STSJ Aragón 86/2021, 15 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Febrero 2021
Número de resolución86/2021

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

C/ COSO, 1, ZARAGOZA

TELÉFONO: 976 208 363, 976 208 361

EMAIL.: TRIBUNALSUPERIORSOCIALS1ZARAGOZA@JUSTICIA.ARAGON.ES

PROC RECURSO.: DESPIDOS / CESES ENGENERAL 679/2020

INTERVENCIÓN INTERVINIENTE: ABOGADO:

DEMANDANTE SECCION SINDICAL DE CNT EN ALUMALSA PABLO AGUSTIN VILLEN

DEMANDANTE FEDERACION LOCAL DE ZARAGOZA DE LA CNT PABLO AGUSTIN VILLEN

DEMANDADO ALUMINIO Y ALEACIONES S.A. ARTURO ACEBAL MARTÍN

DEMANDADO COMITÉ DE EMPRESA DE ALUMALSA

DEMANDADO COMISIONES OBRERAS DE INDUSTRIA DE ARAGÓN JORGE LANDA PALACIOS

DEMANDADO FEDERACIÓN DE INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO DE UGT ARAGÓN LUIS ANTONIO SOLER COCHI

DEMANDADO FEDERACIÓN DE INDUSTRIA Y DERIVADOS DE OSTA IGNACIO MILLÁN GÓMEZ

DEMANDADO SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE ALUMALSA

DEMANDADO Darío

SENTENCIA 86/2021

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los

Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del

REY esta sentencia

MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. MARÍA JOSE HERNÁNDEZ VITORIA D. CÉSAR DE TOMÁS FANJUL

D. ELENA LUMBRERAS LACARRA

EN ZARAGOZA, A QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO

En el proceso número 679 de 2020, seguido en instancia única ante esta Sala, en virtud de demanda de impugnación de despido colectivo, presentada por D. Oscar ., en su calidad de Delegado Sindical de la SECCIÓN SINDICAL DE CNT EN "ALUMALSA" y D. Valeriano . en calidad de Secretario General y representante

de la FEDERACIÓN LOCAL DE ZARAGOZA DE LA CNT contra la empresa ALUMINIO Y ALEACIONES S.A. (ALUMALSA), COMITÉ DE EMPRESA DE "ALUMALSA", COMISIONES OBRERAS DE INDUSTRIA DE ARAGÓN, FEDERACIÓN DE INDUSTRIA,

CONSTRUCCIÓN Y AGRO DE UGT ARAGÓN, FEDERACIÓN DE INDUSTRIA Y DERIVADOS DE OSTA, SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE

ALUMALSA S.A. y contra la siguientes personas físicas integrantes de la Comisión Representativa de los Trabajadores: D. Darío ., D. Carlos Antonio ., D. Juan Antonio ., D. Juan Enrique ., D. Abel ., D. Agapito .,

D. Alvaro ., D. Argimiro ., D. Basilio ., Dª. Amparo ., D. Casimiro . y D.

Claudio . . Se ha citado al MINISTERIO FISCAL.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CÉSAR DE TOMÁS FANJUL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 30 de diciembre de 2020, tuvo entrada en la Secretaría de esta Sala demanda sobre impugnación de despido colectivo, en la que se exponían los hechos y fundamentos de derecho que en la misma constan, terminando con la súplica de que se dictara sentencia por la cual " se declare nulo y no ajustado a derecho el despido colectivo llevado a cabo en el Expediente de Regulación de Empleo número NUM000 por la empresa demandada, condenándola a readmitir a los trabajadores/as afectados en los términos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 123 de la LRJS, y condenando a las demás partes a estar y pasar por dicha declaración ".

SEGUNDO

Por decreto de 4 de enero de 2021 se admitió a trámite la demanda, señalándose para la celebración del acto de la vista el día 9 de febrero de 2021, a las

09.30 horas, con citación de las partes y del Ministerio Fiscal, en cuyo acto, celebrado en la fecha indicada, han comparecido la parte demandante D. Oscar ., como Delegado Sindical de la Sección Sindical de CNT en "Alumalsa" y D. Valeriano ., como Secretarios General y Representante de la Federación Local de Zaragoza de la CNT, asistidos del Letrado D. Pablo Agustín Villén, por la parte demandada han comparecido D. Alejandro

, como Representante Legal de "Aluminio y Aleaciones S.A", asistido del Letrado D. Arturo Acebal Martín, la Federación de

Industria, Construcción y Agro de UGT Aragón, asistida del Letrado D. Antonio Soler

Cuchi, la Federación de Industria y Derivados de OSTA asistida del Graduado Social D. Ignacio Millán Gómez, Comisiones Obreras de Industria Aragón asistida del Letrado D. Jorge Landa Palacios, Comité de Empresa y los integrantes de la comisión representativa de los trabajadores que suscribieron el acuerdo de despido colectivo que se impugna: D. Darío ., D. Carlos Antonio ., D. Juan Antonio ., D. Juan Enrique .,

D. Abel ., D. Agapito ., D. Alvaro ., D. Argimiro ., D. Basilio ., Dª. Amparo ., D. Casimiro . y D. Claudio .. No ha comparecido el Ministerio Fiscal ni el Sindicato Independiente de Trabajadores de "Alumalsa".

