Voces silenciadas de mujeres invisibilizadas: el derecho a tener derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de mujeres con discapacidad

AutorAgustina Palacios
Cargo del AutorProfesora y Vicedirectora del Instituto de Investigaciones Jurídicas Santiago Nino, Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Mar del PlataArgentina. Investigadora Adjunta del CONICET-Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina. Relatora Argentina de la Red Iberoamericana de personas expertas en la Convención...
Páginas149-172
VOCES SILENCIADAS DE MUJERES
INVISIBILIZADAS
...
: EL DERECHO
A TENER DERECHOS SEXUALES,
REPRODUCTIVOS Y NO REPRODUCTIVOS
DE MUJERES CON DISCAPACIDAD.
Agustina Palacios
DOI: 10.14679/1990
1. MUJER, DISCAPACIDAD E INTERSECCIONES
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
ha introducido diversos estándares del derecho internacional de los derechos humanos
en materia de derechos personalísimos, género y discapacidad, que vienen a potenciar
y reforzar los valores, principios y derechos consagrados en las normas internacionales.
Los estándares del derecho internacional de los derechos humanos pasan a ser in-
mensamente necesarios para abordar un tema como el “derecho a tener derechos”,
cuando esos derechos, son derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos. La
temática, asimismo, se torna más compleja cuando quiénes quieren gozar y ejercer di-
chos derechos son mujeres, y más complejo aun cuando dichas mujeres son mujeres
con discapacidad1.
La discriminación hacia las mujeres con discapacidad tiene un impacto especialmen-
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miento que impiden que las personas con discapacidad ejerzan plenamente sus derechos
sexuales, reproductivos y no reproductivos. Desconocimiento, prejuicios, mitos y este-
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1 S. MINIERI, Derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres con discapacidad. Aportes teó-
ricos para una agencia de incidencia inclusiva, Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI),
Buenos Aires, noviembre 2017.
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oportuna y de calidad. La creencia sobre la hipersexualidad o la falta de control sexual,
o por el contrario, la idea de que son asexuales y no sienten deseo sexual genera que ge-
neralmente las mujeres con discapacidad cognitiva y psicosocial sean concebidas como
sujetos pasivos frente a su sexualidad2. En particular, el colectivo enfrenta innumerables
barreras en el acceso a la información, bienes y servicios de anticoncepción que entre
otras cuestiones, les impiden poder tomar decisiones autónomas en la materia porque su
consentimiento está basado en información errónea o sesgada en virtud de estereotipos y
prejuicios3. Es sabido asimismo que las mujeres con discapacidad son sometidas a prác-
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informado y participado.
Mujer, discapacidad, autonomía, derechos… parecen ser conceptos que se suman, se
entrecruzan y requieren una mirada “desde y hacia” la persona, su dignidad, su identi-
dad, su esencia. Una mirada que requiere, sin duda, perspectiva de género -pero también
perspectiva de discapacidad-, así como enfoque de derechos humanos.
1.1. Sobre la perspectiva de discapacidad y el enfoque de derechos huma-
nos
La perspectiva de discapacidad puede concebirse como una herramienta concep-
tual y procedimental que entiende y pretende visibilizar que la situación de desigualdad
estructural en la que se encuentran inmersas las personas con discapacidad son la conse-
cuencia de barreras físicas, comunicacionales, actitudinales y hasta legales, que impiden
el ejercicio de los derechos en condiciones de igualdad. Sin duda es un instrumento ne-
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de discapacidad, y que asimismo promueve una igualdad inclusiva -y transformativa4.
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prácticas y valores que reproducen la desigualdad estructural. Pero para ello hace falta
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forme el modelo social de discapacidad).
La necesidad de incorporar perspectiva de discapacidad en todos los ámbitos de la
vida en sociedad abarca tanto cuestiones de contenido como aspectos formales y/o pro-
cedimentales.
En relación a los contenidos (aspectos materiales), requiere la mirada del modelo so-
cial, el abordaje de la discapacidad como cuestión de derechos humanos, la perspectiva
de interseccionalidad y el diseño universal. En relación a los procedimientos (aspectos
formales), implica garantizar condiciones de accesibilidad, adopción de ajustes razona-
2 Cfr. Informe sobre “Prevención y Abordaje de la Violencia Sexual en Personas con Discapacidad desde
un Enfoque de Determinantes Sociales”, Asociación Colombiana Pro bienestar de la Familia, Profamilia Gerencia
de Proyectos e Investigaciones, Colombia, diciembre de 2018, p.6.
3 S. MINIERI, Derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres con discapacidad, cit., p. 4.
4 De conformidad al nuevo modelo de igualdad que presenta la Observación General Nro. 6 del Comité
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, CRDP/C/G/C/6.

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