Creciente referencialidad del efecto disuasorio y prohibición de tutelas resarcitorias simbólicas: el ejemplo de la jurisprudencia civil

AutorCristóbal Molina Navarrete
Cargo del AutorCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Jaén
Páginas21-26
INDEMNIZACIONES DISUASORIAS, NUEVA GARANTÍA DE EFECTIVIDAD DE LA TUTELA ...
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3. Creciente referencialidad del efecto disuasorio y
prohibición de tutelas resarcitorias simbólicas: el
ejemplo de la jurisprudencia civil
3.1. El juicio preventivo-disuasorio en la experiencia
social: una primera reseña de alguna “buena práctica de
justicia resarcitoria” en el orden social
Pese a todo, el enfoque de la tutela preventivo-disuasoria” frente a
las vulneraciones más recurrentes de derechos fundamentales de las
personas trabajadoras, ya medie o no la cuestión de género –lo que no
debe ser infravalorado tampoco en el plano resarcitorio, como ahora
sucedería, tristemente– ganan espacio en nuestra experiencia juris-
diccional, ordinaria y constitucional, también en el plano de la justicia
resarcitorio-indemnizatoria. Ciertamente, ese nuevo –y complemen-
tario– enfoque ni debe ni puede agotarse en la dimensión cuantita-
tiva de la tutela judicial (indemnización). Dejamos ahora de lado la
doctrina constitucional clásica, relativa a las garantías de indemnidad
del trabajador en todos los planos (económicos, profesionales, etc.)
a fin de evitar cualquier “potencial efecto disuasorio del ejercicio de
sus derechos (ej. SSTC 100/2014 y 148/2015, respecto de la protec-
ción retributiva de liberados sindicales). O la más reciente relativa
al principio de evitación del «efecto desaliento» en el ejercicio de los
derechos fundamentales (ej. STC 12/2018, respecto del ejercicio del
poder sancionador en relación a un funcionario docente que ejerce
libertad de expresión en relación a su derecho de huelga). Aquí pre-
tendemos dejar constancia de recientes decisiones de doctrina judi-
cial que enjuician la decisión empresarial atendiendo a este enfoque
más realista.
Ese sería el caso, entre otras, de la STSJ Castilla-León/Valladolid, 9
de enero de 2019, rec. 2071/2018, que considera contrario a derechos
fundamentales un sistema de incentivos fijado por la empresa que,
aparentemente legítimo, por sus reglas y condiciones, tendrían un
“efecto disuasorio” del ejercicio de aquéllos. O la doctrina, jurispru-
dencial y judicial, que asume la necesidad de identificar medidas más

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