En el acto del juicio las partes hicieron sus manifestaciones tal como consta en la grabación audiovisual llevada a cabo y practicándose la prueba propuesta concluyendo con las manifestaciones igualmente recogidas en la grabación.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La empresa ALUMALSA en el mes de septiembre de 2019 contaba con 759 trabajadores de los cuales 546 eran trabajadores f‌ijos, 139 trabajadores eventuales y 74 de ETT.

El 6-11-2019 se inició procedimiento de modif‌icación sustancial de condiciones de trabajo en jornada y tiempo de trabajo de los trabajadores de turno de festivos y f‌ines de semana (cuarto turno) que contaba con 85 trabajadores, y f‌inalizó con acuerdo el 29 de noviembre de 2019 con la recolocación al turno de lunes a viernes de todo el personal f‌ijo, se redujo el cuarto turno a 35 trabajadores y se pasó de dos turnos (diurno y nocturno) a un solo horario.

En diciembre de 2019 la empresa no contaba con ningún trabajador de ETT y continuaba con 46 trabajadores eventuales.

Se produjo una segunda modif‌icación sustancial de condiciones de aplicación el 15-12020 que minoró la cuantía de las pagas extras para quienes disfrutasen de permisos de paternidad, que f‌inalizó sin acuerdo (documento nº 3 del ramo de prueba de la parte actora, nº 135 del índice del Expediente Judicial Electrónico,

en adelante EJE), y dio lugar a procedimiento ante el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza y está pendiente de enjuiciamiento.

Se produjo una tercera modif‌icación sustancial el 10-3-2020, análoga a la anterior, que minoraba la cuantía de las pagas extras para quienes disfrutaban de permiso de maternidad, que concluyó sin acuerdo y que está pendiente de resolución en el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza (documentos nº 4 y 1 del ramo de prueba da la parte actora índice nº 136 y 133 del EJE)

SEGUNDO

El 23-4-2020 se inició ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) de suspensión de contratos /reducción de jornada, encadenándose un segundo y tercero ERTE,que tuvo una duración hasta el 31 -10-2020 (Memoria de fecha 28-9-2020 de ERE de extinción objeto del presente procedimiento, documento nº 9 de los acompañados en demanda (nº 11 del Expediente Judicial Electrónico EJE)

En el primer ERTE de fecha 19-3-2020 se invocaron como causas la cancelación unilateral def‌initiva en octubre de 2019 del cliente BORGWARNER EMISSIONS (Dixon, Vigo y Viana), de dos importantes contratos de suministro con ALUMALSA (EGR FCA Fam. B y FORD Escorpión), han producido una caída de ingresos estimada para el 2020 de 16,8 millones anuales debido a la desaparición de estas 2 referencias. Una estimación de contracción del negocio de aproximadamente 5 millones de Euros (venta de piezas) y 4,0 millones Euros (venta de utillajes) en 2020, que previamente ALUMALSA ya había previsto en base a los proyectos que f‌inalizaban durante 2019 y 2020. Y la caída de demanda a consecuencia del COVID-19 cerca del 70% (documento nº 21 de la demanda, nº 23 del EJE)

En el segundo ERTE 6-4-2020 se invocaron como causas que:

Hasta la fecha, la carga de trabajo prevista para los años 2019 y 2020 se había visto afectada notablemente por 2 razones:

La cancelación unilateral indef‌inida en octubre de 2019 de nuestro cliente BORGWARNER EMISSIONS (Dixon, Vigo y Viana), de dos importantes contratos de suministro con ALUMALSA (EGR FCA Fam. B y FORD Escorpión), que han producido una caída de ingresos estimada de 14,0 millones anuales debido a la desaparición de estas 2 referencias.

Una estimación de contracción del negocio de aproximadamente 6,2 millones de Euros

(venta de piezas) y 4,0 millones Euros (venta de utillajes) en 2020 que previamente

ALUMALSA ya había previsto en base a los proyectos que f‌inalizaban durante 2019 y 2020.

Carga de trabajo y presupuesto en 2019 ha sido de:

Facturación (piezas):84.177.121 € (presupuesto inicial 96 millones €)

Facturación (utillajes): 5.977.880 € (presupuesto inicial 7 millones €) .

Expedición (toneladas): 9.849 ton (presupuesto inicial 12.300 ton) Estimación de la carga de trabajo v presupuesto 2020 inicial:

Facturación (piezas): 63.793.184 € .

Facturación(utillajes):2.001.381€ .

Expedición (toneladas): 7.594 ton

El conjunto de estas cifras representa una caída de ventas en 2019 del 12,5% con respecto al presupuesto inicial de 2019 debido principalmente a las cancelaciones de contratos; además de una contracción del presupuesto 2020 del 27,0% con relación a las ventas realizadas durante 2019.

Con respecto a las diferentes líneas de producción, la evolución de la demanda en toneladas se va a contraer de las 9.849 ton/año (2019) a las 7.594 ton/año (2020) debido principalmente a las siguientes familias de producto

Con respecto a las diferentes líneas de producción, la evolución de la demanda en toneladas se va a contraer de las 9.849 ton/año (2019) a las 7.594 ton/año (2020) debido principalmente a las siguientes familias de producto

Desaparición de la demanda en 2 líneas de producción 102 y 103 (líneas de producción de EGR e INTERCOOLERS) a causa de la cancelación por parte de nuestro cliente BORGWARNER EMISSIONS de los proyectos INTERCOOLER SCORPION y EGR FCA Fam.B.

Desaparición de la demanda en la línea de producción la línea 109 (línea de producción colector de admisión R9M de RENAULT) por el f‌inal de la vida del motor R9M que desaparece de la producción en serie en la...

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