STSJ Cantabria 1164/2008, 23 de Diciembre de 2008

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2008:1884
Número de Recurso1093/2008
Número de Resolución1164/2008
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01164/2008 Rec. Núm. 1.093/2008

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander a veintitrés de diciembre de dos mil ocho. En los recursos de suplicación interpuestos por Dª. Natalia y por el Instituto Nacional de Oceanografía, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cinco de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Natalia , sobre despido, siendo demandados el Instituto Español de Oceanografía y otros, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 21 de mayo de 2008 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Dª. Natalia viene prestando servicios en el mismo puesto de trabajo del Instituto Español deOceanografía -I.E.O.- como Recepcionista/telefonista, desde el día 22-4-97, teniendo reconocido en la actualidad una jornada semanal de 22,5 horas y un salario de 507,07 €. (No controvertido, diligencia para mejor proveer)

  2. - La relación laboral se ha llevado a cabo bajo las siguientes empresas y condiciones laborales: Duración Empresa Modalidad contractual

    22-4-97 A 3-6-97 STT S.L. Duración determinada

    7-7-97 A 21-7-97 STT S.L. Duración determinada

    30-7-97 A 30-7-97 STT S.L. De interinidad

    16-9-97 A 28-9-97 STT Consult. Obra o servicio deter.

    R.R.H.H. S.L.

    21-10-97 A 21-10-97 STT Consult. Obra o servicio deter.

    R.R.H.H. S.L.

    28-10-97 A 28-10-97 STT Consult. Duración determinada.

    R.R.H.H. S.L.

    3-11-97 A 17-11-97 STT Consult. Duración determinada.

    R.R.H.H. S.L.

    21-11-97 A 21-11-97 STT Consult. Duración determinada.

    R.R.H.H. S.L.

    23-12-97 A 30-12-97 STT Consult. Duración determinada.

    R.R.H.H. S.L.

    23-06-98 A 29-06-98 Difu. Telemark. Obra o servicio deter.

    Grup. S.L.

    14-7-98 A 22-07-98 Difu. Telemark. Duración determinada.

    Grup. S.L.

    22-09-98 A 18-10-98 Difu. Telermark. Obra o servicio deter.

    Grup. S.L.

    19-10-98 A 26-10-98 Difu. Telemark. Duración determinada.

    Grup. S.L.

    2-11-98 A 15-11-98 Difu. Telemark. Duración determinada.

    Grup. S.L.

    25-11-98 A 10-12-98 Difu. Telemark. Duración determinada.

    Grup. S.L.28-12-98 A 30-12-98 Difu. Telemark. Obra o servicio deter.

    Grup. S.L.

    15-1-99 A 15-01-99 META-10, S.L. De interinidad 18-3-99 A 18-03-99 META-10, S.L. De interinidad 23-3-99 A 30-06-99 META-10, S.L. De interinidad 1-7-99 A 08-10-99 META-10, S.L. De interinidad 11-10-99 A 05-11-99 META-10, S.L. De interinidad 12-11-99 A 07-12-99 META-10, S.L. De interinidad 27-12-99 A 30-12-97 META-10, S.L. De interinidad 12-1-00 A 12-01-00 META-10, S.L. De interinidad 14-1-00 A 14-01-00 META-10, S.L. De interinidad 3-2-00 A 03-02-00 META-10, S.L. De interinidad 16-2-00 A 16-02-00 META-10, S.L. De interinidad 03-03-00 A 03-03-00 META-10, S.L. De interinidad 31-3-00 A 31-03-00 META-10, S.L. De interinidad 13-4-00 A 13-04-00 META-10, S.L. De interinidad 19-06-00 A 29-06-00 META-10, S.L. De interinidad 10-7-00 A 24-07-00 META-10, S.L. De interinidad 14-08-00 A 14-08-00 META-10, S.L. De interinidad 16-08-00 A 31-08-00 META-10, S.L. De interinidad 4-9-00 A 14-09-00 META-10, S.L. De interinidad 18-9-00 A 02-10-00 META-10, S.L. Duración deter. 3-10-00 A 03-10-00 META-10, S.L. De interinidad 13-10-00 A 13-10-00 META-10, S.L. De interinidad 27-10-00 A 27-10-00 META-10, S.L. De interinidad 3-11-00 A 03-11-00 META-10, S.L. De interinidad 7-12-00 A 07-12-00 META-10, S.L. De interinidad 14-12-00 A 14-12-00 META-10, S.L. De interinidad 28-12-00 A 29-12-00 META-10, S.L. De interinidad 5-1-01 A 05-01-01 Decor y Pai. S.A De interinidad 29-3-01 A 19-04-01 Decor y Pai. S.A De interinidad30-4-01 A 30-04-01 Decor y Pai. S.A De interinidad

    25-5-01 A 25-05-01 Decor y Pai. S.A De interinidad

    1-6-01 A 01-06-01 Decor y Pai. S.A De interinidad

    6-6-01 A 11-06-01 Decor y Pai. S.A De interinidad

    16-7-01 A 16-07-01 Decor y Pai.S.A De interinidad

    26-12-01 A 28-12-01 Decor y Pai.S.A De interinidad

    13-12-01 A 30-12-01 Flexiplan S.A.ETT Duración deter.

    2-01-02 A 31-12-03 Atlas S.Empr. S.A. Obra o ser.det.

    02-01-04 A 16-01-04 Atlas S.Empr. S.A. Even.cir.produc.

