STSJ Galicia 2970/2008, 21 de Julio de 2008

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2008:3390
Número de Recurso2550/2008
Número de Resolución2970/2008
Fecha de Resolución21 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0002550/2008 interpuesto por la empresa CALVO CONSERVAS S.A., contra la

sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de A CORUÑA, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Agustín, Presidente del Comité de Empresa de Calvo Conservas S.A., en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO, siendo demandados la empresa CALVO CONSERVAS S.A., U.G.T., C.I.G., CC.OO. y C.U.T.. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000190/2007 sentencia con fecha veinte de Junio de dos mil siete por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "l.- Que

D. Agustín, con D.N.I. NUM000, Presidente del Comité de Empresa de la entidad mercantil Calvo Conservas S.A., legitimado legalmente, presentó demanda de conflicto colectivo contra la empresa Calvo Conservas S.A., siendo partes interesadas, Central Sindical UGT, CC.OO, CIG y CUT, por modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo, con relación a la jornada semanal y horario de trabajo para establecer un nuevo sistema de rotaciones.- 2.- Los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo son los pertenecientes al centro de trabajo de la empresa sito en Carballo, integrado por un número aproximado de 350 trabajadores.- 3.- La fábrica de Calvo Conservas de Carballo, es una fábricaque trabaja a dos turnos de mañana y tarde, de 06:00 horas a 14:30 horas el de mañana y de 14:30 horas a 23:00 horas el de tarde, de lunes a viernes, excepto las lonjas que trabajan en turno de mañana. La modificación del actual régimen de trabajo a dos turnos de mañana y tarde -de lunes a viernes- consiste en establecer el mismo régimen de dos turnos de mañana y tarde con igual número de trabajadores en mañana y tarde y rotativo semanalmente y cambio al turno de noche a 7 personas para hacerse cargo de la limpieza de fábrica.- 4.- En Acuerdo de reorganización productiva de 23-12-1999 la empresa y representantes de los trabajadores de ésta acordaron: Seguir la política iniciada en la Empresa de potenciación y consecuencia del principio de estabilidad en los puestos de trabajo contratando a la firma y rúbrica del presente acuerdo 25 trabajadores fijos discontinuos comprometiéndose la compañía en el mes de setiembre del año 2.000 a contratar otros 25 más. A este respecto, y al igual que en el acuerdo firmado en setiembre del 99 prima lo establecido en el Convenio Colectivo.- 5.- En 19-11-03 la empresa comunica al Comité de Empresa las acciones a acometer dentro de su estrategia de modernización y tecnificación del grupo empresarial, las cuales se dan aquí por reproducidas, en la cual estimó necesarios como mínimo los actuales trabajadores fijo y fijos discontinuos que había en plantilla y que había que reformar con el personal eventual que se necesitase en cada momento de acuerdo a los incrementos de producción y a las coberturas de faltas por absentismo del personal fijo.- 6.- El art. 28 del Convenio Colectivo establece 1 . La empresa establecerá, previa deliberación los representantes de los trabajadores, la jornada diaria y semanal en función de que la misma sea jornada partida o continuada.- 7.- El día 31 de enero de 2007, la empresa dio por finalizadas las deliberaciones previas con la representación de los trabajadores del centro de trabajo sobre las modificaciones de horario de trabajo y la jornada semanal para establecer un nuevo sistema de rotaciones.

8.- El día 5 de febrero, la empresa comunica a los trabajadores afectados los nuevos horarios a realizar, que entran en vigor en el mes de marzo, acompañando a las mismas las causas motivadoras A) Necesidad de equilibrar en número de personas los turnos de mañana y tarde en las instalaciones que en la actualidad ya trabajan en estos turnos (todas excepto Lonjas que sigue de mañana exclusivamente y diez personas que pasan a realizar labores de limpieza de fábrica y oficinas), pero con carácter rotativo semanalmente en ambos turnos, para paliar la situación actual en la que existe un exceso desproporcionado de personal en la mañana y por lo tanto falta de personal en la tarde (82% en el turno de mañana y un 18% en el de tarde), lo que hace inviable un funcionamiento de la fábrica, por causa de ineficiencias en las instalaciones, mayores costes y dificultades organizativas al no haber disponibilidad alguna por parte de los empleados a pasar al turno de tarde. Está claro que la empresa cuenta con el personal fijo preciso para cumplir sobradamente con todas las exigencias de producción, sin necesidad de otras medidas que la correcta reorganización, reubicación y ajuste de dicho personal a los turnos.".

TERCERO

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