STSJ País Vasco 1545/2015, 8 de Septiembre de 2015

PonenteJUAN CARLOS ITURRI GARATE
ECLIES:TSJPV:2015:2873
Número de Recurso1334/2015
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1545/2015
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 1334/2015

N.I.G. P.V. 48.04.4-14/008689

N.I.G. CGPJ 48.020.44.4-2014/0008689

SENTENCIA Nº: 1545/2015

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 8 de septiembre de 2015.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Ilmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RÁBAGO VILLAR, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE y Dª ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por don Rafael contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de los de BILBAO, de fecha 27 de marzo de 2015, dictada en los autos 863/2014,, en proceso sobre MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO (RPC), y entablado por don Rafael frente a AGUA DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL S.L., COMERCIAL DE BEBIDAS S.L. y GRUPO VICHY CATALAN SL .

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO. El demandante Don Rafael, con DNI NUM000, viene prestando servicios por cuenta y a las órdenes de la empresa codemandada COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L., con una antigüedad desde el 14/03/90, categoría profesional de encargado almacén privado y salario bruto anual de 31.587,36 euros.

SEGUNDO

Según resulta de la memoria consolidada correspondiente al ejercicio 2013, del grupo VICHY CATALÁN, S.A., las codemandadas COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L., AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L. y GRUPO VICHY CATALÁN, S.L. se integran en el citado grupo empresarial, del que es sociedad dominante VICHY CATALÁN, S.A. que dirige la actividad y funcionamiento de las demás empresas del grupo.

TERCERO

COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L. tiene como actividad la compraventa y distribución de toda clase de bebidas y productos de alimentación, al por mayor y al por menor; AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L. tiene como actividad el embotellamiento de agua mineral; y GRUPO VICHY CATALÁN, S.L. tiene como actividad la comercialización al por mayor de bebidas.

CUARTO

COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L. pertenece a la matriz VICHY CATALÁN, S.A., (matriz del grupo) integración que se realiza indirectamente a través de AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L. (sociedad dominante directa) que ostenta el 100% de su capital social.

QUINTO

Se tienen por íntegra y expresamente reproducidas las cuentas anuales de COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L., aportadas junto a su escrito de 13/01/15, de las que resulta que, en relación a los ejercicios 2012 y 2013, el volumen de facturación ascendió a 984.719,02 euros y 823.509,72 euros, respectivamente; los gastos de personal fueron de 359.702,39 euros en 2012 y de 375.257,91 euros en 2013. Finalmente, el resultado de explotación en 2012 fue negativo de -111.568,36 euros; y en 2013 negativo de -142.727,07 euros.

Según cuenta de resultados provisional cerrada a Junio de 2014 y contenida en la Memoria del expediente de autos, la facturación en dicho momento fue de 407.849 euros (frente a 396.4113 euros del mismo periodo del ejercicio anterior); los gastos de personal ascendieron a 193.247 euros (frente a los 192.711 euros en 2013); y el resultado fue negativo de -97.174 euros (-64.887 euros en 2013).

SEXTO

Se tienen por íntegra y expresamente reproducidas las cuentas anuales de AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L. (documento nº 9 de su ramo de prueba), de las que resulta que, en relación a los ejercicios 2012 y 2013, el volumen de facturación ascendió a 13.536.301,72 euros y

13.197.487,52 euros, respectivamente; los gastos de personal fueron de 3.258.569,75 euros en 2012 y de

3.133.404,54 euros en 2013. Finalmente, el resultado de explotación en 2012 fue negativo de -156.020,61 euros; y en 2013 positivo de 112.159,08 euros.

SÉPTIMO

Se tienen por íntegra y expresamente reproducidas las cuentas consolidadas del grupo VICHY CATALÁN, S.A. (aportadas como documento nº 9 del ramo de prueba de AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L.) si bien, a los efectos de interés actual, de las mismas resulta que el resultado consolidado del grupo en 2013 fue negativo de -5.747.960,28 euros.

OCTAVO

El 27/07/12 AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L. acordó con su plantilla acuerdo de reducción progresiva de salarios (entre un mínimo de 5,4% y un máximo del 9,8%, en función del salario anual bruto), con efectos al 1/08/12, constando aportado como documento nº 2 de su ramo, que se tiene por expresamente reproducido.

Asimismo, la empresa ha adoptado medidas de suspensión colectiva de contratos de trabajo en los años 2013, 2014 y 2015, afectando a 68, 66 y 64 trabajadores, dándose por reproducida la documental incorporada en el bloque documental nº 3 de su ramo de prueba.