    19-1-04 A 31-12-04 Cobra Ser.Aux. S.A. Obra o ser.det.

    23-05-07 A 23-05-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    20-05-07 A 30-05-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    14-6-07 A 14-06-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    29-06-07 A 29-06-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    9-07-07 A 09-07-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    16-7-07 A 16-07-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    27-7-07 A 30-07-07 Manpw. Team.ETT S.A Even.cir.produc.

    13-8-07 A 13-08-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    16-8-07 A 17-08-07 Ferrovial Serv.S.A. Even.cir.produc.

    26-7-07 A 31-08-07 P.I.Limp. S.A. Even.cir.produc.

    31-8-07 A 19-09-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    2-11-07 A 02-11-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    5-11-07 A 05-11-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    20-11-07 A 30-11-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    5-12-07 A 05-12-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    7-12-07 A 07-12-07 Ferrovial Serv. S.A. Even.cir.produc.

    3-12-07 A 03-12-07 Caballe A. M.Emilia Even.cir.produc.

    3-1-05 A 31-12-07 BAI PRO.CONG. S.A. Duración deter.

    (No controvertido)

  3. - La actora ha estado sometida durante este período, con 76 contratos y 11 empresas diferentes, a convenios colectivos tan dispares como el de la Siderometalúrgica de Cantabria, el de las E.T.T., el del Telemarketing, o como en el caso de BAI Promociones, S.A., al de Empresas Consultoras de Planificación, Organización de Empresas y Contable. (No controvertido)4º.- La variación empresarial deriva de los sucesivos concursos, a nivel nacional, que el I.E.O. ha ido convocando para cubrir el servicio de telefonistas-recepcionistas. (No controvertido)

  4. - Las tareas de la actora -en esencia- son las conocidas de atender la centralita telefónica, enviar y recibir los fax, dar información sobre las dependencias a los visitantes, la realización de fotocopias, el pedido de billetes y reserva de alojamientos, todo ello en función siempre de las órdenes del I.E.O. (No controvertido, confesión de la actora, testifical Sra. Ana , f.153 y ss.)

  5. - Los medios materiales -centralita telefónica, fax, fotocopiadora, mobiliario, etc.-, han sido siempre aportados por el I.E.O., quien a su vez corría con el pago por uso correspondiente.

    El I.E.O. ha venido aportando también el uniforme -una bata igual que el resto del personal del centro-, para la recepción.

  6. - La firma de la contratación se ha venido llevando a cabo vía fax y teléfono de tal forma que, como ocurre en el último y cuestionado contrato con la empresa BAI Promoción de Congresos S. A. -que no tiene estructura alguna en la Comunidad de Cantabria- , la actora no llega a conocer físicamente a persona alguna de la empresa que le contrata.

  7. - La actora no sólo ha estado durante este tiempo a las órdenes del personal del I.E.O., sino que el

    I.E.O. se ha reservado en el clausulado de la contrata, el derecho a sustituirle -a través de la contratista- .

    (F.155)

  8. - La situación de su compañera del turno de mañana Dª. Ana , fue declarada mediante sentencia

    del Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad de fecha 30-7-04 -confirmada por S.T.S.J. Cantabria de 9-3-05 -, como constitutiva de una cesión ilegal de los trabajadores, declarando a la empresa Cobra Servicios Auxiliares, S.A., como entidad cedente y al I.E.O. como entidad cesionaria. (No controvertido)

  9. - La actora, igual que otra compañera -Sra. Lourdes -, presentaron en fecha 10-12-07 denuncia ante la I.T.S.S., por cesión ilegal de los trabajadores. (F.150 y ss.)

  10. - La empresa BAI Promoción de Congresos, S.A., comunicó a la actora la siguiente carta de fecha 14-12-07, con efectos de 31-12-07:

    "El día 31 del presente mes BAI PROMOCION DE CONGRESOS dejará de prestar el servicio de telefonistas/recepcionistas para el Instituto Español de Oceanografía y Centros Oceanográficos, por lo que con dicha fecha finalizará la relación laboral que con nosotros mantiene.

    En prueba de recepción de este escrito le rogamos firme la copia del mismo".

  11. - El I.E.O. comunicó a la actora la siguiente carta fechada el 4-1-08: "Le informo que habiendo desaparecido la relación contractual entre este Centro Oceanográfico y su empresa BAI PROMOCIONES Y CONGRESOS, S.A., desde el día 31 de diciembre y hasta la nueva adjudicación del contrato de servicio a un nuevo adjudicatario, deberá dejar de prestar las funciones y su presencia en este Centro." (F.144)

  12. - En fecha 14-1-08 se publicó que la nueva adjudicataria del servicio volvía a ser Cobra Servicios Auxiliares, S.A., habiéndose iniciado la contrata en fecha 1-2-08 y todos los trabajadores anteriores, menos la actora y su compañera Doña. Lourdes . (No controvertido)

TERCERO

Contra dicha sentencia anunciaron recurso de suplicación la parte demandante y demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado de lo Social número Cinco de Santander estima parcialmente la demanda formulada, declarando la improcedencia del despido de la actora, acontecido el 31-12-2007, y condenando solidariamente a las demandadas Instituto Español de Oceanografía y a la empresa BAI Promoción de Congresos, S.A., a estar y pasar por tal declaración y a optar por la readmisión de la actora o por el abono de la indemnización establecida...

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