Entre el populismo y el elitismo penal: la creación democrática de leyes penales

AutorGustavo A. Beade
Páginas245-261
ENTRE EL POPULISMO Y EL ELITISMO PENAL:
LA CREACIÓN DEMOCRÁTICA
DE LEYES PENALES
Gustavo A. BEADE *
Universidad Austral de Chile
1. INTRODUCCIÓN
Decidir qué debe ser parte del derecho penal es una tarea bastante
compleja. Para poder hacerlo debemos tener claro qué criterios vamos a te-
ner en cuenta para criminalizar determinadas conductas y no criminalizar
otras. En general, los teóricos del derecho penal pretenden resumir esto de
maneras más bien sencillas. Sin embargo, no solo es más complejo de lo
que intentan presentar, sino que sus propuestas se basan en dos principios
concretos: evitar la participación ciudadana y concentrar en ellos mismos
la capacidad de decidir esas cuestiones. Existe un miedo infundado que
limita la participación ciudadana en la creación de leyes penales —y en la
intervención en cuestiones penales en general— que se apoya en la idea
de que estas intervenciones contribuyen al aumento del llamado «populis-
mo penal» (i.e., la asociación de la participación ciudadana con el pedido
de más castigos y más uso del derecho penal). El otro principio en el que
basan sus explicaciones es que ellos mismos (los teóricos penales) son los
encargados de redactar leyes penales y decidir qué debe ser criminalizado
y qué no.
* Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Agradezco los comentarios y las sugeren-
cias de Maira A, Javier C S, Mariana K y Agatha C
T.
246 GUSTAVO A. BEADE
El problema es que, más allá de todas las posibles discusiones teó-
ricas para determinar qué debe ser parte del derecho penal y que no,
es importante, en comunidades políticas como las nuestras, asegurar la
participación ciudadana en las decisiones vinculadas al uso del derecho
penal. En este trabajo me interesa, en particular, pensar en los proble-
mas que tenemos para decidir la criminalización de ciertas conductas
que, obviamente, tienen como destinatarios a grupos vulnerables. Esto
también me permitirá cuestionar la legitimidad de las leyes que se san-
cionan con una limitada o nula participación ciudadana. De este modo,
mi idea es presentar un vínculo entre la participación democrática en la
construcción de las leyes penales que se aleje de aquello que sostienen
los teóricos penales (elitismo penal), pero también me interesa diferen-
ciarlo de aquello que, al parecer, es democrático (populismo penal). En
ambos casos las conductas de los grupos desaventajados quedan atrapa-
das. O bien porque los expertos no tienen contacto sino con otros exper-
tos o bien porque las demandas populistas se sostienen en el tiempo a
fuerzade recursos económicos que los miembros de grupos desaventa-
jadoscarecen.
El trabajo se organiza de la siguiente forma: en las primeras secciones
voy a presentar los conceptos de «elitismo» (epígrafe2) y «populismo pe-
nal» (epígrafe3), y en la siguiente sección del trabajo (epígrafe4) me con-
centraré en algunos de los problemas que encuentro en ambos conceptos
e intento denir un ideal democrático de participación ciudadana. En la
última parte del trabajo (epígrafe5), me dedico a señalar los problemas
que tiene el derecho penal que limita la participación ciudadana, en parti-
cular en comunidades políticas marcadas por la desigualdad estructural.
2. ELITISMO PENAL
Gran parte de los teóricos del derecho penal creen que, en su condi-
ción de expertos, tienen la capacidad y la obligación de encargarse de la
redacción de códigos y leyes penales. Es probable que sea necesario contar
con expertos para denir cuestiones técnicas y poder comprender ciertas
particularidades que tiene el derecho penal. Sin embargo, el rol que des-
empeñan les impide compartir un espacio de decisión central en cualquier
comunidad política con aquellos ciudadanos que verán afectados o limi-
tados sus derechos por sus decisiones. Esta situación es habitual en comu-
nidades políticas en las que se crean comisiones de expertos dispuestos
a redactar leyes y códigos. En general, es posible observar dos posturas
bien claras de los expertos cuando se discute la posibilidad de que los
ciudadanos formen parte de las discusiones que tengan relación con el uso
(en sentido amplio) del derecho penal. En primer lugar, el experto rehúye
a introducirse en una discusión pública respecto de la cuestión debatida.
La idea de que se trata de una cuestión pública (el derecho penal) no al-
canza para que presenten sus argumentos no solo qua expertos, sino como

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