la validez del calendario laboral de la empresa que le obliga a trabajar 14 sábados y domingos en el año 2.010, y el magistrado de instancia en el incombatido hecho declarado probado quinto de la sentencia recurrida lo ha dado por existente y, por tanto, aplicable, esta Sala no...

  • STSJ Navarra 183/2011, 24 de Mayo de 2011

    DESPIDO. BUENA FE CONTRACTUAL. En este sentido debemos partir del hecho incuestionado de que en el calendario laboral de la empresa, aprobado a principios del año 2010, se había señalado como periodo de vacaciones colectivas del 24 de julio al 15 de agosto. Por ello, la disponibilidad que la demandada intentó imponer al demandante para que durante una de sus semanas de vacaciones prestase...

  • STSJ La Rioja 262/2007, 13 de Noviembre de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El concepto de ""modificaciones sustanciales"" constituye un concepto jurídico indeterminado que no ha sido delimitado por el legislador ni tampoco precisado de manera definitiva por la doctrina jurisprudencial, conforme así expresa la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2003 (RJ 7308 ), la cual...

  • STSJ Asturias 149/2010, 22 de Enero de 2010

    HORAS EXTRAORDINARIAS. En definitiva, de lo que se trata es de hallar el valor que tiene la hora trabajada, es decir, aquello que se obtiene por trabajar una hora, que no sólo incluye el salario día dividido por 8 o el semanal dividido por 40, sino también la parte de permisos legales, vacaciones y festivos a cuyo derecho se accede por el trabajo efectivo de las horas que como tal se establecen...

  • STSJ Comunidad Valenciana 3462/2011, 19 de Diciembre de 2011

    VACACIONES. Por el contrario existe previsión expresa en el Acuerdo laboral 2008-2012 y por remisión de éste el Convenio Colectivo de Artes Gráficas, al establecer que el criterio para la aplicación de disfrute, percepción y descuento de las vacaciones será siempre el del año natural. Los/as trabajadores/as que por causas ajenas a su voluntad (enfermedad, accidente de trabajo u otras...

  • STSJ Cataluña 1805/2011, 11 de Marzo de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO. Su elaboración es una facultad que sólo a esta corresponde, el hecho de que no haya sido posible llegar a un acuerdo con el Comité de Empresa, y que como consecuencia de esto, la empresa se haya visto obligada a publicitar el calendario que previamente había puesto en conocimiento de estos representantes, no puede llevarnos al absurdo...

  • STSJ Castilla-La Mancha 1394/2009, 15 de Septiembre de 2009

    CONFLICTO COLECTIVO. PERÍODO VACACIONAL. FACULTAD EMPRESARIAL. El hecho de que el convenio colectivo atribuya al empresario la facultad de confeccionar el calendario con inclusión de los periodos vacacionales, no significa que se le confiera un poder omnímodo, sino que la misma debe atemperarse a dos límites: el primero, que la intervención de la legal representación de los trabajadores debe...

  • STSJ Navarra 211/2008, 24 de Septiembre de 2008

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En el presente caso resulta acreditado que la implantación por la empresa del horario del turno de tarde (de 14.00h a 21.33h) supone 227 días de apertura, cuatro más con respecto al año anterior, alteración que no debe ser entendida como insignificante o accidental, de acuerdo con la doctrina expuesta, sino como...

  • STSJ Castilla y León 491/2006, 25 de Mayo de 2006

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Concurren en el presente caso probadas razones económicas, técnicas y organizativas que hacen aconsejable, para la viabilidad de la misma, la modificación de la jornada laboral efectuada, tendente a ajustar la producción de aquélla a las necesidades reales de producción, en función de los concretos pedidos de la misma. Es por ello que entendemos no se...

  • STSJ La Rioja 221/2007, 26 de Septiembre de 2007

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. RAZONABILIDAD. El TSJ de Castilla-La Mancha en sentencia de 5 de diciembre de 2000, invocando la jurisprudencia del Tribunal Supremo , indica que «las estrategias de mera competencia son el ámbito propio de las modificaciones sustanciales contempladas en el artículo 41.1 del Estatuto de los Trabajadores , en el que se atiende a criterios de...

  • STSJ Cataluña 1297/2011, 17 de Febrero de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El tema de los horarios del servicio público de transporte no fue alegado en la demanda, por lo que no pudo debatirse en el acto del juicio, siendo por ello una cuestión nueva en la que no es posible entrar, y en cuanto al artículo 34 del ET señala dicho precepto, en su apartado 6, que anualmente se elaborará por la empresa el...

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