STSJ Castilla-La Mancha , 16 de Octubre de 2003

PonenteJUAN MARTINEZ MOYA
ECLIES:TSJCLM:2003:3341
Número de Recurso1255/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 01857/2003 D. JOSE IGNACIO FERNANDEZ-LUNA JIMENEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la siguiente Resolución:

Recurso nº: 1.255/03 Ponente : Sr. Juan Martínez Moya Fallo : 7-10-03 Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sra. Dª Petra García Márquez Iltmo. Sr. D. Juan Martínez Moya

En Albacete, a dieciséis de Octubre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.857

En el Recurso de Suplicación nº. 1.255/03, interpuesto por la representación de D. Ismael , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Talavera de la Reina, en autos nº. 15/03, siendo recurridos TALAUTO VEHICULOS INDUSTRIALES S.A., TALAVERA AUTOMOCION S.A., TALINVERS S.A. Y TALAVERA USADOS S.L.. Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. Juan Martínez Moya.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el Juzgado de lo Social de Talavera de la Reina,, se dictó Sentencia con fecha 3 de Febrero de 2.003, cuya parte dispositiva establece:

"

FALLO

Que estimando la excepción de incompetencia de Jurisdicción por razón de la materia, y sin entrar a conocer del fondo del asunto, debo absolver y absuelvo a las demandadas en la instancia remitiendo a las partes a la Jurisdicción civil.

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

"Primero.- La mercantil Talavera Usados S.L., se constituyó mediante escritura pública de fecha 28- 6-01 por los socios D. Alfonso , D. Pablo , D. Abelardo y el actor D. Ismael , fijando el domicilio social en Ctra. Nacional V Km. 107 de Cazalegas (Toledo), cuyo objeto social era la compraventa de vehículos usados, con un capital social de 3300 euros dividido en 3300 participaciones, siendo suscritos 660 por Alfonso (20%), Pablo y Abelardo suscribieron cada uno 495 (15%) y 1650 fueron suscritas por el actor (50%). Se designaron a los cuatro socios como Administradores mancomunados para el ejercicio de las facultades de forma mancomunada por al menos 2 de ellos, uno de los cuales deberá ser el actor D. Ismael .

Posteriormente mediante escritura pública de fecha 17-7-01 se elevaron a públicos los acuerdos de la Junta General por los que la Administración de la Sociedad se encomendó a 3 Administradores mancomunados para que ejerzan de facultades de forma mancomunada por 2 de ellos, uno de los cuales debería ser necesariamente D. Ismael .

Segundo

Dentro del recinto inmobiliario en el que se encuentran los centros de trabajo d elas sociedades Talauto vehículos Industriales S.A, Talinvers S.A. y Talavera de Automoción, sito en Ctra.

Nacional V Km. 107,500 existe una caseta prefabricada con 2 dependencias que constituye el centro de trabajo de la mercantil Talavera Usados S.L.

Tercero

El actor prestó servicios para la Empresa Talinvers S.A. desde 3-9-97 a 2-12-97; igualmente prestó servicios para la empresa Talavera Automoción S.A. desde 3-12-97 a 19-5-98; y para la empresa Talauto Vehículos Industriales S.A. desde 20-5-98 hasta 24-3-00.

Cuarto

Desde el 1-7-01 el actor figura en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, cuyas cuotas son abonadas por la mercantil Talavera Usados S.L.

Quinto

La Sociedad Talavera de Automoción S.A., tiene como objeto social y actividad la promoción, desarrollo y ejecución de todo tipo de negocios y/o actividades relacionadas con productos del ramo de automoción, el transporte de Servicio público tanto de viajeros como mercancías.

La mercantil Talauto Vehículos Industriales S.A. tiene como actividad la reparación y venta de vehículos Industriales a motor nuevos y usados, recambio de los mismos y taller en todas sus modalidades.

Es concesionario oficial de Renault vehículos industriales.

La Sociedad Talinvers S.A., constituida con fecha 11-12-90 tiene como objeto social "La sociedad es patrimonial de gestión y administración de bienes muebles e inmuebles y además: taller mecánico y eléctrico, Asesoría Laboral y Fiscal, negocio de Cafetería, pub y sector alimentación.

Inversiones calores Mobiliario.

Las Sociedades tienen su domicilio social en Antigua Ctra. Nacional V Km. 107'500 de Cazalegas- Toledo y estando todas ellas integradas por los mismos socios vinculados por parentesco que son María Virtudes , Alfonso , Pablo , Abelardo , quienes además forman parte de Consejos de Administración con cargos de Consejero Delegados.

Sexto

La retribución percibida por el actor de la mercantil Talavera Usados S.L. ascendía a la cantidad bruta mensual de 1623,89 euros desglosado en 689,87 euros SB; 205,54 Salario Especie; 181,86 euros prorrateo pagas extras; 546,62 prorrateo incentivo 1 año, que se le abonaba mediante cheque contra c/c de Talavera Usados S.L. La mercantil Talavera Usados S.L. emitió certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF del perceptor Ismael .

El actor ha percibido mediante cheque de la mercantil Talavera Usados S.L. las siguientes cantidades:

Julio: 1342,17 euros; Agosto 02:1322,96 euros; Septiembre 02:1532,31 euros; Octubre 02:1532,64 euros.

Séptimo

En los recibos salariales del actor se reconocía al actor la categoría profesional de Apoderado y una antigüedad de 1-7-01.

