STSJ Comunidad Valenciana 2465/2006, 12 de Julio de 2006

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2006:4537
Número de Recurso177/2006
ProcedimientoFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
Número de Resolución2465/2006
Fecha de Resolución12 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

Recurso contra sentencia 177/2.006

Recurso contra Sentencia núm. 177/2.006

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a doce de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2.465/2.006

En el Recurso de Suplicación núm. 177/2.006, interpuesto contra la sentencia de fecha 1 de septiembre de 2.005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Diez de Valencia, en los autos núm. 1.190/2.004 , seguidos sobre cantidad, trienios, a instancia de Dª Soledad y otros, asistidos por D. Fernando Martín Mora, contra SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A., representado por el Abogado del Estado, y en los que es recurrente los demandantes, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 1 de septiembre de 2.005 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando en parte la demanda instada por los actores contra Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. debo condenar y condeno a la demandada a que abone en concepto de antigüedad la cantidad de 540,82 a Luis Miguel por el periodo 1-1-03 a 20-6-05 y la cantidad de 298,27 a Inocencio , por el periodo 1-1-03 a 31-5-04, y la cantidad de 540,82 a Luis Miguel por el periodo 1-1-03 a 20-6-05 y la cantidad de 298,27 a Inocencio , por el periodo 1-1-03 a 31-5-04, absolviendo a la demandada de las prestaciones en su contra ejercitadas por Soledad , Concepción , Susana y Elisa , cuya demanda se desestima".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Los actores han venido prestando sus servicios por cuenta de la demandada Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A., como sustitutos, en los siguientes periodos desde la fecha que indican en el hecho primero de la demanda: - Soledad : 3-7-00 a 30-7-00, de 1-8-00 a 31-8-00, de 1-9-00 a 30-9-00, de 24-10-00 a 26-10-00,de 27-10-00 a 31-10-00, de 3-11-00 a 19-5- 02. de 20-5-02 a 1-3-05, de 29-3-05 a 1-4-05, de 5-4-05 a 5-4-05,de 6-4-05 a 12-4-05, de 15-4-05 a 29-4-05. a Jesús . De 4-5-99 a 10-5-99, de 28-6-99 a 27-7-99, de 1-8- 99 a 31-8-99, de 16-9-99 a 1-10-99, de 27-10-99 a 29-10-99, de 8-11-99 a 12-11-99, de 15-11-99 a 19-11-99, de 1-12-99 a 15-11-00 de 16-11-00 a 16-12-01 de 17-12-01 a 17-10-02, de 24-10-02 a 31- 10-02, de 1-11-02 a 30-11-02, de 1-12-02 a 9-5-04 nóminas hasta 6/04. A Inocencio . Del 1-6-99 a 8-3-00, de 6-4-00 a 9-5-04, nóminas hasta 10/04. A Luis Miguel : DEL 26-11-99 A 27-11-99. DE 29-11-99 A 3-12-99, DEL 13-12-00 A 12-3-00, DEL 13-3-00 A 1-3-05 del 30-3-05 a 5-4-05 desde el 6-4-05. A Concepción : del 17-7-00 a 15- 8-00, del 16-8-00 a 15-9-00 del 19-9-00 a 30-9-00, del 1-10-00 a 9-5-04, del 9-6-04 a 13-6-04, del 25- 6-04 a 28-6-04. del 1-7-04 a 15-7-04 del 16-7-04 a 16-7-04 del 20-7-04 a 31-7-04. del 1-8-04 a 15-8- 04. del 16-8-04 a 31-8-04 del 1-9-04 a 30-9-04, del 5-10-04 a 11-10-04, del 14-10-04 a 20-10-04, A Susana . Del 12-7-00 a 12-6-01, del 18-6-01 a 18-6-01 de 19-6-01 a 30- 11-01, de 3-12-01 a 28-2-02, del 1-3-02 a 31-5-02, del 3-6-02 a 30-6-02, del 1-7-02 a 15-4-04 del 16- 4-04 a 1-3-05, del 1-4-05 a 30-4-05. A Elisa : del 22-5-00 a 31-5-00, del 12-6-00 a 30-9-00 del 17-10-00 a 21-10-00 del 23-10-00 a 25-10-00, del 1-11-00 a 7-10-02, del 8- 10-02 a 1-10-03 del 2-10-03 a 31-10-03 del 3-11-03 a 20-7-04. SEGUNDO.- El actor Jesús tiene reconocido, por la demandada, un trienio con vencimiento 22-11-02 y efectos económicos de 30-6-04, percibiendo mensualmente desde esta fecha la cuantía de 16,17 ?/mes. Y el actor Inocencio , tiene reconocido un trienio con fecha vencimiento 5-4-03, efectos económicos de 30-6-04, percibiendo de esta fecha 16,17 ?/mensuales. TERCERO.- Los actores presentaron papeleta de Conciliación ante el SAMC el 16-1-04, celebrándose Acto de Conciliación el 4-2-04 que concluyó sin efecto. La demanda se presentó el 30-12-04. ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante,. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1. El recurso interpuesto se estructura en un...

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