ATSJ Comunidad Valenciana 105/2007, 13 de Septiembre de 2007

PonenteJOSE FLORS MATIES
ECLIES:TSJCV:2007:56A
Número de Recurso2548/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución105/2007
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

105/2007

Recurso nº 2548/2007 "QUEJA"

Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

Ilmo. Sr. D. José Flors Matíes

En Valencia, a trece de septiembre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado el siguiente, AUTO NUM. 105/2007

En En el recurso de queja interpuesto por D. Lucio, D. Octavio, D. Salvador, D. Víctor, Dª. Victoria, D. Carlos Jesús, D. Luis Manuel, D. Jesús María, D. Juan Manuel, D. Juan Pablo, D. Abelardo y D. Ángel, defendidos a por el Abogado D. Isidro Monteagudo López, contra el auto de fecha treinta y uno de mayo de dos mil siete dictado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Valencia en el incidente concursal tramitado en los autos de concurso número 10/2007, habiendo actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. José Flors Matíes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha diez de abril de dos mil siete el mencionado Juzgado dictó auto en el incidente de referencia resolviendo el expediente de regulación de empleo que se tramitó en el seno del concurso de acreedores de la empresa "Papeles Finos e Higiénicos, S.A."

SEGUNDO

D. Lucio, D. Octavio, D. Salvador, D. Víctor, Dª. Victoria, D. Carlos Jesús, D. Luis Manuel, D. Jesús María, D. Juan Manuel, D. Juan Pablo, D. Abelardo y D. Ángel, actuando en su propio nombre, anunciaron recurso de suplicación contra el auto anteriormente mencionado, dictándose por el Juzgado de lo Mercantil auto de fecha veinticuatro de abril de dos mil siete en el que se acordaba inadmitir a trámite dicho recurso con fundamento en la falta de legitimación de quienes pretendían actuar como recurrentes.

TERCERO

Contra este auto se interpuso recurso de reposición por los mencionados señores, siendo desestimado por otro auto del propio juzgado de fecha treinta y uno de mayo de dos mil siete, contra el que se ha formalizado por aquéllos el presente recurso de queja.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La cuestión jurídica que se plantea en el presente recurso, relativa a la interpretación del artículo 64 de la Ley Concursal y a la atribución de la legitimación que de ese precepto resulta para ser parte en el procedimiento sobre modificación sustancial de las condiciones de trabajo o sobre extinción o suspensión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR