Recurso de alzada (arts. 112, 121 y 122 LPAC)

AutorMaría Burzaco Samper
Páginas116-116
116
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(arts. 112, 121 y 122 LPAC)
QDLGVQ Actos definitivos que PQ"ciqvgp la vía administrativa.
Actos de trámite (cualificados) que PQ ciqvgp la vía administrativa.
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Recurso de alzada contra
acto expreso
1 mes desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto.
Recurso de alzada contra
acto presunto
En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su
normativa específica, se produzcan los efectos del silencio.
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Ante el órgano que ha de resolver el recurso (superior jerárquico del que lo dictó).
Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones Públicas y cualesquiera
otros que actúen con autonomía funcional: se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o,
en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos (art. 121.1 LPAC)
Ante el mismo órgano que dictó el acto (éste deberá remitirlo al competente en el plazo de 10 días, con su informe y
con una copia completa y ordenada del expediente).
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Órgano competente Órgano superior jerárquico de aquel que dictó el acto que se recurre.
Plazo 3 meses desde la fecha de interposición del recurso.
Respuesta
Expresa.
Recurso de alzada contra acto expreso: silencio negativo.
Recurso de alzada contra acto presunto: silencio positivo (estimación del recurso).
Contra resolución de recursod e alzada no cabrá otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario
de revisión (supuestos del art. 125.1 LPAC)

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