Igualdad distributiva e igualdad relacional: ¿para qué?

AutorJesús Mora
Páginas167-193
CAPÍTULO 6
IGUALDAD DISTRIBUTIVA E IGUALDAD
RELACIONAL: ¿PARA QUÉ?
La propuesta relacional de Anderson supone un punto de inexión
en los debates contemporáneos sobre la justicia igualitarista. A partir de la
publicación de «Point» y de las obras de otros autores que siguieron la línea de sus
planteamientos, el igualitarismo contemporáneo ya no integra solo los debates
internos entre teóricos que identican la igualdad con distribuciones que no
reejan la inuencia de factores moralmente arbitrarios. El camino iniciado por
Rawls con la publicación de A eory, y continuado por Cohen y las diferentes
propuestas sobre el objeto de la igualdad, dejó de tener, desde que Anderson
formulase su propuesta, una sola meta —denir la mejor manera de eliminar la
inuencia de la suerte en la distribución. Ahora, ese camino se bifurca hacia al
menos dos tipos de preocupaciones: unas vinculadas a las ventajas distributivas y
otras vinculadas a las relaciones sociales entre las personas.
La imagen del camino que se bifurca es, en mi opinión, más apta
para denir las consecuencias de la irrupción de las teorías relacionales en el
igualitarismo contemporáneo que, por ejemplo, identicar esa irrupción como
un punto de ruptura. Es posible, incluso, interpretar las teorías relacionales como
parte de la tradición iniciada por Rawls, si bien desde una visión distinta sobre
el perl de su concepción de la justicia. Así lo entienden, de hecho, algunos
de los principales referentes de la corriente relacional (Anderson 1999, 290;
Scheer 2003, 31). Además, al igual que Rawls y toda la tradición posterior
a su concepción de la justicia como imparcialidad, el igualitarismo relacional
también asume como punto de partida de sus planteamientos la igualdad moral
de todas las personas. Esa igualdad moral, no obstante, tiene para los igualitaristas
relacionales consecuencias distintas de las que le había atribuido el igualitarismo
dominante hasta el momento. En concreto, tiene consecuencias distintas sobre el
objetivo al que la justicia igualitarista debería atribuir importancia independiente.
esús ora
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La pregunta fundamental que, desde mi punto de vista, plantean las
teorías relacionales respecto a la justicia igualitarista es “¿qué objetivos deberían
considerar importantes los igualitaristas por razones no instrumentales?” Ese es
el desafío frente al que Anderson sitúa a los igualitaristas de la suerte con su
argumento principal, según el cual la igualdad distributiva no tiene importancia
independiente, pues la razón por la que los igualitaristas deberían preocuparse por
las distribuciones es su impacto en las relaciones sociales. Mi propósito en este
capítulo es abordar ese desafío e intentar proporcionar una respuesta a la pregunta
de Anderson sobre la importancia independiente de los objetivos igualitaristas. De
esa respuesta derivan, además, consecuencias fundamentales sobre el contenido
de las teorías igualitaristas de la justicia que serán las protagonistas del resto de
esta obra.
La igualdad distributiva y la igualdad relacional son dos estados de cosas
que distintas concepciones contemporáneas sobre la justicia han considerado
importantes por distintas razones. Aquí me propongo reevaluar por qué cada
uno de esos estados de cosas puede tener relevancia para los igualitaristas,
tomando como referencia el igual valor moral de las personas. Si, como deende
Anderson (1999, 313), esa igualdad moral universal es la base de las demandas
igualitaristas, analizar la importancia independiente de cada uno de esos estados
de cosas implica evaluar su importancia para garantizar que los principios de la
justicia reejan adecuadamente el igual estatus moral que comparten todos los
seres humanos. El principal eje argumental de este capítulo es, por tanto, que si
garantizar un determinado estado de cosas caracterizado por la igualdad —ya
sea en la distribución o en las relaciones sociales— puede considerarse por sí
misma una exigencia derivada del igual valor moral de las personas, entonces
representa un objetivo con importancia independiente para los igualitaristas. En
otras palabras, un objetivo puede considerarse independientemente importante
para los igualitaristas si es posible justicarlo como exigencia de la igualdad moral
universal y no solo como un instrumento que, tal vez, pueda ser relevante como
medio para garantizar otro objetivo que sí sea realmente valioso en esos términos,
pero no importante por sí mismo. Y, dado que las dos corrientes principales
del igualitarismo contemporáneo (igualitarismo distributivo e igualitarismo
relacional) reivindican dos objetivos distintos como núcleo fundamental de
sus concepciones de la justicia (la igualdad distributiva y la igualdad relacional,
respectivamente), la tarea que se propone este capítulo es averiguar si cada uno de
ellos tiene importancia independiente para quienes, siguiendo la caracterización
del igualitarismo de Anderson (1999, 313), “fundan las demandas de igualdad
social y política en el hecho de la igualdad moral universal”.

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