La victimización sexual a través de las redes sociales

AutorAdrián Villanueva González
Páginas587-629
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La victimización sexual a través
de las redes sociales
VILLANUEVA GONZÁLEZ, ADRIÁN
D-ADE19/20
1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo consta de dos capítulos. El primero de ellos es de carácter jurídico y
analizará las prácticas delictivas contra la libertad e indemnidad sexual cometidas a través de las
redes sociales. El segundo será un estudio estadístico para conocer cómo son y qué factores in-
f‌luyen en las resoluciones seleccionadas de una muestra referidas a abusos y agresiones sexuales
con repercusión en los medios físicos y digitales.
El objetivo de este escrito es doble. Por un lado, se buscará constatar si existe una adecua-
ción de la legislación penal española en delitos de carácter sexual a la nueva realidad social en la
que las interacciones entre individuos suceden con mucha frecuencia en las redes. Para ello, se
consultarán diversas fuentes tanto legales como psicológicas con el f‌in de entender el desarrollo
de este tipo de prácticas delictivas y cómo son tratadas por la jurisprudencia, así como conocer
el perf‌il de agresor y víctima, los vacíos legales y las posibles soluciones para estos delitos.
Por otro lado, mediante un estudio estadístico descriptivo e inferencial de una muestra
de resoluciones sobre agresiones y abusos sexuales en España y con ayuda del programa SPSS, se
tratará de entender qué características tienen aquellos autos, sentencias y recursos con publicidad
en los medios y qué factores pueden inf‌luir en la repercusión mediática de estas resoluciones.
Realizado el estudio, se comprobará que puede existir una insuf‌iciencia en la regulación
penal de los delitos cometidos a través de las redes sociales. La única referencia que existe en el
Código Penal español a estas prácticas sería el artículo ciento ochenta y tres ter., el cual no in-
cluye todos los delitos de carácter sexual y limita la protección a los menores de dieciséis años.
Además, quedará ref‌lejada (siguiendo la jurisprudencia) la dif‌icultad probatoria de este tipo de
delitos debido a las condiciones que se precisan para validar las pruebas obtenidas de las propias
redes sociales (posible peritación, por ejemplo) y las limitaciones en la declaración de los meno-
res de edad (principales víctimas de este tipo de delitos).
Se comprobará también la existencia de factores que inf‌luyen en la repercusión mediática
de una resolución (cuantía de la indemnización o número de agresores, por ejemplo) y se demos-
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trará que existen otros factores que, aunque a priori parezcan determinantes para la publicidad
de una sentencia, no lo son (género del agresor o edad de la víctima, por ejemplo). Además, se
comentarán las características que describen este tipo de resoluciones como pueden ser: el perf‌il
del agresor (un solo varón cuya edad oscila en torno a los 37 años con nacionalidad española) y
de la víctima (mujer menor de edad con nacionalidad española).
capitulo i
la victimización sExual a través dE las rEdEs socialEs
1. LAS REDES SOCIALES
1.1. Evolución de la sociedad con la llegada de internet
No cabe duda de que en la realidad en la que vivimos se ha experimentado una revolución
en las comunicaciones interpersonales de la mano del exponencial avance de las nuevas tecno-
logías. Este fenómeno se debe fundamentalmente a la explosión de Internet, que ha cambiado
totalmente la manera de relacionarse en la sociedad. Sin embargo, no se trata del único fruto de
la aparición de este fenómeno de masas, pues existen otros muchos: proliferación de las com-
praventas online, divulgaciones científ‌icas, artísticas y culturales, acciones para la defensa a la
ciudadanía…
En un primer momento, el acceso a la red se limitaba a una pequeña parte de la población
cuyos conocimientos permitían tal práctica. Hoy en día, la simplif‌icación del empleo de Internet
sumado a la aparición de otras tecnologías inteligentes como los “smartphones”, han facilitado la
entrada a la red en cualquier momento y lugar.
