STSJ Comunidad de Madrid 2925, 21 de Marzo de 2006

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2006:2925
Número de Recurso2772/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2925
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0002772/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6 MADRID C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27 Tfno. : 91.319.92.31 N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001 40126 ROLLO Nº: RSU 2772-05 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: DESPIDO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 16 de , MADRID Autos de Origen: DEMANDA 814-04 RECURRENTE/S:DON Tomás RECURRIDO/S: MEDITERRANEAN SHIPPING CRUISES CRUCEROS SAU SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID, a veintiuno de marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY

la siguiente S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 2772-05 interpuesto por el Letrado DON JOSE ANTONIO PÉREZ FERNÁNDEZ, en nombre y representación de DON Tomás , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 16 de los de MADRID, de fecha VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CINCO , ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 814-04 del Juzgado de lo Social nº 16 de los de Madrid , se presentó demanda por DON Tomás contra MEDITERRANEAN SHIPPING CRUISES CRUCEROS SAU y COMPAÑÍA NAVIERA PANOCEAN S.A., en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CINCO , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando la excepción de incompetencia de jurisdicción planteada por "Mediterranean Shipping Cruises Cruceros S.A" en los presentes autos sobre Despido, seguidos ante este juzgado bajo el número 814/2004, a instancia del demandante, D. Tomás (N.I.E. NUM000 ), siendo su letrado D.Jose Antonio Pérez Fernández, contra "Compañía Naviera Panocean S.A.", de la que el actor desistió en la Vista y "Mediterranean Hipping Cruises Cruceros S.A." (C.I.F A-83438275), como demanda, estando representada y asistida por el Letrado D.Luis Ignacio Peinado Mataix, DEBO DECLARAR Y DECLARO incompetente esta jurisdicción para resolver el asunto, quedando por tanto imprejuzgada la acción, debiendo plantearse ante la vía civil, dada la naturaleza mercantil del vínculo del actor con la demandada. No se imponen las costas."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"Primero.- D. Tomás estuvo prestando servicios para la empresa "Costa Cruceros SL"

hasta el 30-9-2002 (grupo documental 3 del actor que aparece como 61 de los autos).

Segundo

En agosto de 2002 D. Tomás entró en conversaciones con D. Lorenzo , quien el 21-8-2002 le comunicó su intención de contratarle como Director General de la Sociedad del Grupo (que representaba el Sr Lorenzo ) a constituir y que se ocuparía de la promoción, comercialización y venta en exclusiva en España de los cruceros MSC, hasta el 31-12- 2005, con posibilidades de prorroga (grupo documental 3 del actor que aparece como 61 de los autos). Tercero.- E1 1-12-2002 se firmó contrato entre D. Jesus Miguel y el actor con el siguiente tenor literal: (ver documento 1 de la demanda). DE UNA PARTE. Don Jesus Miguel , mayor de edad, con domicilio en Madrid, 28043, CALLE000 no NUM001 , con pasaporte italiano no NUM002 , en nombre y representación de la Empresa MEDITERRANEAN SHIPPING CRUISES CRUCEROS S.A., como Consejero Delegado de dicha sociedad, cargo para el que fue elegido en la Constitución de la mercantil el 3 de diciembre de 2.002 ante la Notario de Madrid Doña Julia Sanz. López bajo el número 3.337 de orden de su protocolo: Se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 18.243, folio 53, sección 8, hoja --M-316047, inscripción la, y con CIF A 83438275. Y DE OTRA PARTE. DON Tomás , mayor de edad, de nacionalidad, italiana, vecino de Madrid, CALLE001 no NUM003 - - NUM004 NUM001 NUM005 y con Tarjeta de Residencia y Trabajo en España vigente no NUM000 . Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para la formalización del presente contrato de trabajo de Alta Dirección, de acuerdo con las siguientes, CLÁUSULAS PRIMERA.-OBJETO.- DON Tomás se compromete con la empresa antes relacionada a prestar sus servicios en la misma, ocupando el cargo en la sociedad española de Director General. En concreto será responsable de la gestión en todos sus elementos, tanto comerciales, como administrativos, contables, financieros, de control de personal, etc.-SEGUNDA.- DURACION.- La duración del presente contrato será desde el día de hoy hasta el 31 de diciembre de 2005 TERCERA.-RETRIBUCIONES.- La retribución se fija en 135.220,40.- euros. (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS DE EURO), brutos anuales, que se pagarán por la sociedad española a razón de 9.658,60.- euros. (NUEVE MiL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO), brutos mensuales. CUARTA.-RESOLUCION.- La sociedad contratante/ se compromete a respetar el periodo de duración del presente contrato, de tal forma, que si resolviese el mismo, antes de su vencimiento, quedará obligado a pagar la totalidad de las cantidades restantes, hasta el 31 de diciembre de 2.005, a razón de lo establecido en la cláusula TERCERA, en concepto de indemnización. Solo en caso de despido procedente, quedaría exonerada de pagar la indemnización establecida.

QUINTA

EXCLUSIVIDAD.- La jornada de trabajo se realizará en régimen de plena dedicación y exclusividad, por lo que DON Tomás no podrá celebrar contratos de trabajo con otras empresas durante la vigencia del presente contrato.

SEXTA

VACACIONES.- EL Sr. Tomás disfrutará anualmente de treinta días naturales de vacaciones.

SÉPTIMA

CENTRO DE TRABAJO.- E1 domicilio del centro de trabajo será la sede social de la sociedad española. CALLE000 , no NUM001 - NUM006 NUM007 , 28043 Madrid.

OCTAVA

DESPLAZAMIENTOS.- E1 Sr. Tomás se compromete a realizar todos los desplazamientos necesarios para el ejercicio de sus funciones.

NOVENA

DESISTIMIENTO.- En el caso de extinción del contrato por voluntad de Don Tomás , deberá preavisar a la empresa con un mínimo de tres meses; en caso de incumplimiento deberá indemnizar a la empresa con el importe de los salarios correspondientes al plazo incumplido.

DÉCIMA

LEGISLCION En todo la no previsto en este contrato se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/85 de 1 de agosto por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta Dirección.

UNDÉCIMA

GASTOS Además de-la-remuneración pactada, serán por cuenta de la sociedad, todos los gastos de representación, desplazamientos y dietas, que serán pagados al Sr. Tomás previa justificación. En prueba de conformidad con lo estipulado se firma el presente contrato en el lugar y fecha arriba indicados. Cuarto.- El día 3-12-2003 se constituye en escritura pública la mercantil "Mediterranean Shipping Cruises Cruceros SA", siendo socio único (Sociedad Anónima Unipersonal) la Sociedad "United Agencies Limited", actuando el aquí actor Sr Tomás como apoderado de la misma y como apoderado también de D. Jesus Miguel y D. Jaime , constituyéndose el Consejo de Administración por las tres personas físicas citadas, que quedan designadas en el acto como Consejeros delegados. La escritura de constitución es del siguiente tenor literal: (documento 15 a 55 del demandado que aparece como 71 de las actuaciones). En Madrid a tres de diciembre de dos mil dos. Ante mí, JULIA SANZ LOPEZ, Notario del Iltre Colegio de esta Capital, COMPARECEN DON Tomás , de nacionalidad italiana, nacido el día 26 de Junio de 1.939, casado, vecino de Madrid, con domicilio en (...) Provisto de Tarjeta de Residencia y Trabajo en España vigente, número NUM000 . DON Carlos Francisco , de nacionalidad española, nacido el día 14 de Octubre de 1.949, vecino de Madrid, con domicilio (...) Provisto de DNI...

INTERVIENEN Ambos en su propio nombre y derecho, haciéndolo además el primero, en nombre y representación de: 1.- La Sociedad UNITED AGENCIES LIMITED, Sociedad Privada, limitada por acciones y debidamente constituida y en existencia conforme a la legislación de la Isla de Man, bajo el número de Registro 87891 y cuya sede social está en Royalty House, Walpole Avenue, Doüglas, Isla de Man. -----Actúa en virtud de poder, vigente según manifiesta, para el que dicha sociedad le tiene conferido en escritura autorizada por el Notario Público de la Isla de Man (Islas Británicas) DON Benedicto , el día 18 de Noviembre de 2.002, debidamente legitimado con la Apostilla de la Haya, el día 20 de Noviembre de 2.002, que incorporoala presente escritura, para formar parte integrante de la misma. 2.- De don Jesus Miguel , nacido el día 9 de Abril de 1654, domiciliado en Genova (Italia) y con pasaporte de su nacionalidad NUM002 .----- Actúaen virtud de Poder,vigente según manifiesta, para el que, le tiene conferido en escritura autorizada por el Notario de Ginebra-Carouge (SUIZA), DON COSTIN VAN BERCHEM, el día 25 de Noviembre de 2.002, y debidamentelegitimado con la Apostilla de la Haya, en el Departamento de Justicia, Policía y Seguridad del Cantón de Genova (Suiza)el día 26 dé Noviembre de 2.002. Copia de dicho poder dejo unida a la presente.

  1. -Don Jaime , de nacionalidad británica, nacido el día 31 de Diciembre de1.951, domiciliado en Ginebra (...) y provisto de pasaporte de su nacionalidad número 500105739.

Actúaenvirtud de Poder, vigente según manifiesta, para el que dicha sociedad le tiene conferido en escritura autorizada por el Notario de...

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