Control interno

AutorJoel Harry Clavijo Suntura
Páginas109-131
Control interno
Joel Harry Clavijo Suntura
109
CAPÍTULO VI
1. Manual de Prevención de
Blanqueo de Capitales
En primer trmino, conviene puntualizar que ni las Recomendaciones del
GAFI, ni la Directiva Europea de 2018, relativa a la prevencin de la utiliza-
cin del sistema nanciero para el blanqueo de capitales y la nanciacin
del terrorismo, mencionan de forma expresa en su contenido la redaccin
de un manual de prevencin. Sin embargo, se debe valorar de forma po-
sitiva que el legislador espaol prev la obligacin de redactar un manual
siguiendo las directrices de ambos cuerpos normativos.
Así pues, el numeral 5 del art. 26 de la Ley10/2010 sobre PBC y FT, con rela-
cin a las polticas y procedimientos de control interno prev que los sujetos
obligados deben aprobar un manual de prevención de blanqueo de capita-
les y nanciacin de terrorismo que adems se tiene que mantener actua-
lizado, y debe estar a disposicin del Servicio Ejecutivo de la Comisin114.
Por su parte, el art. 33. 1. y 2. del Reglamento de la Ley de 2014 sobre PBC y
FT, establece que los procedimientos de control interno que adopten los su-
114 Con relación a los manuales de prevención Aliaga, Juan Antonio, Normativa Co-
mentada de Prevencin de Blanqueo de Capitales, edit. La Ley, Madrid, 2010, p.
230, sostiene que: «Su contenido viene denido por la descripcin completa de
la totalidad de las políticas y procedimientos de prevención aplicados por el su-
jeto obligado«.
La prevención de blanqueo de capitales
Un análisis teórico-práctico
Joel Harry Clavijo Suntura
110
jetos obligados tienen que ser documentados y actualizados en el manual
de prevención. En ese sentido, el contenido debe comprender, entre otros,
los siguientes aspectos: la política de admisión de clientes, las medidas de
diligencia debida, el procedimiento para detección de operaciones inusua-
les y sospechosas, la descripcin y funcionamiento de los rganos de con-
trol interno, las medidas para cumplir con los procedimientos de control
interno y un procedimiento de conservación de documentos.
Esto signica, que el Reglamento regula las directrices que debe tener el
contenido del manual. De esta forma, se constituye en el documento por
el que se rige el sujeto obligado en materia de PBC y FT, toda vez que, su
contenido se complementa con las políticas y la visión de la empresa.
No obstante de ello, su contenido se debe ajustar tambin al rubro de la
entidad nanciera. Por ejemplo, si la entidad se relaciona principalmente
con clientes ocasionales el establecimiento de límites y aplicación de me-
didas de diligencia debida se debe enfocar en esa lnea.
Los destinatarios es otro aspecto importante que se debe tomar en cuen-
ta en la redacción del manual. En ese sentido, los sujetos obligados no
deben redactar su contenido nicamente con la nalidad de cumplir con
lo previsto en la normativa, sino tambin en funcin de los empleados de
la entidad nanciera como los principales beneciarios.
Es decir, el manual debe ser didctico, se debe armonizar una redaccin
que no sea enteramente tcnica, sino de fcil lectura y comprensin para
todos quienes no tienen una formacin jurdica, se tiene que procurar
obviar el uso de conceptos jurídicos indeterminados y transposición de
trminos de difcil comprensin. Toda vez que, el contenido del manual
sirve de base para la realizacin de los cursos de formacin que el depar-
tamento o área de prevención de blanqueo de capitales lleva a cabo para
los empleados de la entidad nanciera.
En ese marco, se debe tener presente que, en casos de controversia con
relación a un determinado tema relacionado a la prevención de blanqueo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR