Sentencias sobre Comité intercentros

19 sentencias sobre Sentencias sobre Comité intercentros

  • STS, 22 de Septiembre de 2014

    FALTA DE LEGITIMACIÓN DEL COMITÉ INTERCENTRO. NULIDAD DE ACUERDOS. La falta de legitimación para negociar del comité intercentro en cuestiones secundarias y que afectan a una minoría de los trabajadores no pueden provocar la nulidad de un acuerdo que afecta a la totalidad de la plantilla.

  • STS, 7 de Mayo de 2007

    TUTELA DE LA LIBERTAD SINDICAL. Se lesiona el derecho al sindicato por negar la presencia de dos afiliados a otro sindicato, pero que son miembros del Comité de Empresa, para formar parte, en su nombre, de la Comisión Negociadora y del Comité Intercentros. Que la sentencia no es contradictoria en sus términos se evidencia con su simple lectura, de la que no se aprecia una pretendida incoherencia...

  • STS, 22 de Mayo de 2006

    Secciones sindicales. Tierra. Demanda de conflicto colectivo. Competencias

  • STS, 3 de Octubre de 2001

    Elecciones sindicales. Demanda de conflicto colectivo. Afiliación del representante de los trabajadores. Proporcionalidad de los sindicatos

  • STS, 6 de Octubre de 2001

    IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO. INEXISTENCIA DE DISCRIMINACIÓN. Resulta evidente que el impugnado art. 9 del Convenio Colectivo de la empresa Schweppes no puede ser calificado como discriminatorio, pues se basa en criterios racionales y objetivos, coincidentes con los que toma en consideración el art. 6 de la Ley de Libertad Sindical. En primera instancia se desestima la demanda de USO...

  • STS, 3 de Mayo de 2001

    Contrato de trabajo. Seguros. Demanda de conflicto colectivo. Comisión de seguimiento del acuerdo

  • STS, 7 de Julio de 1999

    Cajas de ahorro. Sindicato independiente. Demanda de conflicto colectivo. Cambio de afiliación sindical en orden a la composición de comité intercentros

  • STS, 25 de Julio de 2000

    Trabajadores por incumplimiento del pacto. Mayoría del comité intercentros legitimación. Sindicato accionante. Demanda de impugnación de convenio colectivo

  • STS, 3 de Octubre de 2001

    Proceso de conflicto colectivo. Representación sindical. Elección de los miembros del comité intercentros. Sindicato

  • STS, 5 de Febrero de 2001

    DEMANDA SOBRE CONFLICTO COLECTIVO. No se puede ignorar el derecho de la CGT a nombrar un delegado sindical, pero de tal afirmación no cabe extraer la consecuencia de que dicho delegado está provisto de los derechos que se contemplan en el número 3 del artículo 10 de la LOLS, ya que las misma están previstas para los delegados a que se refiere el número 1 de dicho artículo, salvo que por...

  • STS, 27 de Diciembre de 2001

    CONFLICTO COLECTIVO - PLAZO DE PREAVISO DE LA UTILIZACIÓN DE LA BOLSA DE HORAS - FUERZA MAYOR - La empresa califica de fuerza mayor aquella huelga de transporte convocada a nivel del Estado español , pero en términos jurídicos dicha situación, dado el conocimiento previo de la misma, no puede calificarse como hecho constitutivo de fuerza mayor porque se trataba de un hecho conocido con...

  • SAN 55/2006, 7 de Junio de 2006

    Acumulación. La obligación empresarial establecida en el convenio de dar datos retributivos de los trabajadores no atenta al derecho de intimidad ni vulnera la ley 15/1999 de protección de datos.

  • STSJ Andalucía 952/2000, 16 de Marzo de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. Ni siquiera el convenio colectivo se aparta de la regla estatutaria, pues la precisión final del artículo 51 del convenio, remite también, como ya se ha dicho, a la observancia de una representación proporcional de los distintos centros de trabajo. Lo que arguye no sólo que los representantes de cada centro deben guardar correspondencia con la procedencia sindical de los

  • STSJ La Rioja , 23 de Septiembre de 2004

    "CONVENIO COLECTIVO. ORGANOS DE LA NEGOCIACION. De la citada norma convencional se desprende que la validez o nulidad de lo acordado en la referida reunión conjunta de 9 de enero de 2004 y la correcta constitución del comité intercentros, afecta o interesa legítimamente a los demandados recurrentes, delegados del Grupo Independientes, a quienes se denegó la personación como expresamente se...

  • STSJ Cataluña 2867/2006, 6 de Abril de 2006

    ACUERDO LABORAL. IMPUGNACION. Por otra parte, y como acertadamente refleja la sentencia impugnada, todo acuerdo de paz laboral comporta la renuncia temporal al ejercicio individual de algún derecho. En el presente caso el beneficio de tal acuerdo para el recurrente es claro, en cuanto se dejó sin efecto su despido objetivo y, por el contrario, se le mantuvo la relación laboral con ciertos cambios

  • STSJ Canarias , 17 de Noviembre de 2000

    SUBROGACIÓN EMPRESARIAL. REQUISITOS. VALIDEZ: La subrogación empresarial cumple todos los requisitos legalmente exigibles, pues, en primer lugar, la subrogación se ajusta al contenido del Pliego de Condiciones que fija las cláusulas de Explotación, en segundo lugar se ajusta al Estatuto de los Trabajadores que es el precepto específico que regula la sucesión de empresas y que sólo exige como...

  • STSJ Cataluña 7976/2000, 5 de Octubre de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. Lo planteado por los demandantes alcanza los presupuestos necesarios para originar un conflicto colectivo y al no haberlo entendido así la Juzgadora de instancia, al apreciar una inexistente inadecuación de procedimiento, procede declarar la nulidad de la resolución recurrida reponiendo las actuaciones al momento anterior a aquélla, devolviéndolas al Juzgado de...

  • STSJ Cataluña 9336, 13 de Octubre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. JUEZ AQUO. FACULTADES. PRUEBA. El juez a aquo tiene facultades para apreciar los elementos de convicción como concepto mas amplio que los medios de prueba, para llegar así a la verdad procesal. Se desestima el recurso.

  • STSJ País Vasco , 30 de Abril de 2001

    LIBERTAD SINDICAL. PROCEDIMIENTO. ANÁLISIS. La acción procesal en esta clase de procedimientos es similar a la acción interdictal pues se trataría de recuperar un derecho del que ha sido despojado, y una vez que se admite a trámite la demanda y en el acto del juicio es cuando se debe de constatar la concurrencia de indicios de que se ha producido la violación de libertad sindical, correspondiendo

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