STSJ Comunidad de Madrid 60/2012, 6 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución60/2012
Fecha06 Febrero 2012

RSU 0004993/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 4993-11

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DERECHOS

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 16 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 1575-09

RECURRENTE/S: ANTENA 3 DE TELEVISION SA

RECURRIDO/S: Estela

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a seis de Febrero de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº60

En el recurso de suplicación nº 4993-11 interpuesto por el Letrado FERNANDO VIZCAINO DE SAS en nombre y representación de ANTENA 3 DE TELEVISION SA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 16 de los de MADRID, de fecha 6.4.11, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1575-09 del Juzgado de lo Social nº 16 de los de Madrid, se presentó demanda por Dª Estela contra, ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A Y ACICALA ESTILISMO SL en reclamación de DERECHOS, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 6.4.11 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando las excepciones opuestas por ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A y que estimando la demanda formulada por Dª Estela, debo declarar su derecho a reincorporarse de forma efectiva como Figurinista, condenando a la empresa ANTENA 3 TV S.A a estar y pasar por esta declaración, así como a que abone una indemnización de 64.833,25 euros a la actora por el período que abarca del 12 de enero de 2009 hasta el 6 de abril de 2011, y sin perjuicio del derecho de la trabajadora a reclamar por los períodos posteriores, en el caso de que no se produzca tal readmisión efectiva y por vía de ejecución de esta sentencia.

Estimando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por ACICALA ESTILISMO, S.L absolviéndola sin entrar a conocer sobre el fondo en relación a ella".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

La actora Dª Estela viene prestando servicios para la empresa Antena 3 TV desde el 1 de febrero de 1990 con categoría profesional de figurinista con una retribución mensual de 1.435,77 euros brutos incluida ppe. (hecho incontrovvertido) antigüedad y categoría folio 42 salario).

Salario según Convenio para la categoría profesional estilista área de actividad Artes Visuales y una antigüedad de 1990 Nivel salaria 7 Anexo I del Convenio Colectivo folio 66 y ss asciende a 29.037,15 euros: 365=79,55 euros/día.

SEGUNDO

La demandante solicita pasar a situación de excedencia voluntaria en fecha 30 de diciembre de 1999 por período de 3 años, concediendo Antena 3 dicha excedencia con efectos 1-1-2000.

Solicita en diciembre 2002 prórroga de 2 años siendo concedida por la empresa hasta el 31 de diciembre de 2004. (hecho introvertido).

TERCERO

La demandante solicita incorporación mediante carta el 9 de diciembre de 2004, contestando la empresa Antena 3 que en ese momento no existía en la plantilla ninguna vacante (hecho incontrovertido).

CUARTO

Con fecha 14-5-2009 la actora solicita de nuevo su reincorporación a la empresa Antena 3. Contestando Antena 3 que el departamento en el que se encontraba la actora encuadrada ha sido transferido a una empresa externa por lo que el puesto de trabajo y cualquier otra hipotética vacante de futuro no se puede producir en Antena 3 de Televisión S.A.

Esta compañía se denomina ACICALA ESTILISMO, S.L y sus direcciones en Avenida de la Suerte nº 4 San Sebastián de los Reyes Madrid. La reincorporación se dirige a la misma con su petición al haber devenido imposible atenderle en nuestra empresa, folio 60 de lo actuado.

QUINTO

La demandante se dirige a la empresa ACICALA ESTILISMOS, S.L mediante carta obrante al folio 61 que aquí se reproduce. No siendo contestada por ACICALA ESTILISMO S.L.

SEXTO

El 9 de diciembre de 2008, se firma contrato privado, denominado de transmisión de unidad productiva autónoma, entre ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A Y ACICALA ESTILISMO, S.A transmitiendo ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A a ACICALA "En su unidad productiva autónoma de maquillaje, peluquería y estilismo" con efectos desde la firma del contrato. Se transmite "un conjunto de medios y conocimientos técnicos-empresariales (know-how) organizados para llevar a cabo actividades de estilismo, peluquería y maquillaje para la producción de programas de televisión, de contenido informativo, de entretenimiento y de ficción, así como la prestación de servicios de asesoramiento en la imagen global de los presentadores e inventados que participen o intervengan en espacios televisivos-2.

En el anexo II se relacionan como medios que se transmiten, armarios, estanterías, fotocopiadoras, impresora, lavadora, máquinas de coser, muebles de maquillaje, mesas, ordenadores, sillas, tocadores, televisores, etc.

Consta en el contrato que se produce sucesión de empresa respecto del personal de la unidad al amparo del art. 44 ET y el precio de la transmisión de la UPA se fija en 20.044 euros.

SEPTIMO

El 9 de diciembre de 2008, se firma el contrato de prestación de servicios de peluquería, maquillaje y estilismo entre ANTENA 3 DE TELEVISION Y ACICALA ESTILISMOS, S.L; ANTENA 3 DE TELEVISION S.A, paga una cuota fija, en concepto de "volumen de servicio garantizado, que incluye gastos generales, organización, servicios de asesoramiento y formación del personal" y una cuota variable si se supera el volumen de servicios comprometido.

OCTAVO

El 9 de diciembre de 2008, se firma entre las mismas partes contrato de arrendamiento de locales de ANTENA 3 DE TELEVISION, S.A a ACICALA ESTILIMO, S.L para prestación de servicios de peluquería, maquillaje y estilismo, por importe anual de 37.798,56 euros más IVA.

NOVENO

El 10-6-2009, se firma contrato de prestación de servicios de gestión de almacén de vestuario entre ACICALA ESTILISMO, S.L Y ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A.

ANTENA 3 DE TELEVISION S.A contra ACICALA ESTILISMO, S.L los servicios de gestión de almacén de vestuario, propiedad de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A, que se requiere para la producción de programas.

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A arrienda el local a ACICALA ESTILISMO S.L.

DECIMO

El 10-6-2009 ANTENA 3 DE TELEVISIÓN cede en alquiler a ACICALA ESTILISMO S.L el local situado en Av. De Isla Graciosa (sastrería y vestuario) para la gestión de almacén de vestuario para ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A; se pacta un precio anual de 7.432,80 euros más IVA.

DECIMOPRIMERO

El 11 de diciembre de 2008, el Secretario General de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN

S.A convoca al Presidente del Comité a una reunión para el 15 de diciembre de 2008, para tratar de una cuestión relacionada con la gestión y la organización de la Compañía.

En esa reunión, se realiza una presentación en power point de cómo es el grupo "Vértice 360" del que forma parte ACICALA ETILISMO S.L y se entrega una relación de los trabajadores afectados.

En esta exposición consta que del Grupo Vértice 360 forman parte distintas empresas y que el Grupo, a través de estas se dedica a distintas actividades (alquiler de medios técnicos, pre-producción y producción, distribución de contenidos, emisión de contenidos, etc.

El personal que se transmite es el que consta en folio 346 y se da por reproducido.

DECIMOSEGUNDO

ACICALA ESTILISMO, S.L se dedica a la pre-producción y producción, al servicio de imagen, estilismo, peluquería, maquillaje y sastrería, y como objeto social "los servicios de estilismo, asesoría de imagen, peluquería y maquillaje".

El capital social suscrito fue de 3.100 euros, el domicilio de Av. de Lanzarote, 4 de San Sebastián de los Reyes Madrid, y fecha de comienzo de las operaciones 9 de octubre de 2008.

DECIMOTERCERO

ACICALA ESTILISMO S.L es una sociedad mercntil unipersonal cuyo único socio es Vértice 360 Servicios Audiovisuales, S.L.U que a su vez está íntegramente participada por Vértice Trescientos Sesenta Grados, S.A, esta última empresa cotiza en Bolsa.

DECIMOCUARTO

Los trabajadores afectados por el cambio de empresa envían correos solicitando reunión con la Dirección para que les informe como va a ser la subrogación y condiciones del contrato.

DECIMOQUINTO

El Sindicato CCOO, en fecha 3 y 17 de Noviembre y 15 de diciembre del año 2008, emite comunicado sobre el paso de trabajadores de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A, se reunía con el personal y les invitaba a presentar proyectos empresariales, hacían desayunos con distintos contenidos.

DECIMOSEXTO

EL Sr. Baltasar, Consejero de ANTENA 3 DE TELEVISION, S.A se reunía con el personal y les invitaba a presentar proyectos empresariales, hacían desayunos con distintos contenidos.

DECIMOSEPTIMO

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN S.A, quería externalizar el servicio de estilismo, y al tener conocimiento de este hecho, Dª Estela realiza una propuesta de externalización en los términos que constan en folios 870 a 882 y que es suscrita también por Dª...

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