En contraste, las facilidades que ofrece el uso de la red pueden posibilitar también activi-
dades en contra de los derechos de la ciudadanía, pues se van a manejar datos personales, econó-
micos, políticos, culturales… que pueden ser utilizados por los delincuentes.
Con esta explosión tecnológica, las personas disponen de más herramientas para desarro-
llar actuaciones contrarias a la moral o a los derechos de los individuos. Por ello, es importante
que exista un paralelismo entre la evolución de las tecnologías y el Derecho, ya que este último
debe f‌ijar nuevas reglas que protejan a la sociedad del uso equivocado de este fenómeno socio-
tecnológico, y que se desarrollen ef‌icazmente. Por ello, es necesario que analicemos si la norma-
tiva, concretamente, la Ley Orgánica 10/1995, de veintitrés de noviembre del Código Penal (en
adelante CP) protege adecuadamente a la sociedad de los delitos que surgen a partir del uso de
las nuevas tecnologías o si es necesario implantar otras nuevas y más ef‌icaces.
Sin duda, muchos de los principales peligros de Internet se concentran en unas plata-
formas que permiten la comunicación en tiempo real entre millones de internautas: las redes
sociales.
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1.1.1. Def‌inición y uso de las redes sociales
La Real Academia de la Lengua Española def‌ine red social como:
“Servicio de la sociedad de la información que ofrece a los usuarios una plataforma de
comunicación a través de internet para que estos generen un perf‌il con sus datos personales,
facilitando la creación de comunidades con base en criterios comunes y permitiendo la co-
municación de sus usuarios, de modo que pueden interactuar mediante mensajes, compartir
información, imágenes o vídeos, permitiendo que estas publicaciones sean accesibles de
forma inmediata por todos los usuarios de su grupo”.
Partiendo de esta def‌inición, la accesibilidad a las redes puede provocar que cualquier
conocido o amigo guarde datos, imágenes e incluso vídeos sin el consentimiento del usuario con
una simple captura de pantalla.
Es difícil encontrar en pleno año dos mil veinte alguna persona que desconozca qué son
las redes sociales o que no esté registrado en ninguna. En la sociedad actual muchas facetas de la
vida suceden en un mundo virtual donde se sitúan las llamadas “social networks” (redes sociales).
Desde el ámbito familiar hasta el ámbito empresarial, pasando incluso por el ámbito académico,
se emplean estas plataformas digitales.
1.1.2. Ventajas e inconvenientes del uso de las redes sociales
Muchas son las ventajas del empleo de las redes sociales: la gratuidad (en la mayoría de
los casos), la rapidez, la creatividad, la innovación… Todas han provocado el desuso los métodos
tradicionales de comunicación como el correo postal. El empleo de estas plataformas se intensi-
f‌ica si tenemos en cuenta que el noventa y uno por ciento de los usuarios acceden a ellas con su
teléfono móvil.
Sin embargo, muchas son las también desventajas de las redes sociales: desprotección de
información, aumento de probabilidades de acoso, amenazas… Aquellas que atentan la libertad
sexual de las personas físicas serán tratadas en el presente trabajo.
1.2. Los usuarios de las redes sociales. Datos y estadísticas
Hoy en día, un total de tres mil millones de usuarios se conectan cada día a sus redes
sociales, esto es, aproximadamente un cuarentaicinco por ciento de la población mundial. En el
caso de España, veinticinco millones y medio de internautas acceden a diario a estas plataformas,
es decir, uno de cada dos españoles emplea redes sociales cada día.
Sumergiéndonos en las estadísticas españolas, según el Estudio Anual de Redes Sociales
en España de dos mil dieciocho: del total de usuarios que existen en España en estas platafor-
mas digitales, el cincuenta y uno por ciento son varones y el cuarenta y nueve restante mujeres.
Siguiendo en esta línea, el estudio demuestra que el treinta y nueve por ciento de los usuarios se
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