Saber derecho

AutorJulio Picatoste
Cargo del AutorMagistrado (jubilado) - Académico de número de la Real Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación
Páginas324-325
SABER DERECHO 101
En algún lugar he leído –no recuerdo la fuente– que quien solo sabe
Derecho ni Derecho sabe. Los años, el prolongado ejercicio de la función
judicial y, en ocasiones, el trato con algunos colegas de profesión me ha per-
suadido de esa verdad.
Limitado el conocimiento del jurista –o del que por tal se tiene– a solo
el Derecho, a sus contenidos, al cultivo rumiante de la dogmática jurídica,
magra y sin savia vivicadora, su visión del Derecho adolecerá de inevitable
miopía y su mirada perderá perspectiva, relieve, sensibilidad cromática.
El Derecho es un saber, una práctica o un arte –de las tres formas se ha
considerado– que no tiene sentido sino en la vida y para la vida y en esta
habitan multitud de saberes a los que el buen jurista no debe sustraerse; el
pretendido jurista hará mal si acota su mirada y ajusta su pupila a solo su de-
rredor, cercano e inmediato, de lo estrictamente jurídico. Lo dicho, quien así
obre no sabrá realmente Derecho. Saber de leyes no es, en rigor, saber Dere-
cho. Decía el historiador Lerminier que la esencia del Derecho se componía
fundamentalmente de dos elementos, losóco e histórico, razón por la que
quien aspirase a saber realmente Derecho debía estudiar losofía e historia.
A mi juicio, no le faltaba razón. El Derecho inevitablemente lleva en su ínti-
ma urdimbre adherencias de diversa índole: políticas, históricas, losócas,
antropológicas. Por ello, quien se autoconstriñe al conocimiento exclusivo
de lo jurídico, con total desentendimiento o desprecio por otras disciplinas,
como un coleóptero de dura costra exterior, impermeable y resistente a otras
fuentes del saber, no hace sino practicar una singular forma de idiocia inte-
lectual, en el sentido etimológico y originario del vocablo (del griego “idio-
tés”, el que se restringe a sí mismo) cuyo cultivo prolongado termina por
convertirle –aunque él no lo sepa– en un auténtico idiota en el sentido que
hoy damos al término. Y de estos hay bastantes.
Cuando jueces y abogados han de aplicar la norma, no la abordan ya con
un n especulativo que actúa sobre los componentes abstractos del precepto
(el arrendatario, el deudor, el que mata a otro) sino que han de enfrentarse a
101 Faro de Vigo, 2 de febrero de 2020.

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