STSJ Aragón 656/2008, 15 de Septiembre de 2008

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2008:898
Número de Recurso637/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución656/2008
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00656/2008

Rollo número 637/2008

Sentencia número 656/2008

P

MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

En Zaragoza, a quince de septiembre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 637 de 2008 (autos núm. 55/2008), interpuesto por la parte demandada, ISOLUX CORSAN CONCESIONES, S.A., siendo demandante D. Julián y codemandados GIROA, S.A., y la ADMNIIASTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Ministerio de Defensa), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 18 de marzo de 2008, sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Julián contra ISOLUX CORSAN CONCESIONES, S.A., GIROA, S.A., y la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Ministerio de Defensa) sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 18 de marzo de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda formulada por D. Julián contra GIROA S.A., contra ISOLUX-CORSÁN CONCESIONES S.A. y contra el Ministerio de Defensa declaro la improcedencia del despido del actor efectuado con efectos de 1-1-08 condeno a la empresa demandada ISOLUX-CORSÁN CONCESIONES S.A. a la readmisión del actor en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que regían antes del despido, o a que le indemnice con 10.207,80 euros, y al abono, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido 1-1-08, hasta la fecha de notificación de la presente resolución a razón de 56,71 euros diarios.

La opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, sin esperar a la firmeza de ésta; entendiéndose que opta por la readmisión si no hiciese manifestación alguna.

Que absuelvo a los demandados Ministerio de Defensa y Giroa S.A. de las pretensiones contra ellos formuladas".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º: D. Julián presta, ha trabajado para la empresa demandada ISOLUX-CORSÁN CONCESIONES S.A., en virtud de subrogación, con la categoría de profesional de oficial 1ª y con una retribución de 50,88 euros diarios incluida prorrata de pagas extraordinarias, y en virtud de contrato indefinido. Con anterioridad el actor trabajaba para la empresa Talher S.A., con la que suscribió el 15-1-04 un contrato de duración indefinida, de trabajadores minusválidos, por el cual pasaba a prestar servicios como oficial 1ª jardinero.

  1. : En fecha 16-7-05 el Ministerio de Defensa y la empresa SERIMSA suscribieron contrato de servicio de mantenimiento integral de la infraestructura de la Academia General Militar. El precio del citado servicio fue de 845.054 euros. La duración del contrato era para los años 2005 y 2006 a razón de los siguientes importes: 2005, 362.166 euros y 2006, 482.888 euros.

    En la misma fecha ambas partes suscribieron contrato para el servicio de mantenimiento integral de la infraestructura del Acuartelamiento General Quintana por precio total de 201.596,41 euros. La duración del contrato era para los años 2005 y 2006 a razón de los siguientes importes: 2005, 86.398,46 euros y 2006, 115.197,95 euros.

    En fecha 6-10-05 ISOLUX-CORSAN CONCESIONES S.L. absorbió a la empresa Servicio Integral de mantenimiento SERIMSA S.A.

    Ambos contratos fueron modificados por novación subjetiva por subrogación de ISOLUX CORSAN CONCESIONES S.L. en ISOLUX CORSAN CONCESIONES S.A.

    Ambos contratos fueron prorrogados para la anualidad de 2007 por sus respectivos importes de 473.559,13 euros y 119.665,80 euros.

  2. : En fecha 11-12-07 la empresa ISOLUX CORSAN CONCESIONES S.A. comunicó al Ministerio de Defensa su intención de proceder a la finalización del servicio el próximo 31-12-07, por motivos estrictamente económicos. En Agosto de 2007 esta empresa ya indicó su intención al Ministerio de Defensa de no solicitar la prórroga para el año 2008.

  3. : En fecha 28-12-07 el Ministerio de Defensa y la empresa GIROA S.A. suscribieron contrato para el mantenimiento integral de la infraestructura del Acuartelamiento General Quintana de Zaragoza para los años 2008 y 2009 por importe total de 355.629,29 euros a razón de 177.814,64 euros por cada una de las dos anualidades.

    Giroa S.A. ha previsto una partida de 9.000 euros para subcontratar el servicio de jardinería de dicho Acuartelamiento.

  4. : En fecha 28-12-07 ISOLUX CORSAN CONCESIONES S.L. comunicó al actor que dejaba de prestar el servicio correspondiente al contrato de mantenimiento integral de la infraestructura de la Academia General Militar de Zaragoza manifestándole que conforme a lo previsto en el art. 43 del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería, de 3-7-06, había comunicado esta circunstancia a la AGM al objeto de que los trabajadores adscritos al servicio fueran subrogados por la nueva empresa o entidad pública que fuera a realizar el servicio a partir el del próximo día 1-1-08. Al actor se le comunicaba asimismo lo siguiente: "En su consecuencia, a partir del citado día, Ud. deberá ser subrogado por la Academia General Militar de Zaragoza hasta que adjudiquen el servicio a una nueva empresa.

    Si el citado servicio fuese adjudicado a una nueva empresa será necesario facilitarle la presente documentación por lo que, bien directamente Uds. Pueden hacérsela llegar o en su defecto, rogamos nos informen el nombre y razón social de la misma para facilitársela".

    Actualmente el servicio de jardinería de la AGM no es realizado por personal de tipo alguno y se encuentra pendiente la tramitación de una nueva contratación por parte del Ministerio de Defensa.

  5. : ISOLUX CORSAN CONCESIONES S.A. comunicó sólo a la Academia General Militar de Zaragoza el nombre de los trabadores y la documentación relativa a los trabajadores adscritos al servicio del contrato de mantenimiento integral de la infraestructura...

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