La identificación de la voluntad del pueblo y su improbablidad

AutorFernando Atria
Páginas177-187
CAPÍTULO 9
LA IDENTIFICACIÓN DE LA VOLUNTAD
DEL PUEBLO Y SU IMPROBABILIDAD
1. LA LEY COMO VOLUNTAD DEL PUEBLO
Volvamos ahora al art. 1 del Código Civil:
La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la
forma prescrita por la constitución, manda, prohíbe o permite.
Una manera de continuar nuestro análisis es preguntarse por la relación
entre las dos propiedades que el art. 1 usa para caracterizar la ley: es a) una
declaración de la voluntad soberana, y b) manifestada en la forma prescrita
por la constitución.
La idea de que la ley es una declaración de voluntad del soberano, junto
a la tesis adicional de que la soberanía la detenta el pueblo, está en el centro
de la teoría democrática. Desde el punto de vista de esta tradición, el primer
elemento de la def‌inición del art. 1 entiende que es una declaración de vo-
luntad del pueblo. Nótese que el paso de una comprensión de la ley como
voluntad del soberano a una comprensión de ella como voluntad del pueblo
(es decir, la idea democrática de la soberanía popular) no es arbitrario: por
la misma razón que el derecho pre-moderno no podía entenderse como dar
a cada uno lo suyo de acuerdo a la voluntad del que decidía el caso, una vez
que el derecho es entendido como voluntad, esa voluntad no puede ser sino
la de todos.
Por eso la idea moderna de que la ley es voluntad y la idea democrática
de que es la voluntad del pueblo no son dos ideas independientes entre sí: la

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