Capítulo VIII. La institucionalización definitiva del orden público: policía y Guardia Civil

AutorManuela Fernández Rodríguez
Páginas149-169
CAPITULO VIII.
LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEFINITIVA DEL ORDEN PÚBLICO:
POLICÍA Y GUARDIA CIVIL
1. LOS PRECEDENTES. CUERPOS POLICIALES EN EL SIGLO XVIII
La seguridad en el siglo XVIII recaía en gran medida en la propia administración
de justicia, a través de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte en Madrid y de los corre-
gidores en el resto del territorio nacional. También se apoyaba en gran medida en el
Ejército, que se ocupaba de la persecución de los delincuentes más peligrosos, como los
contrabandistas y bandoleros. Por último, se asentaba en cuerpos policiales de carácter
regional, dependientes de las capitanías generales, que se ocupaban principalmente
de la seguridad en los caminos, siendo un ejemplo de ello los Mozos de Escuadra. A
partir de 1766, con ocasión del motín de Esquilache se produjo una oleada de creación
de fuerzas de seguridad, otorgándoles como misión principal la represión de desór-
denes públicos. Este fue el caso de la Compañía Suelta de Castilla la Nueva, alojada en
Vallecas; de la Compañía de Guardabosques Reales, en Aravaca; de los Carabineros
Reales o los Escopeteros Voluntarios en Andalucía; de los Escopeteros de Getares, en el
estrecho de Gibraltar; de las Compañías de Infantería Fija de la Costa de Granada488; de
la Compañía de Fusileros o Miñones en Valencia; de la Compañía Suelta de Fusileros
de Aragón; o de los Miñones de Álava. También, consecuencia del motín madrileño fue
la aprobación de la que se considera la primera ley de orden público española, la Ley
de Asonadas de 1774 que regulaba las actuaciones en una situación de alboroto social.
En Madrid, dada su condición de Villa y Corte, existían los alcaldes de Corte y de
cuartel, quienes, además del mantenimiento del orden –para lo que contaban con la
ayuda de una partida de inválidos hábiles–, tenían plena jurisdicción en su respectivo
cuartel–. Además, existían unos alcaldes de barrio, cuya misión era prevenir el delito
488 Al respecto de los conflictos jurisdiccionales que estos cuerpos generaban puede verse MARTÍNEZ
RUIZ, E., PI CORRALES, M., “Los escopeteros voluntarios de Andalucía: fuero militar y jurisdicción
militar en conflicto”, Stud. his., Hª. mod., 25, 2003, p. 150.
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a través del control de la población, mediante registros, censos, vigilancia sobre los
movimientos, etc.489.
En 1782 hubo un intento de centralizar en una sola institución la seguridad en el
territorio de Madrid y su rastro, con la creación de la Superintendencia General de
Policía, mediante Real Decreto de 17 de marzo de 1782, órgano, puesto en marcha
por Floridablanca que, además de la persecución de la delincuencia se ocupaba de los
delitos de Estado, que tenía competencia para juzgar y sancionar, constituyendo un
tribunal especial al margen de la jurisdicción ordinaria, pues se desgajó del Consejo de
Castilla, y su dependencia orgánica se vinculó a la Secretaría de Estado. Sin embargo,
esta Superintendencia tuvo una vida muy efímera: el conde de Aranda la suprimió en
1792490.
2. LA CREACIÓN DE LA POLICÍA
El nacimiento de un cuerpo policial en España con implantación nacional no tiene
un origen claro, puesto que ha habido numerosos intentos in uidos por los vaivenes
políticos del momento, lo que ha conllevado una politización de estos cuerpos491. En
la génesis de los cuerpos policiales en España, las fuerzas militares han tenido un
lugar predominante, al ser militares los que en múltiples ocasiones se han ocupado del
mantenimiento del orden público, e incluso cuando se han llevado a cabo intentos de
establecer cuerpos policiales de naturaleza civil estos han estado fuertemente milita-
rizados. Esta característica ha llevado a que Diego López Garrido hable de un modelo
latino de seguridad pública, en el sentido de inexistencia de separación entre Ejército
y policía. Una manifestación extrema de ese fenómeno fue la frecuente utilización del
estado de excepción como instrumento para el restablecimiento del orden, de la mano
de las fuerzas militares492.
A principios de 1815 se encomendó a José Manuel Arjona, por entonces presidente
del Tribunal de Vagos de Madrid, un primer proyecto de policía que entregó a la Sala
de Alcaldes y Corte, pero que no llegó a ver la luz. Un segundo proyecto lo elaboró
el mismo Arjona en diciembre 1823, siendo Superintendente General de Vigilancia
489 NEGRO, N., Un monstruo indestructible. Policía y Orden público en el Estado español (siglos XIX-
XX). Madrid, 2018, p. 55. Las compañías de Inválidos hábiles fueron una invención de Felipe V para
aprovechar a los soldados que habían sido heridos o mutilados en Italia. Se les otorgó una ocupación
–mantener el orden público en las poblaciones como fuerzas auxiliares de los agentes de justicia– y un
sueldo. TURRADO VIDAL, Estudios sobre historia…, p. 196.
490 TURRADO VIDAL, M., Estudios sobre historia de la policía. Madrid, 1991, p. 278.
491 Un precedente lejano puede verse en la Santa Hermandad de Castilla, durante el reinado de
los Reyes Católicos. Sobre este cuerpo ver MARTÍNEZ PEÑAS, L., “Contenido jurídico de las Cortes
castellanas de Madrigal: La Hermandad General y otras cuestiones”, en Revista de Derecho de la
Universidad de Santa Marta en Arequipa, 2012. También los epígrafes correspondientes en FERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ, M., y MARTÍNEZ PEÑAS, L., La guerra y el nacimiento del Estado Moderno, Valladolid,
2014.
492 NEGRO, Un monstruo indestructible…, p. 55.

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