STSJ Castilla-La Mancha 1100, 30 de Marzo de 2006

PonenteFERNANDO MUÑOZ ESTEBAN
ECLIES:TSJCLM:2006:1100
Número de Recurso1545/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1100
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 00533/2006 Recurso nº 1545/04 Ponente: Sr. Fernando Muñoz Esteban.- Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Saínz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. Jose Montiel González Iltma. Sra. Dª Petra García Márquez Iltmo. Sr. Fernando Muñoz Esteban

En Albacete, a treinta de marzo de dos mil seis La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 533 En el Recurso de Suplicación número 1545/04, interpuesto por LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y TRABAJO, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Tres de Ciudad Real, de fecha 9-6-2004, en los autos número 240/04 , sobre PROCEDIMIENTO DE OFICIO POR CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES, siendo recurrido EUROCURSOS SL, ARCHY & SIGA SL. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Muñoz Esteban.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda de procedimiento de oficio formulada por el Director General de Trabajo de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra las empresas Archy & Siga Informática SL y Eurocursos SL debo declarar y declaro que no existe cesión ilegal de trabajadores entre ambas empresas con relación a la impartición de clases del curso administrativo-contable."

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

Con fecha 23.05.2003 se levantó Acta de Infracción núm. 266/03 por la Inspección de Trabajo y Seguridad de Ciudad Real en materia de cesión ilegal de mano de obra en la que se propuso una sanción de 3.005'07 euros por considerar que la Empresa Archy & Siga Informática SL ha cedido ilegalmente a la empresa Eurocursos SL a la trabajadora Dña María Luisa lo que infringe el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores apreciándose responsabilidad solidaria de Eurocursos S.L.

SEGUNDO

En el Acta indicada consta que girada visita de inspección el día 31.03.03 a las 12,00 horas al centro de trabajo de la empresa sita en c/ Avda de la Mancha 9 en Ciudad Real se encontraban en el centro Dña María Inés administrativo y Dña María Consuelo Auxiliar Administrativo. Asimismo se encontraba Dña María Luisa como profesora impartiendo clases de administrativo-contable.

Dña María Luisa figura en alta en la empresa Archy &Siga Informática SL. con domicilio principal en c/ Republica Argentina 29 B en Santiago de Compostela y centro de trabajo en c/ Hernán Cortes 14 de Puertollano.

Se constato que en los recibos de salario de la citada trabajadora figura la empresa Archy& Siga Informática SL. con domicilio en Avda. de la Mancha núm. 9 de Ciudad Real es decir el mismo domicilio de la empresa Eurocursos S.L. El día 25.2.2002 el Sr. Delegado Provincial de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dicto Resolución estimatoria a favor de Eurocursos S.L. sobre Subvención para la impartición de dos cursos denominados Administrativo-Contable y Administrativo de Personal.

La empresa Eurocursos SL. carece de profesorado para impartir tal formación causa por la cual dicho profesorado le es cedido por la empresa Archy&Siga Informática SL.

TERCERO

Notificada el acta de infracción a la empresa Archy&Siga Informática SL. ésta presentó escrito de alegaciones con fecha 11.06.2003 el cual obra unido a los autos solicitando se anule el contenido del Acta de infracción en atención a las alegaciones y pruebas cuya práctica solicita.

Tras dichas alegaciones se solicito informe al Inspector de Trabajo actuante el cual se ratifico en el contenido del Acta de Infracción.

CUARTO.- Con fecha 04.11.2003 se dicto Resolución por la Dirección General de Trabajo en cuya virtud se acuerda Imponer solidariamente a las Empresas Archy& Siga Informática SL, y Eurocursos SL, una sanción de tres mil cinco euros con siete céntimos.

Contra dicha Resolución se formulo recurso de alzada con fecha 21.11.2003 dictándose Resolución por el Excmo. Sr. Consejero de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con fecha 09.02.2004 en cuya virtud se estimaba el recurso de alzada interpuesto por Archy& Siga Informática SL, contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 4 de noviembre de 2003 recaída en expediente administrativo n° 15/03 DGT Acta de Infracción 266/03 anulando la resolución recurrida y ordenando la retroacción del expediente al momento en que procedía la interposición de oficio del proceso laboral.

QUINTO

La empresa Archy&Siga Informática SL. se constituyo con fecha 2804.1995 por Dña Daniela y Dña Elvira , fijándoos el capital social en dos millones de pesetas divididos en doscientas participaciones sociales de diez mil pesetas de valor nominal cada una asumiendo cada una de las socias cien participaciones.

El domicilio social se estableció en Santiago de Compostela (La Coruña) en calle Republica Argentina 29, bajo.

La sociedad tiene por objeto: la compraventa, importación y exportación, representación y distribución de maquinas para que el tratamiento de la informática, así como maquinas auxiliares y suministros para las mismas al por mayor y al detalle, así como los componentes de las mismas, incluso su ensamblaje; el desarrollo, compra venta, importación y exportación, representación y distribución de programas (software);- la compra venta, importación y exportación, representación e instalación de aparatos de telecomunicación y accesorios de los mismos; instalación y montaje y mantenimiento de todo tipo de sistemas y telecomunicaciones; autoedición; consulting informático; organización y asesoría de empresas, y la selección y formación de personal.

SEXTO

La empresa Eurocursos S.L. se constituyo el 23 de enero de mil novecientos noventa y ocho por D. Gustavo y Dña Daniela fijándose el capital social de quinientas mil pesetas dividido en quinientas participaciones asumiendo cada uno de los socios doscientas cincuenta.

El domicilio social se fija Ciudad Real Avenida de la Mancha 9, bajo.

Constituye el objeto social la enseñanza escolar, universitaria de idiomas y la formación y reciclaje profesional.

SÉPTIMO

Con fecha 1.12.1998 se celebro contrato de...

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