Los límites a la neutralidad de la Constitución

AutorPaloma Biglino Campos
Páginas191-212
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PODER, CONSTITUCIÓN Y NEUTRALIDAD
CAPÍTULO 5
PALOMA BIGLINO CAMPOS
Catedrática de Derecho Constitucional
Universidad de Valladolid
Los límites a la neutralidad
de la Constitución
1. Introducción
No corren buenos tiempos para el Estado constitucional, tal y como nos
recuerdan a diario los titulares de los periódicos y los índices internacionales. A
veces, sufre el Estado de Derecho, lo que sucede cuando se pone en cuestión la
independencia judicial. Buena prueba de ello son las Sentencias del Tribunal de
Justicia de la Unión acerca de los retrocesos que el principio ha experimentado
en Polonia en los últimos tiempos y que constituyen un obstáculo para la propia
construcción europea1. En otras ocasiones, es la dimensión social de los sistemas
políticos contemporáneos la que experimenta graves quiebras, fenómeno que ha
sucedido como consecuencia del Covid-19 y que se está empeorando a resultas
1 Sirva, como ejemplo, la C-791/19, de 15 de julio de 2021, Comisión/República de Polonia.
SUMARIO
1. Introducción. 2. Grandezas y miserias de la neutralidad de la
Constitución. 3. Los límites materiales a la reforma. 3.1. La preten-
dida inef‌icacia de las cláusulas expresas de intangibilidad. 3.2. La
indef‌inición de los límites implícitos a la reforma de la Constitución.
4. Un posible criterio. Cláusulas de intangibilidad y constitución ra-
cional normativa. 5. Conclusión.
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Paloma Biglino Campos
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de la inf‌lación desatada tras la invasión de Ucrania. La democracia no corre me-
jor suerte, tal y como demuestran las reformas electorales que están af‌ianzando
a líderes populistas en muchas partes del mundo.
No es la primera vez que se producen este tipo de circunstancias. Es cier-
to que la historia no se repite, pero esto no impide recordar que, después de la
primera guerra mundial, el Estado constitucional también sufrió graves retrocesos
que culminaron con el establecimiento de los regímenes fascistas y comunistas.
acabaron en el advenimiento del fascismo. Hace poco tiempo Josu de Miguel
nos recordaba la época de Weimar. Entonces, algunos autores ya advertían de los
problemas que suscitaba una Constitución que se limitara a regular la alternancia
en el poder, porque dejaba abiertas las puertas a sus enemigos2.
La idea formal de Constitución no tiene, en la actualidad, tanto predica-
mento como tuvo hace algunos años. En el ámbito de la Ciencia Política y del
Derecho Constitucional se utiliza la expresión Constitución neutral para hacer
referencia a otra idea de Constitución que, aunque distinta a la anterior, presenta
algunos rasgos parecidos. Mi propósito, en estas páginas, es analizar esta con-
cepción, tal y como aparece enunciada en algunos textos de la Comisión de la Co-
misión de Venecia y por ciertos sectores doctrinales, con el objetivo de evaluarla.
Anticipo ya que el rasgo principal de la idea de Constitución que se ana-
liza en estas páginas es que no impone requisitos de carácter sustantivo. Esto,
como veremos, es una ventaja, porque permite que sectores ideológicos muy
distintos se identif‌iquen con ella. Ahora bien, es también un grave inconveniente,
ya que la apertura de la Constitución implica que no existen límites materiales a
la reforma, sino tan sólo restricciones sólo de carácter procedimental. La norma
fundamental puede quedar, así, indefensa ante sus posibles enemigos.
Desde los orígenes del constitucionalismo, hay ordenamientos que evitan
estos riesgos imponiendo cláusulas de intangibilidad. En otros sistemas jurídicos,
los Tribunales Constitucionales han optado por reconocer que, aunque los consti-
tuyentes no lo previeran expresamente, hay contenidos de la norma fundamental
que, por su propia naturaleza, no es posible modif‌icar. Esta realidad obliga a pla-
tearse críticamente la funcionalidad de la idea de Constitución neutral como eje
del Derecho Constitucional contemporáneo e induce a sostener que únicamente
la idea racional-normativa de Constitución, a pesar de su «policiticidad» (o preci-
2 DE MIGUEL BÁRCENAS, J. «Neutralidad y Derecho Constitucional», Teoría y Realidad Consti-
tucional, n.º 49, 2022, pp. 239-267.

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