Sentencias sobre Entidades gestoras

1408 sentencias sobre Sentencias sobre Entidades gestoras

  • STS, 24 de Mayo de 2003

    "PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RECLAMACION DE TRIENIOS.El supuesto del cálculo del valor de los trienios ya reconocidos de los Médicos de Cupo y Zona (reclamación de diferencias económicas), en donde se acoge el plazo de prescripción de cinco años pues de conformidad con las sentencias también dictadas en unificación de doctrina de 4 de junio de 1997 y 26 de noviembre de 1998,...

  • STS, 20 de Mayo de 2005

    SEGURIDAD SOCIAL. OBLIGACIÓN DE COTIZAR. JURISDICCIÓN COMPETENTE. No deben confundirse las cuestiones que en materia de cotización el orden social tiene que decidir prejudicialmente para resolver las que le corresponden en el ámbito de la acción protectora, de aquellas cuestiones cuyo objeto, como sucede en el presente, es recabar un pronunciamiento directo sobre el alcance de la obligación de...

  • STS, 21 de Mayo de 2009

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD TEMPORAL. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 226.2 de la Ley de Procedimiento Laboral y con el precedente informe del Ministerio Fiscal, estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, casar y anular parcialmente la sentencia recurrida; y resolviendo el debate en los términos

  • STS, 11 de Junio de 2007

    PRESTACIÓN. INCAPACIDAD TRANSITORIA. ACCIDENTE LABORAL. Se reclama prestación por incapacidad transitoria. No pudiendo cuestionarse que los facultativos de los Servicios Públicos de Salud no sólo pueden sino que deben extender la oportuna baja, si el beneficiario de la seguridad social reúne los requisitos del artículo 128.1 de la Ley General de la Seguridad Social -necesidad de asistencia...

  • STS, 18 de Febrero de 2003

    "NULIDAD DEL PACTO EXTRAESTATUTARIOS DE ÁMBITO INTERPROVINCIAL. Se dicta sentencia sobre impugnación de convenios que desestima la pretensión. En el sector de las empresas dedicadas a la fabricación almacenaje y comercialización de pastas alimenticias, se han venido sucediendo alternativa y a veces acumulativamente convenios laborales de ámbito territorial diverso -provincial, autonómico y...

  • STS, 4 de Mayo de 2004

    Previsión Sanitaria Nacional. Naturaleza del Régimen de Previsión de Asistencia Médico Farmacéutica Aseguradoras de Accidente de Trabajo gestionado por ella. Aplicación de su propia normativa y del conjunto de normas básicas que regulan el Sistema de la Seguridad Social. En este caso se afirma la aplicabilidad del artículo 44.2 LGSS y no del artículo 1.966 del Código Civil.

  • STS, 28 de Mayo de 2003

    "JUBILACION. PENSIONES. PLAZO PARA RECLAMAR INCUMPLIMIENTO. PRESCRIPCION. Hay que entender que este régimen de protección social es ajeno al sistema de la Seguridad Social, por lo que no resulta aplicable el artículo 44-2 de la Ley General de la Seguridad Social y sí el artículo 1966-3 del Código Civil, coincidente respecto del plazo de cinco años con el establecido en el artículo 23 de la Ley 50

  • STS, 24 de Octubre de 2007

    PENSIÓN. BASE REGULADORA. REVISIÓN. Aparece claro que la fecha inicial del devengo de los intereses de referencia, cuando la deudora de ellos sea una Administración pública, habrá de computarse en relación con la fecha de la sentencia de primer grado de la que tales intereses se deriven, sean cuales fueren las vicisitudes que el proceso haya seguido ulteriormente, y el tiempo transcurrido desde...

  • STS, 3 de Mayo de 2005

    "INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. Se solicita se declara incapaz para profesión habitual de marinero. El principio legal es el de que las prestaciones por incapacidad total son compatibles ""con el salario que pueda percibir el trabajador en la misma empresa o en otra distinta"" siempre, claro, que la profesión no sea la misma; con lo que el problema se concreta en determinar cuando esa profesión es

  • STS, 17 de Junio de 2005

    EMPLEO PÚBLICO. ANTIGÜEDAD. Los hechos que en la resolución impugnada se consideran probados dan cuenta de que la actora presta servicios como celadora en el Hospital Central de Asturias, perteneciente al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). Antes de fecha de obtención como propietaria de la plaza, había prestado servicios para la entidad demandada, que le ha reconocido tres...

  • STS, 11 de Noviembre de 2005

    PERSONAL ESTATUTARIO. TITULAR DE PLAZA EN PROPIEDAD. TRIENIOS. Personal estatutario reclama el pago de trienios por servicios prestados antes del nombramiento como titular de plaza en propiedad. Durante el tiempo anterior a la fecha en que se haya obtenido el nombramiento no son computables aquellos servicios a efectos de trienios, lo que obsta a que pueda devengarse el derecho económico...

  • STS, 8 de Marzo de 2006

    "PERSONAL ESTATUTARIO DE SERVICIO DE SALUD. ANTIGÜEDAD. EFECTOS ECONÓMICOS. Se ejercita acción de reclamación de cantidad en concepto de diferencias por atrasos de trienios. La Ley 70/1978 permitió computar a efectos de trienios no sólo los servicios prestados como funcionario o personal estatutario de carrera, sino también los que se cumplieron ""en calidad de funcionario de empleo (eventual o

  • STS, 3 de Noviembre de 2005

    CONTRATO DE TRABAJO. PROFESIONAL. RECLAMO POR CUOTAS COLEGIALES. Debe ser absuelto el organismo condenado al pago de la deuda por las cuotas colegiales reclamadas, toda vez que la condenada no es la entidad responsable. Siendo que se trata de remuneraciones o compensaciones del personal que presta servicios a las administraciones públicas, debe entenderse que la exigibilidad de las mismas se...