Finalmente, se tiene por reproducida el documento nº 5 de la empresa, consistente en resolución de 17/09/14 por la que el Gobierno Autónomo de Galicia acuerda iniciar expediente sancionador frente a AGUAS DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL, S.L.

NOVENO

COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L. celebró reunión el 27/08/14 con los trabajadores de la empresa instando que fuera nombrada comisión del artículo 41.4 ET con el fin de intervenir en expediente colectivo de modificación sustancial de las condiciones de trabajo al efecto de proceder a reducción salarial en un 10%, celebrándose nuevas reuniones los días 3/09/14 y 8/09/14, dándose por reproducidas las actas aportadas junto a la demanda y concluyendo sin acuerdo.

Durante el periodo de negociación fue entregada a la representación de los trabajadores Memoria de causas que se tiene por expresamente reproducida, al obrar anexa a la demanda.

DÉCIMO

COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L. entregó al actor comunicación fechada el 11/09/14 con el siguiente contenido:

"La dirección de esta Empresa, como medida de carácter colectivo, le comunica por medio del presene escrito, que las circunstancias actuales de la empresa y la necesidad de tomar medidas de contención del gasto, nos obligan a tomar la decisión de proceder a la reducción de su salario en un 10% con efectos del día 12 de septiembre de 20104.

Las razones y causas que nos han obligado a adoptar esta decisión tienen fundamento económico, debido a las Pérdidas que arroja la cuenta de resultados de la empresa, y que hacen temer por su viabilidad; todo ello a tenor de lo tratado en las reuniones mantenidas en este sentido durante el Periodo de Consultas, que finalizó sin acuerdo. Con todo ello, le rogamos firme el presente escrito de notificación a efectos de recibí y constancia, le saluda atentamente".

UNDÉCIMO

La reducción salarial de autos ha afectado además de al actor, a otros 4 trabajadores de la empresa.

DUODÉCIMO

COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L. extinguió 3 contratos de trabajo por causas objetivas con efectos al 30/08/14, dándose por reproducidas las comunicaciones empresariales fechadas en todos los casos el 14/08/14 y aportadas por COMERCIAL DE BEBIDAS, S.L., junto a su escrito de 13/01/15.

Asimismo consta otra extinción por fin de contrato con efectos al 31/07/14."

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por Rafael contra GRUPO VICHY CATALAN SL, COMERCIAL DE BEBIDAS S.L. y AGUA DE MONDARIZ FUENTE DEL VAL S.L., debo declarar y declaro justificada la modificación sustancial de condiciones de trabajo realizada por la empresa demandada con efectos al 12/09/14, reconociendo el derecho del trabajador a extinguir el contrato de trabajo, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de nueve mensualidades, concediéndole al efecto el plazo de quince días computados a partir de la firmeza de la presente resolución."

TERCERO

Don Rafael formalizó en tiempo y forma recurso de suplicación contra tal resolución, recurso que fue impugnado por Comercial de Bebidas S.L., Aguas de Mondariz Fuente del Val S.L. y Grupo Vichy Calalán S.L..

CUARTO

Recibidas las actuaciones en esta Sala el pasado mes de julio, se señaló para deliberación y fallo el día 8 de septiembre de 2015.

Lo que se ha efectuado, dictándose seguidamente esta sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Rafael formula recurso de suplicación contra la sentencia que desestima la demanda que en su día planteó impugnando la reducción salarial que la empresa Comercial de Bebidas, S.L. le comunicó el día 11 de septiembre de 2014, con efectividad del día natural siguiente y consistente en una rebaja de tal salario en un diez por ciento.

El Magistrado autor de la sentencia considera que no cabe atender la petición de nulidad ni de no ajuste a derecho de aquella modificación y desestima la demanda. Concluye que no hubo mala fe empresarial en la negociación del periodo de consultas seguido con los cinco trabajadores que quedaban en la empresa Comercial de Bebidas, S.L., también que no cabe reputar nula tal medida porque la empresa no aportase concreta documentación que los trabajadores pidieron en una reunión de las tres que hubo en tal periodo, pues tuvieron cumplido conocimiento de la situación económica deficitaria de tal sociedad con la memoria por ella presentada al inicio de tal proceso y así mismo, considera justificada y razonable la causa económica aducida en la carta de despido, valorando la situación económica de Comercial de Bebidas, S.L. y de Aguas de Mondariz...

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