Octavo

Con fecha 5-11-02 el actor recibió comunicación de la empresa Talavera Usados S.L. suscrita por Alfonso , Pablo y Abelardo , por la que se le notificaba que dejaría de prestar servicios para la empresa, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Por la presente le comunico que desde el día de hoy y como consecuencia de las enormes pérdidas económicas que tiene esta sociedad provocadas por su mala gestión, está sociedad dejará de tener actividad y por tanto, Vd. dejará de prestar servicios para la misma y de percibir el salario mensual tal como lo venía percibiendo hasta ahora.

Asimismo, desde ésta fecha le comunicó que su Seguridad Social como Trabajador Autónomo, tampoco será abonada por la Sociedad, por lo que deberá causar baja en la misma o hacer frente Vd. a su pago.

Esta decisión ha sido adoptada por todos los socios de la sociedad, excepto Ismael y tras haber comprobado importantes irregularidades en su gestión como trabajador de la misma, reservándonos el derecho a iniciar las acciones judiciales que procedan como consecuencia de la falta de importantes cantidades de dinero en la caja, que han provocado las considerables pérdidas que en estos momentos tiene esta Sociedad".

Noveno

Posteriormente, mediante borofax con fecha 25-11-02 la mercantil Talavera Usados S.L. remitió al actor carta ampliando la comunicación de 4 de Noviembre del tenor literal siguiente:

"Estimado Sr.: Por medio de la presente, pasamos a ampliar la comunicación de 4 de noviembre de 2002, en el sentido de que la ruptura con usted se debió a los siguientes hechos, como usted sabe:

  1. ) En la operación de Don Gabriel , de 12 de septiembre de 2002, recibió por la compra de un camión IVECO la cantidad de 16.943,48 euros, en lugar de 13.943,48 euros que usted ingreso en la empresa, faltando por entregar en la empresa 3.000,00 euros más.

  2. ) El pedido de Don Luis Francisco , de 24-9-02, tiene la firma del cliente falsificado, según reconoce el propio cliente, pedido hecho por usted.

  3. ) El pedido de Don Gerardo , de 3 de febrero de 2002, tiene la firma del cliente falsificada. Además, le cobró al cliente 24.912,29 euros, descontándole 2.564,96 más el IVA, por un camión usado, que usted vendió a Don Juan Luis directamente sin pasar por la empresa), sin que el importe del mismo entrase en la empresa. Camión usado que vendió el 30-04- 2.002.

    A ese mismo cliente le vendió un prolonga manual de la grúa por 720,00 euros, que tampoco ingresó en la empresa.

    También envió una comunicación a la I.T.V. en nombre de ese cliente, que también está falsificada.

  4. ) Don Jesús , el 29-10-2002, entregó 150,00 euros en efectivo a cuenta de un camión que no se llevó, cantidad que no entregó a la empresa.

  5. ) El pedido de Don Victor Manuel de 26/08/2002, según el propio cliente tiene la firma falsificada. La venta del 6945 BNJ por un importe de 48.080,97 euros, se lo entregó a usted en efectivo, no entregando 9136,97 en la empresa.

  6. ) Con fecha 27/7/02 vendió a Don Valentín el TO-0131-AC en 27.189.78 euros. Según manifestación del cliente a testigos, le entregó a usted la totalidad del mismo, ingresando usted en la empresa 23.703.91 euros faltando por ingresar en la misma 3.485,87 euros.

    El cliente manifiesta a estos testigos que la firma del segundo pedido no era suya.

    Por reseñarle los más próximos, ya que, en realidad haría falta una investigación sobre toda su situación, para conocer la extensión de su conducta.

    Lo que comunicó a todos los efectos pertinentes.

    FDO: Abelardo FDO: Pablo ".

Décimo

El actor era la única persona que llevaba a cabo la actividad propia del objeto social de la mercantil Talavera Usados S.L., no teniendo trabajadores en plantilla. La actividad realizada consistía en la compra-venta de vehículos industriales usados y la comercialización de vehículos usados propiedad de Talauto Vehículos Industriales.

Toda la actividad de Talavera Usados S.A. la llevaba a cabo el actor como Director-Gerente.

Undécimo

El actor no ostenta ni ha ostentado cargo de representación legal o sindical de los trabajadores.

Décimosegundo

En desarrollo de su actividad el actor realizó ventas de vehículos industriales de diversos clientes entre ellos a D. Gabriel vendió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SJS nº 5 28/2021, 21 de Enero de 2021, de Oviedo
    • España
    • 21 Enero 2021
    ...del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 15 de octubre de 1996 . En este mismo sentido se pronuncia la STSJ Castilla-La Mancha de 16 de octubre de 2003, cuando señala que el hecho de que medie una retribución no desnaturaliza el vínculo, y no se muestra como nota esencial y decis......
  • SJS nº 5 160/2021, 7 de Abril de 2021, de Oviedo
    • España
    • 7 Abril 2021
    ...del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 15 de octubre de 1996 . En este mismo sentido se pronuncia la STSJ Castilla-La Mancha de 16 de octubre de 2003, cuando señala que el hecho de que medie una retribución no desnaturaliza el vínculo, y no se muestra como nota esencial y decis......
  • SJS nº 1 163/2012, 16 de Abril de 2012, de Pamplona
    • España
    • 16 Abril 2012
    ...del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 15 de octubre de 1996 . En este mismo sentido se pronuncia la STSJ Castilla-La Mancha de 16 de octubre de 2003 , cuando señala que el hecho de que medie una retribución no desnaturaliza el vínculo, y no se muestra como nota esencial y deci......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR