Capítulo VII. El orden público en el reinado de Isabel II

AutorManuela Fernández Rodríguez
Páginas127-147
CAPÍTULO VII.
EL ORDEN PÚBLICO EN EL REINADO DE ISABEL II
1. LA CAÍDA DE OLÓZAGA Y LOS MOTINES PROGRESISTAS
Pese a que las crisis de los años precedentes llevaron a que, fenecido Fernando VII,
la libertad fuera sustituida en el ideario liberal por la aspiración a la paz, la estabilidad y
la consolidación de las instituciones378, el reinado de Isabel II no fue capaz de asegurar
un marco de convivencia política estable entre moderados y progresistas, lo que a su
vez tuvo consecuencias desde el punto de vista del orden público ya que fue un periodo
muy agitado en materia de conspiraciones e insurrecciones en un intento constante de
desbancar al adversario político. Ejemplo de ello, sin duda, es el episodio que inauguró
el reinado al frente de cuyo gobierno estaba Olózaga.
El 10 de noviembre de 1843 se proclamó en las Cortes la mayoría de edad de
Isabel II, convirtiéndose en reina de pleno derecho. El primer gobierno designado por
la  amante monarca lo encabezó un antiguo preceptor suyo, Salustiano Olózaga, de
ideología progresista, entre cuyas primeras acciones estuvo anunciar el rearme de la
Milicia Nacional.
Olózaga, tras haber sido designado Presidente del Consejo de Ministros, entregó a
la reina para su  rma el decreto de disolución de las Cortes, en las que en ese momento
ostentaban la mayoría los moderados. Tras conocerse este hecho, algunos destacados
moderados, como el presidente del Congreso, Pedro José Pidal, o el general Narváez,
hablaron con la reina y sacaron la conclusión de que esta había sido forzada a rubricar
el decreto de disolución. Como no podía ser de otra manera, el asunto se convirtió
en un escándalo de considerables dimensiones, puesto que de ser verdad se habría
forzado la voluntad de la monarca, aprovechando su juventud y la ascendencia que un
antiguo preceptor tendría sobre ella, como porque si no lo fuera no podría acusarse a
la reina de mentir.
Olózaga se defendió alegando que en la rúbrica regia no se percibía irregularidad
alguna en los trazos, cuestión que hubiera sido visible si la reina hubiera  rmado bajo
378 COMELLAS, J. L., Los moderados en el poder (1844-1854), Madrid, 1970, p. 5.
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temor o coacción, y que el coronel Dulce, presente en la despedida entre el preceptor y
la reina el día de la  rma, podía acreditar la cordialidad de la situación, imposible si se
hubiera presionado a la monarca. Sin embargo, dado que el presidente del Consejo no
podía demostrar su inocencia salvo que acusara de mentir a la reina fue  nalmente des-
tituido y sustituido temporalmente por Donoso Cortés, persona de la mayor con anza
de María Cristina de Borbón, a la espera del nombramiento de un titular de nitivo379,
que  nalmente fue un moderado, Luis González Bravo, dando un giro, así, al gobierno.
Estos sucesos situaron a la reina como objeto de disputa entre progresistas y mo-
derados, perjudicándole gravemente, al poner en entredicho su capacidad para reinar,
tras haberse forzado la declaración de mayoría de edad. En este contexto, su madre y
antigua Regente, María Cristina, aprovechando la vulnerabilidad en que se encontraba
Isabel, enfrentada a una suerte de oleada de pronunciamientos de carácter progresista
que azotaron en febrero el Levante peninsular380, forzó su propio regreso a España en
marzo de 1844.
El cambio de orientación del gobierno en circunstancias como las de la destitución
de Olózaga no tardó en producir motines de signo progresista en Alicante, Cartagena
y Málaga, que el nuevo presidente, González Bravo, reprimió duramente. Además,
los moderados no fueron tímidos a la hora de imponer su programa de gobierno, se
restableció la contestada Ley de Ayuntamientos de 1840, de inspiración moderada que
tantos vaivenes políticos y revueltas había abanderado, y se tomaron medidas orien-
tadas a restablecer el orden público que pasaron por limitar el ejercicio de la libertad
de imprenta381, suprimir la Milicia Nacional y crear un cuerpo de seguridad de nuevo
cuño, la Guardia Civil.
2. LA CONSTRUCCIÓN LEGAL DEL ORDEN PÚBLICO MODERADO
La nueva etapa moderada que comenzó de forma convulsa provocó, además de
cambios políticos, el desmantelamiento de la Milicia Nacional y la depuración del
Ejército y de la administración382.
379 Este intelectual de origen gaditano había sido la persona elegida por María Cristina y su marido para
representarles en la tutela de Isabel cuando aquella se vio obligada a renunciar a ella. GARRIDO MURO,
L., “Una derrota que parece un triunfo”: Donoso Cortés y la tutela de Isabel II”, Rúbrica contemporánea,
nº 5, 2016, p. 123.
380 FERNÁNDEZ SEGADO, F., “Las disposiciones de excepción en la Década Moderada”, en Rev ista
de Estudios Políticos, nº 205, 1976, p. 86.
381 Esto se llevó a cabo mediante la publicación de un Real de Decreto de 10 de abril de 1844, que
contenía una nueva ley de imprenta, restrictiva en comparación con la normativa vigente hasta aquel
momento, definiendo como escritos subversivos los siguientes casos: “1° Los impresos contrarios a la
religión católica (...) y los en que se haga mofa de sus dogmas o cultos; 2º. Los que se dirijan a destruir la ley
Fundamental del Estado. 3º. Los que ataquen la sagrada persona del Rey, su dignidad o sus prerrogativas
constitucionales. 4º. Los que ataquen la legitimidad de los cuerpos colegisladores (...) o propendan a
coartar la libertad de sus declaraciones” (FERNÁNDEZ SEGADO, “Las disposiciones de excepción en
la Década Moderada”, p. 87).
382 NEGRO, Un monstruo indestructible…, p. 174.

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