  • STS, 2 de Febrero de 2005

    PERSONAL ESTATUTARIO. TRIENIOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMO INTERINO. Se reclama el abono de la cantidad correspondiente a atrasos por trienios. El nombramiento en propiedad o de plantilla es condición para el reconocimiento del derecho a los trienios como retribución básica por antigüedad, con independencia de que en el tiempo computable se incluyan los servicios prestados sin ese...

  • STS, 19 de Enero de 2007

    " INCAPACIDAD TEMPORAL. RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA. No existiendo normas concretas respecto de las contingencias comunes anticipadas por la Mutua, es claro que no puede aplicarse al INSS la regla de subsidiaridad para el caso de la insolvencia patronal prevista para las profesionales; máxime cuando la Mutua es, una entidad colaboradora en la gestión de la Seguridad Social, sujeta a las...

  • STS, 3 de Marzo de 2005

    REINTEGRO DE GASTOS MEDICOS. El gasto efectuado y toda la actuación administrativa atinente al reintegro, incluida la resolución final (denegación de la reclamación previa) que abrió paso al procedimiento judicial, se produjo antes de la fecha de efectos de la transferencia, que es, como se indicó, la de 1 de enero de 2002. En efecto, tal y como se dice en la relación fáctica, transcrita en el

  • STS, 8 de Julio de 2005

    "CONTRATO DE TRABAJO. INSALUD. TRIENIO. ANTIGÜEDAD. Se interpone demanda contra insalud y el principado de asturias peticionando el pago correspondiente a trienios por antigüedad. El nacimiento del derecho a la retribución por antigüedad sólo puede producirse con el nombramiento en propiedad y, en consecuencia, como la actora no obtuvo ese nombramiento hasta el 3 de abril de 2002, no puede...

  • STS, 26 de Junio de 2007

    RECLAMACIîN DE CANTIDAD. PENSIîN DE JUBILACIîN. Se reclama pensi—n de jubilaci—n. Las sentencias comparadas contemplan un mismo supuesto de hecho y de derecho: la determinaci—n del porcentaje de la pensi—n de jubilaci—n que corresponde a una trabajadora del sector textil que hubiese cotizado antes del a–o 1.967 y que se jubile tras cumplir los 60 a–os y antes de cumplir los 65 a–os. Sin embargo,...

  • STS, 17 de Enero de 2006

    "PAGO DE CUOTAS COLEGIALES ANTERIORES A LA TRANSFERENCIA. La situación de hecho base de esta litis se centra sobre la transferencia de personal que, prestando en principio servicio a órganos de la Administración del Estado, pasa a depender de una Comunidad Autónoma. El Insalud es el responsable del pago de las cantidades que se reclaman en la demanda, ya que la Ley 12/1983, del Proceso Autonómico,

  • STS, 14 de Junio de 2005

    RECLAMACIÓN DE DERECHOS. CAMBIO EN EL TURNO DEL TRABAJADOR POR NECESIDADES DEL SERVICIO. En uso de las facultades, que los directores o gerentes de los establecimientos sanitarios tienen, pueden establecer en cada momentos los horarios que estima más convenientes para el cumplimiento del servicio publico. La única limitación viene dada por el principio de uso razonable y ordenado del poder...

  • STS, 3 de Noviembre de 2005

    CONTRATO DE TRABAJO. ABONO DE CUOTAS COLEGIALES. Se debe casamos y anulamos la sentencia recurrida y resolver el debate planteado en suplicación en el sentido de estimar el recurso, con revocación de la sentencia recurrida en lo que se refiere al pago de las cuotas de colegiación de la actora hasta el 31 de diciembre de 2001, y condenamos a tal pago únicamente al INGESA, absolviendo al SESPA,...

  • STS, 17 de Enero de 2006

    PERSONAL SANITARIO. CUOTAS COLEGIALES. RESPONSABLE DEL PAGO. El actor reclama el reintegro de las cuotas colegiales obligatorias satisfechas por el mismo durante el período en que prestó servicios en régimen de exclusividad para el INSALUD. Es al Instituto Nacional de la Salud y no a la entidad autonómica a la que se traspasaron las funciones y servicios a partir de 1 de enero de 2002 a quien...

  • STS, 29 de Noviembre de 2005

    CUOTAS COLEGIALES. ABONO. Estimada la demanda. Desestimado el recurso de suplicación, condenado el Instituto Nacional de Salud y el Servicio de Salud. Este Servicio de Salud interpone recurso de casación para unificar doctrina. Es al Instituto Nacional de la Salud y no a la entidad autonómica a la que se traspasaron las funciones y servicios a quien corresponde el reintegro de las cuotas...

  • STS, 10 de Junio de 2003

    PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA. REINTEGRO DE PRESTACIONES INDEBIDAS. Las prestaciones no contributivas forman parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social. El art. 145.1. LPL prohíbe como regla general a las entidades gestoras revisar por sí mismas sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios. Dicha regla general se exceptúa en los supuestos de rectificación...

  • STS, 29 de Diciembre de 2000

    PENSIÓN DE JUBILACIÓN. No estamos ante un Convenio Colectivo, sino ante unos Estatutos de un Montepio en los que se han establecido unas normas que afectan directamente a un personal pasivo que ya venía percibiendo una pensión complementaria de jubilación y de cuya Asamblea General en la que dicha modificación se acordó, no formaban parte, ni directamente ni por representación. Debe...

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