El tráfico de especies protegidas

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez, Blas Muñoz Benítez
Páginas179-201
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El tráco de especies, es una práctica que, lamentablemente
y según datos de CITES, mueve al cabo del año grandes cifras de
dinero. Cifras que se asemejan a las de los volúmenes de dinero que
mueven el tráco de armas o de drogas y que, desgraciadamente
aún en el año 2022, están muy cercanas a las del tráco de personas.
Más adelante trataremos estas cifras un poco más en profundidad.
A nivel ecológico y como egresado en Ciencias del Medio
Ambiente, puedohablar de los serios problemas que conlleva la en-
trada o la salida de especies fuera de sus entornos naturales. Cada
ser vivo tiene un nicho en su ecosistema, es decir, tiene una función
en su comunidad. No debe salir de esta ya que, o bien porque la
cantidad de individuos sea reducida y si se sigue diezmando podría
no regenerarse de forma natural o necesitaría de enormes esfuerzos
para su reposición (de ahí la necesidad de que un órgano legislador
las calique como protegidas y que su puesta en peligro sea con-
siderada como una acción merecedora de sanción administrativa
o penal dependiendo del estado de peligro designado por las en-
tidades competentes) o, de que, independientemente del número
de ejemplares existente de dicha especie, pueda poner en peligro
el orden natural del ecosistema en cuestión en el cual pueda ser
introducida, de forma accidental o consciente, alterando la cadena
tróca del mismo.
CAPÍTULO 13
El tráf‌ico de especies protegidas
DELITOS CONTRA ESPECIES PROTEGIDAS DE LA FAUNA SILVESTRE José Antonio Martínez Rodríguez | Blas Muñoz Benítez
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Las cadenas trócas son esquemas con los que se representa
el ujo de energía y nutrientes que se da en un ecosistema donde
unas especies se alimentan de otras y, al mismo tiempo, sirven de
alimento para otras diferentes. Estas cadenas trócas o cadenas ali-
mentarias deben estar sujetas por un equilibrio, pueden pasar por
épocas o situaciones puntuales en las que se desestabilizan debido,
generalmente, a situaciones meteorológicas favorables que dan lu-
gar a abundancia de recursos y por lo tanto a superávit de ciertos
eslabones de la cadena tróca que crean irregularidades en el eco-
sistema o al contrario, situaciones meteorológicas perjudiciales que
dan lugar a escasez de recursos y que se traducen igualmente en
desestabilizaciones del ecosistema. Ambas son situaciones que pue-
den darse de forma natural en el medio, pero cuando se introducen
especies ajenas a la propia evolución del ecosistema, aparecen des-
ajustes que pudieran llegar a causar la desaparición del ecosistema
en cuestión.
Anteriormente a la reforma del CP de 2015, las especies tra-
tadas por el art. 334 eran denominadas como «especies de fauna
silvestre». Esta es una denominación que se les da a las especies
vegetales o animales que desarrollan su ciclo biológico sin inter-
vención regular del ser humano256. En cambio, la denominación de
especies protegidas se utiliza para una serie de taxones que dada su
especial relevancia cientíca o a su vital importancia en su ecosiste-
ma, han de ser protegidos por los órganos competentes y así lograr
preservar su existencia.
En España, el órgano competente para la calicación del es-
tado de peligro en el que se encuentra una especie está en el Go-
bierno central. Concretamente en el Ministerio para la Transición
Ecológica y Reto Demográco, que debe realizar un listado, en el
que aparezcan todas estas especies y las diferentes categorías que
256 «especie silvestre», denición según la RAE.

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