STSJ Comunidad Valenciana 7580, 8 de Noviembre de 2005

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2005:7580
Número de Recurso2744/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7580
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Social

3 R.C.sent.nº 2.744/05 Recurso contra Sentencia núm. 2.744 de 2.005 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz Ilma. Sra. Dª Amparo Ballester Pastor En Valencia, a ocho de noviembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3.459 de 2.005 En el Recurso de Suplicación núm. 2744/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de febrero de 2.005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 990/04 , seguidos sobre DESPIDO, a instancia de D. Lucas , representado por el letrado D.Xavier Latorre, contra TROLL Y MUSTIO, S.L., representadopor el letrado D.Alejandro Rodríguez y el FONDO GARANTIA SALARIAL, y en los que es recurrente el codemandado Troll y Mustio, S.L., habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 9 de febrero de 2.005 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda debo declarar y declaro improcedente el despido de D. Lucas que le fue impuesto por la empresa demandada Troll y Mustio S.L., en fecha 4-10-2004, y declarrando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora en concepto de indemnización la cantidad de 942,24 euros (26,7 d/s) y en concepto de salarios de tramitación la cantidad de 3.634,87 euros".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que la parte demandante D. Lucas , con N.I.E. nº X-3883504-T, prestó sus servicios para la empresa demandada Troll y Mustio S.L. con antigüedad 1-7-2004, la categoría profesional de camarero, correspondiéndole un salario mensual prorrateado de 1.058,78 euros. La empresa demandada se dedica a la actividad de restaurante, con la denominación de Restaurante Papapilo, siendo aplicable a la relación laboral entre las partes el Convenio Colectivo de hostelería de la provincia de Valencia. El actor prestó dichos servicios para la empresa demandada en virtud de la suscripción de un contrato de trabajo temporal por obra o servicio determinado, a jornada completa, con extinción prevista para el 1-7-2005. SEGUNDO.- Que en fecha 4-10-2004 la empresa demandada procedió al despido verbal de la parte actora. La empresa demandada ha cesado en su actividad. El actor prestó servicios para otras empresas en el periodo 14-11-2004 a 12-12-2004 y del 3 al 9-1-2005. TERCERO.- Que el 25-10-2004 se celebró ante el SMAC el acto de conciliación con el resultado de intentado sin efecto".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte codemandada Troll y Mustio, S.L., el cual fue impugnado por la parte actora. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al...

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