STSJ Galicia , 27 de Abril de 2004

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2004:2874
Número de Recurso1255/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

MARÍA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICA: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución Recurso núm. 1255/2004 MRA ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a veintisiete de abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1255/2004 interpuesto por Juan Pedro y ARROJO SA contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de A Coruña siendo Ponente el ILMO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Juan Pedro en reclamación de DESPIDO siendo demandado ARROJO SA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 691/03 sentencia con fecha treinta de octubre de dos mil tres por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- Que el demandante Don Juan Pedro vino prestando sus servicios para la demandada Arrojo SA con antigüedad de 2-6-97, con la categoría profesional de vendedor, percibiendo un salario mensual de 1.686,05 Euros mensuales con inclusión de prorrateo de pagas extraordinarias./ Segundo.- Que la empresa en fecha 3-7-03 había procedido a comunicar al actor su despido y en el acto de conciliación celebrado ante el SMAC el 16-7-03, la empresa manifiesta que: " procederá a efectuar un nuevo despido para subsanar defectos de forma. En cumplimiento de lo establecido en el art. 55.2 del ET , lo que implica que el despido se produzca en los términos que se establezca en la nueva carta"./ Tercero.- La empresa por medido de carta procede a notificar al actor la decisión empresarial de poner fin a la relación laboral, por despido, en fecha 17-7-03 en base a los hechos que se contienen en la carta referida que se da aquí por reproducida./ Cuarto.- El día 7 de febrero de 2003, D. Juan Pedro concierta con D. Rafael , la operación de compra de un Audi A 3 TDI 130 CV. Por importe de 24.396,24 euros para su abono, el cliente entrega un vehículo usado que se tasa en 2.554,30 euros. El importe de la compraventa, asciende a 21.841,94 euros.

Dicha cantidad, se paga a Arrojo de forma siguiente: - El cliente, hace dos pagos en efectivo por importe de 300 euros y 5.760 euros respectivamente, en fecha 12 de febrero de 2003. La cantidad restante, es decir, 15.781,93 euros, la financia el comprador, a través de la financiera de la Marca, VOLKSWAGEN FINANCE SA. AUDI ESPAÑA, dispone de su propia financiera que se llama WOLKSWAGEN SA y como concesionario de dicha Marca está conectada informáticamente con VW Finance./ Quinto.- El actor una vez contactada la operación de compra y solicitar la confirmación de la financiación de parte del importe del vehículo, y una vez en su poder la remitió por el conducto ordinario a la financiera, siendo ayudado por su compañero de trabajo Don Antonio , en la operación de tecleado de datos en el ordenador, y obteniendo una vez realizada la misma, la confirmación por vía telemática de la referida financiera. En el contrato de financiación, aparece como titular de la misma, D. Rafael y como avalista, su novia, Doña Erica . La operación, se firma el 10 de febrero de 2003, la financiera la aprueba y Arrojo recibe la confirmación a la operación, vía telemática el día 11 de febrero. En fecha 12-02-03, la entidad Volkswagen Finance SA realiza una transferencia bancaria por importe de 15.781,93 euros, que es abonado en la cuenta, de la que es titular JM. Arrojo Aldegunde SA en el banco Santander Central Hispano SA Sucursal n° 332 Perillo (Oleiros)./ Sexto.- A los pocos días de cerrarse la venta, pero antes de ser remitida la documentación a la gestoría para la correspondiente matriculación, el demandante a solicitud del cliente (que alega razones relativas a que el seguro del vehículo le saldrá más barato) modifica los datos de titularidad del vehículo poniendo como propietario del mismo al padre del cliente, Don Jose María , introduciendo la documentación correspondiente, en un sobre, para su remisión a la gestoría que es firmado antes de salir de la empresa, por el DIRECCION000 de ventas, DIRECCION000 de ventas, DIRECCION000 de Administración y por la DIRECCION001 de la misma. Que en el sobre de matriculación habitualmente van: los cobros, la ficha técnica la solicitud, tasación de coche usado y copia de la financiación, y la documentación relativa a la titularidad. Siendo este el cauce utilizado por la empresa de forma ordinaria, en los casos e compraventa de vehículos nuevos./ Séptimo.- El DIRECCION002 de la financiera en Galicia es D. Mariano , quien sobre a finales del mes de marzo recibe una llamada de un compañero suyo de Madrid para decirle que el titular del préstamo (Don Rafael) y el del vehículo matriculado (Don Jose María) no son el mismo. Por lo que hizo las averiguaciones oportunas (en la propia entidad financiera) para saber quien era el vendedor, que había llevado acabo tal operación; Una vez averiguado fue a hablar directamente con él, al centro e trabajo; Y al preguntarle por el motivo, el actor le dice que va a intentar solucionar el tema que lo hizo así para que el cliente le saliera mas barato el seguro: Y le dijo que hablaría con el cliente para cambiar el titular del contrato de financiación. El DIRECCION002 en ese momento no se lo comunicó nadie más. Al cabo de unos días le volvió a preguntar y el actor le dijo que sí, y que prepararan el contrato para el cambio, pero a partir de ese momento empezó a darle largas diciendo que no lograba ponerse en contacto con el cliente. A pesar de ello a mediados de abril le mandó el nuevo contrato de financiación. A mediados de junio habló con el vendedor y al no estar solucionado el tema lo puso en con conocimiento del DIRECCION000 de administración./ Octavo.- El demandante desde el mes de marzo y hasta el mes de junio, estuvo intentando arreglar el problema surgido, con el cliente, llegando a hablar en una ocasión con el padre (el que, por otra parte, parecía no saber nada de tema) y con la novia, quien le manifestó que se lo comunicaría al cliente.

No obtuvo respuesta firme. Y es a principios de mes de junio como consecuencia de la entrada del vehículo en taller, para reparar los daños ocasionados por un accidente, que el actor contacta con el cliente y le explica lo sucedido, negándose el cliente a solucionar el problema./ Noveno.- A mediados de junio del DIRECCION002 de la financiera puso en conocimiento del DIRECCION000 de Administración de la empresa demandada, lo ocurrido comunicándole que había un expediente que no estaba cuadrado, a la vista de ello habló con el DIRECCION000 de ventas, por lo que ambos pidieron explicaciones al demandante de lo sucedido, quien les dijo que era conocedor de esa situación pero no les dio ninguna explicación, salvo que intentaba que el seguro le saliera más barato al cliente por ser de familia numerosa. A lo que estos le dijeron, que si no sabía que eso no se podía hacer, pero el actor no contestó; el actor les manifestó que ya había hablado con Mariano de ese problema. Y le dieron el ultimátum de que en el fin de semana tenía que estar arreglado pero no se arregló./ Décimo.- Obran en autos en el rama de prueba de la parte actora dos impresos distintos de contrato de financiación n° NUM000 , uno a nombre de Don Jose María y otro a nombre de Don Carlos María . Asimismo obra certificación en autos expedida por la entidad VOLKSWAGEN FINANCE SA. En el que se hace constar lo siguiente: ".... Formalizándose ulteriormente con fecha 30-6-03, un nuevo contrato de préstamo de financiación sobre el mismo vehículo y bajo n°

01f163007716, en el que ya figura como prestatario la persona a cuyo nombre se encuentra matriculado el vehículo en tráfico.... El presente certificado se expide a petición de la mercantil José María Arrojo Aldegunde SA Sociedad Unipersonal promotor de la...

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