La acción mixta: el ejercicio de la acción de reclamación conforme al art. 134 c.c

AutorFrancisco Lledó Yagüe - Óscar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herrán Ortiz - Ainhoa Gutiérrez Barrenengoa - Andrés Urrutia Badiola
Páginas83-84

Page 83

Dice el art. 134 C.c que: "El ejercicio de la acción de reclamación, conforme a los artículos anteriores, por el hijo o por el progenitor permitirá en todo caso la impugnación de la filiación contradictoria".

A nuestro juicio, puede reflexionarse lo siguiente: en base a lo dispuesto en dicho precepto, cuando el reclamante, hijo o progenitor, tenga por finalidad reclamar como acción principal la filiación matrimonial o extramatrimonial que competa por naturaleza al hijo, se le permite impugnar secundariamente la filiación contradictoria a aquella que se pretenda declarar. En más, en base a este razonamiento, cabría argüir que, como el texto del art. 134 establece se que permitirá en todo caso la impugnación de la filiación contradictoria, cabe la posibilidad de que el...

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