STSJ Comunidad Valenciana 525/2008, 21 de Febrero de 2008

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2008:1348
Número de Recurso258/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución525/2008
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

525/2008

2

R. C.Sent nº 258/08

Recurso contra Sentencia núm. 258/08

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a veintiuno de febrero de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 525 de 2.008

En el Recurso de Suplicación núm. 258/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de abril de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Elche, en los autos núm. 177/07, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Dña. Remedios, contra el Servicio Valenciano de Empleo y Formación de la GV, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y en los que es recurrente la demandante y la demandada SERVEF, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 30 de abril de 2007 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando las excepciones de incompetencia territorial y caducidad de la acción y desestimando la pretension principal de la demanda formylada por doña Remedios contra SERVEF y, estimando la subsidiaria, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaracion y a que, a opción del trabajador, en el plazo de cinco dias desde la motificacion de la presente resolucion, lo readmita en su anterior puesto de trabajo o le abone una indemnizacion de 3211,76 weuros. Y, cualquiera que sea el sentido de la opción, deberá abonar los salarios dejados de percibir desde el dia siguiente al despido a la fecha de notificación de la sentencia, a razón del salario declarado probado (77,62 euros y meses regulares de treinta dias), con descuento de los salarios percibidos en sus empleos posteriores.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actota ha venido prestando servicios por cuenta y orden del organismo demandado, en el centro de trabajo de Elx, con la categoria de tecnico de seguimiento de itinerario de inserción, puesto de trabajo perteneciente al grupo A, nivel 20 y complemento específico E024, con un salario mensual de 2328,77 euros mes con inclusión del prorrateo de pagas extras y antigüedad de 1-2-06, mediante contrato para obra o servicio determinado consistente en acción piloto de seguimiento y control de los itinerarios individualizados de inserción laboral de los demandantes de empleo inscritos en los centros del SERVER de empleo, a fin de valorar el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos para dichos itinerarios y con una duracion de 1-2-06 al 31-12-06 y las siguientes funciones: revisar la planificacion realizada de las actividades de inserción incluidas en el itinerario de inserción junto con el demandante para construir objetivos profesionales alcanzables; realizar el seguimiento de los itinerarios de inserción realizados por los centros del Server y centros asociados; programar, poner en marcha y ejecutar planes de control a demandantes de baja disponibilidad cuando se considere necesario; proporcional al demandante información y asesoramiento personalizado útil para su inserción y evaluar resultados obtenidos por los demandantes en las acciones programadas. Con anterioridad, la demandante prestó servicios para el organismo demandado en virtud de los contratos temporales, modalidad para obra o servicio determinado, de idénticas características al último y de la siguiente duración: 1-2-04 al 31-12-04. 1-5-05 al 31-12- 05. La actora ostentaba la condicion de representante de los trabajadores. La actora presta servicios para otros organismos desde el 26-1-07 hasta el 27-2-07 y desde el 1-3-07 a la actualidad en el que percibe 1482,20 euros mensuales sin prorrateo de pagas extras. SEGUNDO.- Mediante resolucion de 6-7-04 se solicita por la Secretaria General del SERVER presupuesto y autorizacion para contratar cien tecnicos, bajo la modalidad por obra o servicio determinado de 4 meses (1 de septiembre a31 de diciembre) para el seguimiento de itinerarios de inserción (tutorias individualizadas), financiado en su totalidad por fondos del INEM con los fondos correspondientes a la Comunidad Autónoma Valenciana destinada a la modernización de los servicios de empleo, condicionando la contratación para los años 2005 y 2006 a la aportacion correspondiente del INEM para cada año. Se informa favorablemente el 12-7-04. Mediante resolucion de fecha 12-1-05 se solicita por la Secretaria General del servicio valenciano de empleo presupuesto y el 18-2-05 autorizacion para contratar cien tecnicos, bajo la modalidad por obra o servicio determinado para el seguimiento de itinerarios de inserción (tutorias individualizadas), financiado en su totalidad por fondos del INEM con los fondos correspondientes a la Comunidad Autónoma Valenciana destinada a la modernización de los servicios de empleo, previéndose una duración del 1 de abril al 31 de diciembre de 2005. Se informa favorablemente el 26-4-05. Mediante resolucion de fecha 16-1-05 se solicita por la Secretaria General del servicio valenciano de emple oautorización para contratar cien tecnicos, bajo la modalidad por obra o servicio determinado para el seguimiento de itinerarios de inserción (tutorias individualizadas), financiado en su totalidad por fondos del INEM con los fondos correspondientes a la Comunidad Autónoma Valenciana destinada a la modernización de los servicios de empleo, previéndose una duración del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2005. Se informa favorablemente el 16-1-06.(presupuesto) y el 7-2-06 (autorizacion). En consulta realizada al Servef sobre el origen de los fondos que permitían la contratacioin de técnicos de seguimiento de itinerario de inserción, el 19-1-07 se informa que se trata de fondos de modernizacion de los servicios públicos de empleo procedentes del INEM y que se dispone de ellos en el año 2007. En los presupuestos de la GV de los años 2003/07 aparece dentro del epígrafe detalle de ingresos afectos a programas en el Servicio Valenciano de Empleo y Formacion, programa insercion laboral, origen/destino, modernizacion de los servicios públicos de empleo, una cantidad, siendo de igual cuantía la presupuestada para los años 2006/2007. El seguimiento de los itinerarios de inserción es una actividad estructural y así lo reconoció el representante del SERVER en la reunión de condiciones de trabajo celebrada el 27-11-07 que aclaró que se seguiría prestando el servicio su personal. Con fecha 17-11-06, la actora interpuso reclamacion previa en reconocimiento de la naturaleza indefinida de la...

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