Las propuestas de reforma del modelo territorial español

AutorMiguel Agudo Zamora
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Constitucional Universidad de Córdoba
Páginas35-57
LAS PROPUESTAS DE REFORMA
DEL MODELO TERRITORIAL ESPAÑOL *
Miguel AGUDO ZAMORA
Catedrático de Dere cho Constitucional
Universidad de Córdoba
SUMARIO: 1. IN TRODUCCIÓN.—2. DIAGNÓS TICO ACTUAL DEL ESTA DO AUTONÓMICO.—3. SUJET OS Y HECHOS
DIFERE NCIALE S: 3.1 La inclusión en el texto c onstituciona l de los nombres de las c omunidades autónom as.
3.2. Nación españ ola y pueblos de España. 3.3. Hecho s diferenciales y recon ocimiento constituciona l.—4. LA CO-
GOBERNA NZA A TRAVES DEL SE NADO.—5. REFORM A DEL SISTEMA DE DIST RIBUCIÓN DE COMPETEN-
CIAS.— 6. LAS RELACION ES INTERGUBE RNAMENTA LES.—7. CONCLUSIONES.
1. IN TRODUCC IÓN
A la hora de afrontar la redacción de este trabajo debemos situarnos, en primer
lugar, en un momento histórico concreto: la elaboración de nuestra Constitución.
Eran muchos los temas sobre los que había que llegar a acuerdos, ta nto en el ámbito
organizativo como en el referente al campo de los derechos y valores. Y sin duda
dentro de los asuntos más complejos de gestionar de cara a l establecimiento de un
consenso amplio se encontraba el relativo al modelo terr itorial español. Y el consen-
so se consiguió sacrif‌ic ando la concreción. El artículo segundo y el título octavo de
nuestra Constitución nacieron con la f‌ina lidad de romper una diná mica negativa y
endémica de nuestra historia: la integración territorial.
Por ello, las Cortes Constituyentes de 1978 debían ser sensibles a la realidad di fe-
renciada de los distintos terr itorios integrantes del Estado espa ñol. Obviamente, en
dicho proceso no hubo una concepción global y única. Eran diferentes los modelos
de distribución territoria l del poder que defendían los grupos políticos con repre-
sentación en las Cortes Constituyentes, ma nteniéndose en el debate desde posiciones
claramente unitar ias que reconocían, todo lo más, una cierta descentralización ad-
ministrativa (Alianza Popular) hasta posturas que incluso iban más al lá del mode-
* Esta contribución se encuad ra en el marco de los trabajos de invest igación del Grupo de Investi-
gación SEJ-372 de la Junta de And alucía «Democracia, Plural ismo y Ciudadanía».
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lo federal (nacionalistas cata lanes y vascos), pasando por un modelo unita rio más
abierto (UCD) o por postulados federales (PSOE y PCE).
Finalmente, en aras de conseg uir el tan deseado consenso político, se optó por
no establecer un modelo territoria l rígido y cerrado, lo que abría la posibilidad de
que fuera el legislador el que lo def‌iniera de un modo más preciso. Se puede decir,
por tanto, que nuestra Constitución es, al resp ecto, simplemente una norma de reor-
ganización del Estado, y así, contempla la apertura de u n proceso político que inclu-
ye los elementos a partir de los cuales habría de conf‌igurarse el modelo territorial
del Estado español.
Se trataba, por tanto, de una solución «abierta». De hecho, el proceso de cons-
trucción del Estado de las autonomías ha sido un proceso dinámico que ha ido
evolucionando a lo largo de los últimos cuarenta años. P roceso sobre el que no nos
vamos a detener por lógicas razones de espacio, pero del que se puede concluir que
ha resultado muy positivo para el desa rrollo económico, social y cultural de Espa ña.
El Estado autonómico ha sido determinante en la const rucción y consolidación del
Estado del bienestar en España.
Sin embargo, tras más de cua renta años de funcionam iento, hay determinados
elementos de su engranaje constitucional y jurídico que han de ser mejorados. En
las siguientes páginas señalaremos alg unas notas que puedan ayudarnos a realizar
un diagnóstico acerc a del Estado autonómico en la actualidad y apor taremos a con-
tinuación ideas de reforma del modelo territoria l español de cara a la mejora de la
vertebración y cohesión del país.
2. DIAGNÓSTICO ACTUAL DEL ESTADO AUTONÓMICO
Existe en los últimos años un sentimiento generalizado, fundamenta lmente a
raíz del proceso de reforma estatutaria en Cata luña, de la Sentencia del Tribunal
Constitucional 31/2010 y de los acontecimientos subsiguientes, de que el modelo
de organización territorial del Estado español está en cr isis. En mi anterior obra
Reforma constitucional y Estad o autonómi co 1 pude explicar con más detenimiento,
referencias y datos las ideas principa les sobre la realidad de este sentimiento de cri-
sis y de sus posibles vías de subsanación.
Durante cerca de tres décadas el carácter dispositivo del modelo autonómico,
con una alta capacidad de maleabilidad, propició un elevado nivel de éxito en la
función constitucional e histór icamente deseada de propiciar la descentr alización
territorial, má xime si tenemos en cuenta que se fueron asumiendo por parte de las
comunidades autónomas competencias sustancia les para el efectivo cumplimiento
de los objetivos básicos del Estado social, tales como educación, sanidad o, más re-
cientemente, dependencia.
Así pues, en desarrollo de las previsiones constitucionales, a lo largo de estas
etapas se fue constr uyendo un modelo de Estado autonómico que fue incrementan-
do, y tendiendo a la igualación, los niveles de autogobierno de las comunidades au-
tónomas, hasta el punto de que se pueda decir que «hemos asistido en los hechos a
la puesta en pie de un modelo de Estado con niveles de autogobierno equiparables,
o, en algunos casos, superiores, a los que disfrutan a lgunos Estados miembros de
Estados federales, tanto en nuestro entorno como en otras latitudes [...] y no puede
decirse, por tanto, que el Estado autonómico haya defraudado las aspiraciones au-
1 M. AGUDO ZAMORA, R eforma constitucional y Esta do autonómico, Madrid, Tecnos, 2019.

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