STSJ Comunidad Valenciana 3253/2008, 14 de Octubre de 2008

PonenteMARIA REDEDIOS ROQUETA BUJ
ECLIES:TSJCV:2008:6500
Número de Recurso2807/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3253/2008
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

3253/2008

8

Recurso c/s nº 2807/08

Recurso contra Sentencia núm. 2807/08

Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil

Presidente

Ilma. Sra. Dª Mª Mercedes Boronat Tormo

Ilma. Sra. Dª. María Remedios Roqueta Buj

En Valencia, a catorce de octubre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3253/2008

En el Recurso de Suplicación núm. 2807/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia, en los autos núm. 812/07, seguidos sobre despido, a instancia del SINDICATO CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DEL PAÍS VALENCIA, actuando en nombre de Dª. Leticia, asistida por el Letrado D. Isidro Gil Esteve, contra ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA SAU, asistido por el Letrado Dª. María Gloria Ibarzabal Rodríguez y TELEFÓNICA DE ESPAÑA SAU, asistida por la Letrada Dª. Pilar Alcaide Capilla, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. María Remedios Roqueta Buj.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 4 de febrero de 2008, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Estimando en parte la demanda presentada por el Sindicato CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DEL PAIS VALENCIA (C.G.T.-P.V.) en nombre e interés de la trabajadora afiliada Leticia contra las empresas ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. y TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U., declaro improcedente el despido objeto del enjuiciamiento de fecha de efectos 31 de agosto de 2007 y condeno a la empresa demandada ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. a que, a su opción, que deberá realizar en el plazo de los CINCO días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o le abone la indemnización de 8.911,14 euros; y a que le abone, cualquiera que sea el sentido de la opción, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, en la cuantía diaria de 21,22 euros. Absolviendo a la demandada TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. de las pretensiones deducidas en su contra en la demanda.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1.- La trabajadora en cuyo nombre e interés se formula la demanda Leticia ha prestado servicios para la empresa demandada con la antigüedad reconocida en nómina de 2-03-1999, categoría profesional de gestor telefónico y salario de 636,51 euros mensuales, incluida la prorrata de pagas extras (salario medio del año 2007). 2.- En la citada fecha de 2 de marzo de 1999 las partes suscribieron contrato de trabajo para obra o servicio determinado a tiempo completo, cuyo objeto, según la cláusula 6ª del contrato, es la realización de la obra o servicio PARA ATENDER EL SERVICIO PARA CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA DE TELEFÓNICA GRAN PUBLICO VENTANILLA UNICA Y RECOGIDA DE DATOS CLIENTES QUE SE PRESTA EN LA PLATAFORMA DE VALENCIA. 3.- Con anterioridad a la suscripción del contrato que se menciona en el apartado anterior la citada trabajadora había celebrado con la misma empresa en fecha 22-04-1998 un contrato de trabajo a tiempo parcial eventual por circunstancias de la producción de duración prevista hasta 30-05-1998, que fue objeto de 9 prórrogas, la última de ellas hasta 29-01-1999, cuyo objeto es "acumulación de llamadas por inicio del servicio Línea de Atención Personal de Telefónica". 4.- La actora disfrutó de "excedencia especial sin sueldo" en los periodos siguientes: - 12 días entre 30/08/04 y 10/09/04 - 18 días entre 1/08/06 y 18/08/06. 5.- La actora ha permanecido en situación de excedencia por maternidad desde el día 22 de diciembre de 2003 hasta el 7 de enero de 2004. 6.- La actora no ostenta ni ha ostentado en el año anterior al despido la condición de representante legal o sindical de los trabajadores. 7.- Mediante escrito de fecha 4 de agosto dirigido al Comité, la empresa le convocó a una reunión a celebrar el día 6 de agosto siguiente, incluyendo orden del día en el que figura "Situación LAP". En la citada fecha se celebró la reunión convocada en la que la empresa comunicó la iniciación de periodo de consultas para la modificación sustancial de condiciones de trabajo de los trabajadores "indefinidos" del servicio LAP de Telefónica. 8.- En fecha 14 de agosto de 2007 la empresa demandada dirigió escrito a la Directora de Negocio de Telefónica España comunicando que, debido a la reorganización del servicio LAP en Telefónica España, a partir del día 31 de agosto de 2007 Atento España finalizará el servicio LAP en el centro de Valencia extinguiendo parcialmente el servicio y manteniendo la actividad en el resto de centros que no resultan afectados por esta resolución. 9.- En fecha 16 de agosto de 2007 la empresa comunicó por escrito al Comité de Empresa del centro de trabajo de Valencia que el día 31 de agosto siguiente finalizará a todos los efectos el servicio LAP en Valencia, adjuntándose al mencionado escrito anexo con relación de los 25 trabajadores con contrato de obra a los que afecta la finalización de servicios, en cuya relación está incluida la trabajadora demandante. 10.- En la misma fecha la empresa comunicó al Comité relación de trabajadores (13 en total) a los que ha reconocido su condición de indefinidos, al adolecer de defectos sus contratos temporales. 11.- Mediante escrito de la misma fecha de 16 de agosto de 2007, notificado a la actora el día 23-08-07, la empresa comunicó a la demandante la extinción de la relación contractual entre las partes con efectos de 31 de agosto siguiente, por haber finalizado, se dice, la obra LAP a la que se encontraba adscrita. 12.- La demandada ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. es una empresa perteneciente al sector de telemarketing que se constituyó en el año 1988, con la denominación social de Estrategias Telefónicas S.A., siendo su objeto social "el marketing o mercadotecnia y la comunicación en prestaciones de servicio para el asesoramiento en promoción, comercialización, estudios de mercado y relaciones públicas en todo tipo de líneas de servicio dirigidos a cualesquiera entidades, tanto públicas como privadas". En enero de 2002 la sociedad pasó a denominarse Atento Telecomunicaciones S.A. y en julio de 2002 pasó a denominarse Atento Teleservicios España S.A., ampliando su objeto social en los siguientes términos: "La prestación de toda clase de servicios de telemarketing, incluyendo televenta, líneas de atención, telecobranza y otros servicios de marketing y mercadotecnia, en especial aquellos que puedan ser articulados en centros de teleatención o en plataformas tecnológicas asistidas, ya sea para clientes propios o de terceros, a través de agentes de atención o de cualquier otro medio técnico actual o que pudiera desarrollarse en el futuro, sea propio o de terceros. El establecimiento, gestión y explotación de centros de prestación de servicios propios o de terceros a través de plataforma multicanal. La prestación de servicios de gerencia, consultoría y asesoría al cliente, referidos a todos los procesos de gestión relacionados con la gestión de centros de atención o centros de contacto para la atención al público. La gestión, creación, administración, actualización, Desarrollo, análisis y segmentación de base de datos propios o de terceros. La realización y comercialización de estudios de mercado, encuestas, tomas de datos y sondeos de opinión relativos a todo tipo de productos, servicios y situaciones". Telefónica S.A., accionista único de la mercantil, transmitió con efectos de30 de junio de 2000 la totalidad de las acciones que componen su capital social a favor de la compañía ATENTO HOLDING Inc. Atento pertenece al Grupo Telefónica y forma parte de un holding internacional (ATENTO HOLDING) con presencia en varios países de distintos continentes. En el ejercicio 2006 la sociedad Atento Teleservicios España S.A.U. obtuvo beneficios por 3,7 millones de euros, después de Impuestos ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. presta servicios de telemárketing para muchos clientes, de distintas actividades (entre ellas Administraciones Públicas, sanidad y emergencias sanitarias, industria y energía), además de para Telefónica de España S.A.U., y sus relaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR