Sentencias sobre Marca nacional

192 sentencias sobre Sentencias sobre Marca nacional

  • STS, 20 de Julio de 2001

    TÍTULOS REGISTRALES. MARCAS. ACCIÓN DE NULIDAD. El artículo 31 de la Ley de marcas establece como presupuestos necesarios para que el titular de la marca pueda accionar frente a terceros, que la semejanza entre los signos y la similitud entre los productos y servicios pueda inducir a errores.Se estima en parte el recurso de apelación. Se declara no ha lugar al recurso de casación.

  • STS, 29 de Julio de 2002

    MARCAS. REGISTRO. No podrán registrarse como marcas los signos o medios: a) Que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca anterior. Se desestima la casación.

  • STSJ Comunidad de Madrid 803/2004, 28 de Mayo de 2004

    MARCAS. RIESGO DE CONFUSIÓN. Dicha semejanza ha sido configurada como un concepto jurídico indeterminado, cuya realidad subyacente ha sido apreciada en función del buen comportamiento consumidores, aplicado sobre el análisis de la totalidad de los términos, de las denominaciones enfrentadas, sin desintegrar artificiosamente las sílabas o palabras que las conforman, sino mas bien, a través de...

  • STS, 22 de Diciembre de 2004

    INSCRIPCIÓN DE MARCA INTERNACIONAL. No cabe dudar ni del carácter mixto de las marcas que aspiran al registro ni de la disparidad entre sus denominaciones y las de las marcas opuestas. No concurren los presupuestos que permitirían aplicar la prohibición prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley de Marcas. Habiendo concluido a favor de la existencia de diferencias fonéticas y gráficas entre los...

  • STS 392/2005, 17 de Mayo de 2005

    "MARCAS. RIESGO DE CONFUSIÓN. La garantía de la marca, identifica el producto o servicio de una empresa y sus cualidades; la constituyen los signos de representación gráfica susceptibles de cumplir aquella función; su aspecto fundamental es evitar el riesgo de confusión, ya que es esencial en la marca su finalidad de distinguir productos y servicios en el mercado, de forma que el consumidor...

  • STS 362/2005, 12 de Mayo de 2005

    "COMPETENCIA DESLEAL POR USO DE NOMBRES SIMILARES DE ORQUESTAS. La declaración de caducidad, hay que interpretarla en sentido restrictivo, para que no exceda más allá de los servicios sometidos a cuestión, sin que nunca la afección a una concreta marca pueda extenderse a otra, aunque exista entre ellas una cierta relación de objeto y fonética, sobre todo cuando dicha similitud no ha sido...

  • STS 850/2005, 11 de Noviembre de 2005

    MARCA. USUARIO DE LA MARCA. TITULAR REGISTRAL. ACCIÓN DE NULIDAD. No corresponde hacer lugar al recurso de casación planteado por la accionante siendo que la misma invadió el derecho de uso exclusivo de la titular registral de la marca. Si bien es cierto que con anterioridad a la concesión de la misma la demandada accionante utilizó la marca pero conforme las pruebas sólo fuera ello en...

  • STS 463/2003, 16 de Mayo de 2003

    PROPIEDAD INDUSTRIAL. DAÑOS Y PERJUICIOS. No podrán registrarse como marcas los signos o medios que por su identidad o semejanza fonética con una marca anteriormente registrada, puedan inducir a confusión en el mercado. La tutela de la propiedad industrial no se proyecta en las denominaciones o razones sociales. En primera instancia se estima demanda. Se estima casación.

  • STS 375/2003, 15 de Abril de 2003

    MARCA. NULIDAD. REGISTRO. La generalidad de una expresión o palabra puede llegar a identificarse de tal modo con los productos que trata de distinguir que con el transcurso del tiempo, la publicidad y la notoriedad adquirida, la atribuyan un carácter especificativo que no se puede anular por el carácter genérico del término, porque se ha erigido como verdadero signo distintivo.Se estima el...

  • STS 335/2007, 16 de Marzo de 2007

    MARCAS. DIBUJOS INDUSTRIALES POSTERIORES. FALTA DE AUTORIZACIÓN. ACCIÓN DEL TITULAR DE LA MARCA. La utilización de una marca registrada en un dibujo industrial posteriormente concedido, sin que el titular de aquella la hubiera autorizado, faculta a éste a ejercitar la acción de nulidad del dibujo siempre que concurra el riesgo de confusión, tomado en consideración por el legislador para impedir,...

  • STS, 10 de Julio de 2008

    "MARCAS. INSCRIPCIÓN. OPOSICIÓN. La recurrente apela las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas que inscriben la marca ""Havana Club Lunettes Design"". Alega que la sentencia incurre en incongruencia omisiva, incongruencia por contradicción entre fundamentos de la propia sentencia, tanto entre sí, como en relación con el fallo, y omisión de motivación y expresión de los...

  • STS, 22 de Octubre de 2007

    MARCAS. REGISTRO. El artículo 12.1.a) de la Ley 32/1988, de Marcas, dispone que «No podrán registrarse como marcas los signos o medios: que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca...

  • STS, 25 de Octubre de 2007

    MARCAS. REGISTRO. El artículo 12 de la Ley de Marcas 32/1988, exige, para que se produzca la prohibición general de acceso al Registro de una marca, la concurrencia de las siguientes circunstancias: a) que exista identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca o nombre comercial anteriormente solicitado o registrado, y b) que tenga por finalidad designar productos o servicios...

  • STS, 25 de Septiembre de 2002

    MARCAS. REGISTRO. El artículo 12 de la Ley de Marcas 32/1988, exige, para que se produzca la prohibición general de acceso al Registro de una marca, la concurrencia de las siguientes circunstancias: a) que exista identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca o nombre comercial anteriormente solicitado o registrado, y b) que tenga por finalidad designar productos o servicios...

  • STS, 5 de Marzo de 2003

    MARCA. No podrán registrarse como marcas, los que reproduzcan o imiten la denominación, el escudo, la bandera, las condecoraciones y otros emblemas de Españ, sus Comunidades Autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización. En todo caso, solamente podrán constituir un elemento accesorio del distintivo principal. Se desestima el recurso de

  • STS, 11 de Abril de 2001

    "MARCAS. Es preciso que el recurrente demuestre se trata de casos idénticos o al menos de gran semejanza, y que no cabe hacer declaraciones jurisprudenciales de carácter general aplicables a todos los casos, aparte de que en el caso presente la notoriedad de la marca oponente, podría referirse a lo sumo a la marca OMEGA de relojes, único producto notoriamente conocido en el mercado por su...

  • STS, 22 de Diciembre de 2004

    MARCAS. No existe tal falta de respuesta por parte del Tribunal de instancia, ya que al rechazar cualquier posibilidad de confusión entre las marcas en litigio, ha excluido con ello que la aspirante pueda ser erróneamente considerada una marca derivada de las prioritarias. La Sala de instancia respeta los criterios de comparación global entre las marcas, en una fundamentación razonable que no...

  • STS, 12 de Marzo de 2003

    MARCA. El recurso de casación es un recurso extraordinario, que impide al Tribunal Supremo alterar los hechos de que haya partido el Tribunal de instancia en la sentencia recurrida, salvo que al hacerlo haya violado los escasos preceptos que regulan el valor de la prueba tasada. en el caso presente, la sentencia de instancia, apreciando la prueba practicada en autos, llega a la conclusión de que...

  • STS 136/2006, 20 de Febrero de 2006

    PROPIEDAD INDUSTRIAL. VIOLACIÓN DE DERECHOS DE MARCA. ADQUISICIÓN DE CARÁCTER DISTINTIVO. La actora reclama se condene a la demandada a cesar en los actos de violación de los derechos de marca a su favor y en los actos de competencia desleal. Si por un lado los derechos deben ejercitarse de buena fe y se debe ser congruente con la conducta observada (art. 7.1º CC), por otro lado el apartado 1,...

  • STS 293/2005, 22 de Abril de 2005

    PATENTES DE INVENCION. Se estima parcialmente la demanda. La demandada apela, y la apelación es admitida absolviendo a dicha parte. La parte actora interpone recurso de casación. El hecho de estar o no introducido el referido sistema en el estado actual de la técnica, no es conocido (el técnico informante no lo sabe), y en todo caso, sería cuestión a probar por la parte demandada, que lo alega,

  • STS 1347/2006, 21 de Diciembre de 2006

    REGISTRO DE MARCAS. RIESGO DE CONFUSIÓN. VALORACIÓN. La apreciación de la similitud o semejanza en relación con el riesgo de confundibilidad directo o indirecto -asociación (misma procedencia empresarial)- corresponde en principio a los juzgadores de instancia -primera instancia y apelación-, cuya apreciación fáctica sólo es atacable por error en la valoración de la prueba, en tanto la...

  • STS 30/2007, 1 de Febrero de 2007

    REGISTRO DE MARCA. ACCIÓN DE NULIDAD. MARCA NOTORIA. Se reclama que se declare nula la inscripción de una marca gráfica. La notoriedad de la marca es cuestión de hecho, cuya fijación es competencia de la Sala de instancia y sólo puede ser impugnada demostrando el error de Derecho en la apreciación de la prueba, que exige la cita del concreto precepto valorativo que haya sido vulnerado ... o por...

  • STS, 21 de Marzo de 2007

    CONCESIÓN DE MARCA.REGULACIÓN. No existe incompatibilidad si las dos marcas tienen un cierto parecido en la línea envolvente del gráfico, pero si se comparan los dos distintivos en conjunto, son claramente distintos. La diversidad de productos y servicios afectados y de sus correspondientes circuitos comerciales implican entre las marcas suficientes diferencias.Se estima el recurso contencioso...

  • STS, 21 de Octubre de 2002

    MARCAS. REGISTRO. No podrán ser admitidos al Registro como marcas: Los distintivos que por su semejanza fonética o gráfica con otros ya registrados puedan inducir a error o confusión en el mercado. Se desestima la casación.

  • STS, 20 de Junio de 2002

    MARCAS. REGISTRO. No podrán ser admitidas al Registro como marcas las denominaciones genéricas y las adoptadas por el uso para señalar géneros, clases, precios, cualidades, pesos y medidas y otras similares. Se desestima la casación.

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