Introducción al Derecho Premial de la República Federal Alemana

AutorRaúl Sánz Burgos
Cargo del AutorUniversidad Nacional de Educación a Distancia
Páginas347-376
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INTRODUCCIÓN AL DERECHO PREMIAL DE LA
REPÚBLICA FEDERAL ALEMANA
RL SANZ BURGOS
Universidad Nacional de Educación a Distancia
I.- ORDENES Y CONDECORACIONES EN ALEMANIA HASTA 1945
La competencia para fundar y conceder órdenes y condecoraciones perte-
nece a los derechos de soberanía; por ello, de 1871 a 1918, Alemania careció de
un sistema imperial de órdenes y condecoraciones. Las de los Estados que cons-
tituían el Reich -Prusia, Baviera, Sajonia, Wurtemberg, etc.- fueron, en cambio,
abundantes. Durante ese periodo, si bien los emperadores crearon algunas mo-
nedas conmemorativas y, en 1918, Guillermo II, una insignia de herido, sólo
concedieron órdenes y condecoraciones como reyes de Prusia; también duran-
te la primera guerra mundial. En su condición de comandante supremo de to-
dos los ejércitos alemanes, el Emperador concedió condecoraciones a un gran
mero de soldados no prusianos, así la Cruz de Hierro adquirió cierto carácter
de condecoración nacional.
El sistema alemán de condecoraciones llegó a su fin con la abolición de la
monarquía y, sobre todo, con la promulgación de la constitución de Weimar: su
artículo 109 prohibía la concesión por el Estado de condecoraciones y distincio-
nes honoríficas, prohibía también a los ciudadanos alemanes aceptar títulos y
condecoraciones de gobiernos extranjeros. El artículo 175 establecía, sin em-
bargo, que la prohibición de conceder condecoraciones no se aplicaría a los
«méritos contraídos durante los años de guerra 1914-1919»; disposición que
permitió conceder condecoraciones de guerra y la insignia de herido hasta que
un decreto de 7 de marzo de 1925 puso fin a esta práctica. Estas condecoracio-
nes y las conseguidas antes de la entrada en vigor de la constitución podían lle-
varse en público. Las autoridades estatales, por lo demás, no respetaron plena-
mente la prohibición del artículo 109. Los Estados federados reanudaron ense-
guida la concesión de medallas de salvamento o de lucha contra incendios y el
Ministerio de reconstrucción creó en 1922 una condecoración por los servicios
prestados en las colonias. Para eludir la prohibición, la medalla de la Cruz Roja
pasó a concederla el presidente de esta institución en Alemania en lugar del Es-
tado.
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El régimen nacionalsocialista, que no se molestó en derogar la constitución
de Weimar, emprendió rápidamente la concesión abundante de condecoracio-
nes. Aún en vida del presidente von Hindenburg (que falleció el 2 de agosto de
1934) se creó una medalla de salvamento y una cruz de honor para los partici-
pantes en la primera guerra mundial. Estas fundaciones descansaban en la Ley
de títulos, órdenes y condecoraciones de 7 de abril de 1933 y en la ley comple-
mentaria a ésta de 15 de mayo de 1934. Ambas normas fueron sustituidas por
la Ley de títulos, órdenes y condecoraciones de 1 de julio de 1937; las dos pri-
meras leyes autorizaban al gobierno del Reich y los gobiernos provinciales a
conceder distinciones, la última asignaba exclusivamente esa facultad al «Führer
y canciller del Reich». Esta ley junto con los reglamentos promulgados para su
aplicación fueron la base de las numerosas condecoraciones y distinciones ho-
noríficas creadas por el régimen, especialmente durante la segunda guerra
mundial.
II.- HACIA UN NUEVO SISTEMA DE ÓRDENES Y CONDECORACIONES EN LA REPÚBLICA
FEDERAL ALEMANA
Tras el final de la guerra, las autoridades de ocupación de Alemania emitie-
ron una serie de normas que limitaban rigurosamente el uso de condecoracio-
nes: la Leymero 154 del Gobierno Militar para la Zona Americana de Alema-
nia, de 14 de julio de 1945, prohibía y castigaba la concesión o aceptación de
condecoraciones, órdenes o medallas militares o nacionalsocialistas, la Ley nú-
mero 8 del Consejo de Control, de 30 de noviembre de 1945, prohibía el uso de
condecoraciones y distintivos honoríficos militares o civiles.
Las potencias ocupantes del territorio de la que había llegado a ser la Re-
pública Federal de Alemania derogaron con la Leymero 7 de la Alta Comisión
Aliada, de 21 de septiembre de 1949, la prohibición de crear y conceder nuevas
condecoraciones. Sí permanecía en vigor, en cambio, la prohibición de portar
«cualquier condecoración, insignia honorífica, insignia de rango (en cualquier
formato) de la antigua Wehrmacht alemana, del NSDAP o de sus organizaciones
afiliadas o subordinadas». Las potencias ocupantes -como consecuencia de la
traducción al inglés y al francés de la palabra Wehrmacht como fuerzas arma-
das- consideraron que la prohibición de llevar distinciones militares no se limi-
taba a las de la época nacionalsocialistas, sino que abarcaba también las de la
primera guerra mundial. Esta prohibición sólo fue finalmente derogada con la
entrada en vigor del Tratado de París el 5 de mayo de 1955.
El final de la prohibición aliada de crear y conceder nuevas condecoracio-
nes -dado que la Ley Fundamental, promulgada el 23 de mayo de 1949, no con-
tenía una prohibición como la del artículo 109 de la Constitución de Weimar-
permitió a los Estados federados comenzar a crear y conceder nuevas condeco-

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