STSJ Murcia 373, 9 de Mayo de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:373
Número de Recurso351/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución373
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00532/2006 ROLLO Nº: RSU 0351/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a nueve de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Ángel , contra la sentencia número 487/05 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 12 de Diciembre de 2.005, dictada en proceso número 493/05 , sobre Contrato de Trabajo, y entablado por don Ángel frente a Grasas Romero y Cia. S.L, Visanfer S.A, Reale Seguros Generales S.A, Seguros Catalana Occidente S.A, Reaseguros.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

· PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados:

"PRIMERO.- El actor don Ángel , con DNI NUM000 , nacido el 3 de diciembre de 1.958, sufrió el 12-5-99 un accidente de trabajo, cuando prestaba servicios como Conductor, para la empresa demandada Grasas Romero y Cia, S.L., dedicada a la actividad de comercio al por Mayor de productos recuperables, al caer de un camión cisterna al suelo. Inició proceso de baja médica en esa misma fecha y dado de alta médica en fecha 3-7-99. En esa fecha la empresa Grasas Romero y CIA, S.L., tenía cubiertos los Riesgos profesionales con la Mutua Ibermutuamur. El actor cesó en esta empresa el 5-3-00. SEGUNDO.- El actor inició relación laboral con la empresa Visanfer, S.A., dedicada a la actividad de fabricación de objetos derivados del cemento en fecha 8-3-00, prestando sus servicios como conductor de camiones. Estando de alta en dicha empresa inició proceso de baja laboral en fecha 26-8-03 con diagnóstico de Necrosis aséptica de cabeza y cuello del fémur, permaneciendo en dicha situación hasta el día 16-11-03. Inicia nueva situación de baja médica el 17-11-03 con diagnóstico de Necrosis avascular de cuello y cabeza femoral, e iniciado proceso para determinación de contingencia de esta baja, recayó resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 25-3-04, declarando que la misma derivaba de accidente de trabajo.

Esta resolución fue conformada por sentencia del Juzgado Social Nº 5 de esta ciudad de fecha 27-1-05 . Concluido el proceso de baja es valorada la situación del actor por la entidad gestora y Por Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 28-5-04 se reconoció al actor en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, por secuelas derivadas del accidente de trabajo sufrido en mayo de 1.999. En la fecha de la baja médica la empresa Visanfer, S.A., tenía cubiertos los Riesgos profesionales también con la Mutua Ibermutuamur. TERCERO.- El Convenio Colectivo que se aplicaba a la relación laboral del actor y Grasas Romero, S.L. es el Convenio Colectivo de trabajo para Comercio en general aplicable en la Región de Murcia, que en concepto de mejora de prestaciones tanto en el vigente en la fecha del accidente, como en los posteriores prevé en su Artículo 24 indemnización...

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