Sentencias sobre Juicio sobre salarios de tramitación

478 sentencias sobre Sentencias sobre Juicio sobre salarios de tramitación

  • STSJ Cataluña 5874/2005, 6 de Julio de 2005

    EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. DESPIDO. De los salarios de tramitación no pueden deducirse los correspondientes a la falta de preaviso, en este caso 727,60 €". La pretensión no puede ser estimada y ello por cuanto la infracción del citado precepto legal se produciría sin duda de no producirse la citada compensación dado que en dicho supuesto la trabajadora estaría percibiendo por duplicado el

  • STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Julio de 2005

    DESPIDO IMPROCEDENTE. RECONOCIMIENTO. INDEMNIZACION. En definitiva, como quiera que el artículo 56.2 expresa cómo se tiene que determinar la indemnización, y este concepto se calculó acertadamente, no puede ahora el recurrente escudarse en un error de cálculo, subsanado enseguida por la empresa, para pretender no ya una superior indemnización, sino también unos salarios de tramitación que...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Junio de 2005

    DESPIDO IMPROCEDENTE. SALARIOS DE TRAMITACION. De modo que como ha señalado el Tribunal Supremo en reiteradas sentencias, entre ellas la de 30 de septiembre de 1.998 (rec.3358/1997), el art. 56.2 condiciona la limitación en el pago por el empresario al trabajador de los salarios de tramitación a la concurrencia de los tres requisitos siguientes: reconocimiento empresarial de la improcedencia del...

  • STSJ Cataluña , 16 de Julio de 2003

    SALARIOS DE TRAMITACIÓN. La interpretación literal del art. 57.2 del ET obliga a considerar que el concepto cuota de Seguridad Social comprende no sólo las cuotas en sentido estricto, sino también las cantidades, correspondientes a contingencias de accidentes de trabajo, desempleo y aportaciones al Fondo de garantía Salarial. Si la ley no distingue, no se debe establecer distinción alguna, más...

  • STSJ País Vasco , 18 de Noviembre de 2003

    DESPIDO. No olvidemos que ha sido la empresa quien ha resuelto el vínculo de trabajo, y pretende a través de sus insinuaciones transmitirle al trabajador una especie de abuso del derecho, mediante el ocultamiento de datos, y su conducta contraria a la readmisión. En la situación en que nos encontramos lo destacable es la falta de acreditamiento de la realidad no sólo de una actividad retribuída,...

  • STSJ Canarias 649/2002, 26 de Julio de 2002

    DESPIDO IMPROCEDENTE. INDEMNIZACION. Sin embargo, como se ha dicho, no puede determinarse una cuantía fija diaria o mensual en el momento del despido, puesto que existen variaciones importantes entre los distintos meses. En tales condiciones en las que no puede determinarse una cuantía diaria fija vigente en la fecha del despido, el criterio ha de ser el de tomar el promedio diario calculado...

  • STSJ Cataluña , 4 de Noviembre de 2003

    RECLAMACION SALARIAL. No puede sino considerarse obligada, de conformidad con los mismos preceptos legales citados, la declaración de condena realizada en la sentencia impugnada que extiende la obligación de pago de los salarios hasta el momento en que se declara extinguida la relación laboral. SE desestima el recurso de suplicacion.

  • STSJ Galicia , 22 de Septiembre de 2003

    RECLAMACION DE DESPIDO. Ha de acogerse en parte el recurso de suplicación articulado por la empresa Benjamín , pues, aun cuando de lo actuado se evidencia la concurrencia de una situación de despido improcedente en relación con el demandante, Luis , ha de matizarse que no procede la condena a salarios de trámite por las razones expuestas . Se estima el recurso de suplicacion.

  • STSJ Galicia , 18 de Julio de 2006

    DESPIDO IMPROCEDENTE. INDEMNIZACION. Por consiguiente, no ha resultado de aplicación al despido improcedente de autos la previsión del apartado 2 del art. 56 del ET, sino la general del apartado 1 del precepto, con los correspondientes salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la sentencia y demás efectos legalmente previstos. Resulta así obligado conceder la opción que...

  • STSJ Castilla y León 659/2006, 27 de Junio de 2006

    DESPIDO. Dada la naturaleza indemnizatoria de los salarios de tramitación, los mismos van encaminados a resarcir al trabajador de los perjuicios derivados de no haber percibido su salario habitual desde la fecha del despido hasta la readmisión, en su caso, y durante la sustanciación del procedimiento por despido. Ello no ocurre en supuestos como el presente en que el contrato de trabajo se...

  • STSJ Canarias , 20 de Enero de 2004

    DECLARACIÓN DE DESPIDO IMPROCEDENTE. RECLAMACIÓN DE SALARIOS DE TRAMITACIÓN. Tras la reforma acaecida con la Ley 45/2002, de 15 de diciembre, hecho el depósito en el plazo de 48 horas y puestos a disposición del trabajador, no conlleva salarios de tramitación. A través del escrito obrante al folio 40, la empresa presenta resguardo del ingreso en concepto de indemnización a disposición del...

  • STSJ Extremadura , 24 de Julio de 2003

    "DESPIDO. SALARIOS DE TRAMITACIÓN. CASOS DE PROCEDENCIA. READMISIÓN DEL TRABAJADOR. NORMATIVA APLICABLE. Se reclama contra la sentencia estimatoria de demanda sobre despido disciplinario. En la normativa vigente ahora otra vez proceden los citados salarios tanto en caso de readmisión como de indemnización. La disposición transitoria primera de la ley establece que ""las extinciones de contratos...

  • STSJ Cataluña , 18 de Junio de 2001

    DESPIDO DISCIPLINARIO. SALARIOS DE TRAMITACIÓN. Se inicia demanda sobre despido disciplinario. Que el concepto de salario de tramitación tiene una naturaleza contrapuesta a la de salario ordinario y un carácter indemnizatorio y supletorio ante la inexistencia de aquél, en el presente supuesto se da la curiosa circunstancia de que la trabajadora continuaba de alta y percibiendo el salario mensual...

  • STSJ Murcia , 17 de Septiembre de 2003

    REPRESENTANTES SINDICALES. UTILIZACIÓN DE CREDITO HORARIO. HORAS QUE ABARCA. FUNDAMENTO. Debe tenerse en cuenta que la utilización del crédito de horas con naturaleza de permisos retribuidos que deben tomarse en consideración, abarca sólo aquéllas horas coincidentes con las del trabajo, y si esta regla general queda suavizada en los casos en que se realiza el trabajo a turnos, cuando realiza las...

  • STSJ Castilla y León 1530, 27 de Marzo de 2006

    EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE DESPIDO. DENEGACIÓN PRÁCTICA. READMISIÓN. NUEVO DESPIDO. Al optar por la readmisión la empresa renuncia a la eficacia de la causa extintiva sobrevenida durante la tramitación y se constituye en la obligación de readmitir al trabajador y de abonar los íntegros salarios de tramitación. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la suplicación, estimándose la...

  • STSJ Galicia , 1 de Junio de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DESPIDO.VIOLACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES. CARGA DE LA PRUEBA. En los casos de ser alegada discriminación o vulneración de derechos fundamentales en la medida de despiido, se invierte la carga de la prueba en contra del empleador. Se estima el recurso.

  • STSJ Canarias 573/2006, 8 de Septiembre de 2006

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. RELACIÓN LABORAL. PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN. Lo que caracteriza la relación laboral del personal de alta dirección es la participación en la toma de decisiones, en actos fundamentales de cuestión de la actividad empresarial. Se estima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Noviembre de 2004

    Salarios de tramitación. Contrato de trabajo. Despido disciplinario. Indemnización por despido

  • STSJ Canarias 302/2006, 23 de Marzo de 2006

    SALARIO. CARACTERIZACIÓN. SALARIOS RECIBIDOS POR EL TRABAJADOR DESPEDIDO TRAS SU READMISIÓN. Siendo el salario la contraprestación a los servicios laborales prestados por cuenta ajena, que retribuyan el trabajo efectivo, es evidente que los salarios a los que tiene derecho el trabajador despedido tras su readmisión legal, no tienen tal naturaleza, pues constituyen una compensación por el periodo

  • STSJ Castilla-La Mancha , 25 de Febrero de 2005

    EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. DESPIDO. Puede tenerse como regular la relación laboral entre el recurrente y la ETT particularmente considerada pues en principio la actuación fraudulenta tan solo es predicable de la demandada (que fue la que utilizó el contrato de puesta a disposición para ocultar la ilicitud de la sucesión de contratos eventuales, sin que conste connivencia alguna con la ETT.

  • STSJ Navarra , 30 de Junio de 2004

    INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO Y SALARIOS DE TRAMITACIÓN. Frente a los argumentos vertidos en el recurso, que el Real Decreto Ley 5/2002, de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad dio nueva redacción a los artículos 56 y 57 del Estatuto de los Trabajadores , pero no modificó lo dispuesto en el artículo 279 de la Ley de Procedimiento Laboral

  • STSJ Comunidad Valenciana , 26 de Mayo de 2005

    DESPIDO. Se constata la existencia de una sola relación laboral pese a los sucesivos contratos de trabajo de carácter temporal suscritos entre las partes, al no existir solución de continuidad entre los referidos contratos, habiéndose prestado además los servicios siempre en el mismo centro de trabajo careciendo por lo demás de relevancia la ""baja voluntaria"" del demandante en fecha 31-12-93 ya

  • STSJ Comunidad Valenciana , 15 de Julio de 2005

    DESPIDO IMPROCEDENTE. Así, inalterado el relato de hechos probados que contiene la sentencia en el que se determina, al igual que el supuesto ya resuelto por esta misma Sala, que la demandante prestó servicios como educadora, indistintamente, en dos centros de trabajo gestionados por la entidad demandada, pese a que en la contratación temporal suscrita sólo se comprendía la prestación laboral...

  • STSJ Galicia , 15 de Diciembre de 2004

    DESPIDO. INCAPACIDAD TEMPORAL. PRESTACIONES. Corresponde a la entidad gestora de la Seguridad Social el abono de las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal, cuando ésta se ha producido durante el período en que el trabajador tiene derecho al percibo de salarios de tramitación por despido nulo o improcedente, solución que es asimismo aplicable, y con idéntica razón, a los...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Septiembre de 2004

    DESPIDO. INDEMNIZACION. DEDUCCIONES. RETENCION. La consecuencia inmediata de la aplicación de la anterior doctrina es evidente: una vez acreditado que la empresa ha efectuado las correspondientes retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta o ingresado en la SS el importe de la cuota obrera, nada debería decir el órgano jurisdiccional social sobre la procedencia de dichos descuentos, aplicada

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