Sentencias sobre Trabajo en el campo
64 sentencias sobre Sentencias sobre Trabajo en el campo
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STS, 16 de Marzo de 2005
... legalmente previstos, no rebasar las 40 horas de trabajo efectivo semanal, ni sobrepasar cada día 9 horas de trabajo efectivo, de manera que, sólo se consideran extraordinarias aquellas horas de trabajo efectivo que rebasen la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, cuantificada en 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima el recurso de casación.
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STS, 21 de Febrero de 2007
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE LA DOCTRINA. DIFERENCIAS CON LA SENTENCIA DE CONTRASTE. A los fines del recurso de casación para la unificación de doctrina, se deben contemplar ambas sentencias como fórmulas para abordar una posible doble escala salarial, y siendo que el recurso asume la defensa del interés de los trabajadores ingresados como fijos en determinadas fechas en tanto que...
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STS, 12 de Febrero de 2007
"DEMANDA DECLARATIVA DE DERECHOS Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. No puede encuadrarse la modalidad de desarrollo de la actividad laboral por parte del trabajador demandante de autos en el ámbito de ""personal temporero eventual"" al que se excluye de la aplicación del Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía. Se estima la demanda. Se desestima la apelación."
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STS, 20 de Abril de 2009
... se produjo la modificación de sus condiciones de trabajo, habida cuenta que la nueva situación se mantuvo sin cambios en la campaña siguiente -la referencia que se hace en la fundamentación jurídica de la sentencia relativa a que el actor fue repuesto en sus funciones hasta que se repitió la modificación en la campaña siguiente 2005-2006, quedó suprimida en el auto aclaratorio, de modo que tal situación de nuevas condiciones de trabajo fue...
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STS, 4 de Mayo de 2005
... de esa incapacidad hay una imposibilidad de trabajo y la correlativa pérdida de salarios, que es lo que define la situación protegida. La finalidad de la norma se desconoce si se permite que, a través de la prestación de incapacidad temporal, se otorguen rentas que no cumplen la función de sustituir la pérdida de las retribuciones, porque la incapacidad no ha supuesto la pérdida de ningún trabajo, al haberse producido durante un...
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STS, 30 de Abril de 2001
... su relación fue la propia de un contrato de trabajo temporal por obra o servicio determinado, puesto que la operatividad de la guardería dependía de las necesidades de cada temporada y de la asignación económica que pudiera conceder la Diputación Provincial para sostenerla, no acomodó su fallo a la doctrina unificada por esta Sala. Se estima el recurso de casación para unificación de doctrina.
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STS, 9 de Octubre de 2001
... laboral controvertida el Convenio Colectivo del Campo, y no el de Jardinería. En primera instancia se estima parcialmente la demanda y se condena a Sofía y Juan Luis a pagar solidariamente 109.822 ptas a Agustín. Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por Agustín, con revocación parcial de la resolución combatida, se condena a la patronal a que abone al actor la cantidad de 3.721 ptas. Se desestima el recurso de Casación
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STS, 12 de Junio de 2001
"DESPIDO. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, es decir, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales y, aunque no se exige una identidad absoluta, sí es preciso, que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa...
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STS, 25 de Enero de 2006
"DEVOLUCION DE CANTIDADES DINERARIAS (REGIMEN ESPECIAL AGRARIO). Sólo son susceptibles de recurso de casación para la unificación de doctrina las sentencias contra las que no quepa el recurso de casación ordinario, siempre que su cuantía exceda de tres millones de pesetas. En el caso que nos ocupa aunque en primera instancia la cuantía fue fijada en 10.498.636 pesetas, sin embargo, se impugna
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STS, 15 de Septiembre de 2004
DEUDA POR EL RGIMEN ESPECIAL AGRARIO. En el caso que nos ocupa el principal de la reclamacin de deuda que es objeto de impugnacin no rebasa la cifra de los tres millones de pesetas, y en consecuencia no concurre la necesaria circunstancia, apuntada con carcter ineludible en el artculo 99.2, que permita el acceso a este medio de impugnacin, y a mayor abundamiento, las cifras que han de...
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STS, 14 de Septiembre de 2004
CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RGIMEN AGRARIO. Tratndose de cuotas por dbitos a la Seguridad Social, las cifras que deben tomarse en consideracin, a los efectos que aqu interesan de verificar la admisibilidad del recurso de casacin para unificacin de la doctrina, son las cuotas mensuales, en atencin aque tales cuotas se autoliquidan e ingresan por el sujeto obligado mes por mes y no por...
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STS, 15 de Octubre de 2001
... laboral controvertida el Convenio Colectivo del Campo, y no el de Jardinería. En primera instancia se estima parcialmente la demanda de Alfonso contra Dolores y Paulino, y se condena a éstos a pagar solidariamente 185.720 pts. a Alfonso. Se desestima la suplicación de Alfonso. Se desestima la casación para la unificación de doctrina de Alfonso. Sin costas.
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STS, 15 de Febrero de 2007
DEMANDA DECLARATIVA DE DERECHOS Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. La fuerza vinculante del convenio colectivo, no supone que el convenio quede al margen del sistema de fuentes del Derecho, sino que, por el contrario, implica que aquél debe someterse a lo establecido en la Constitución y en las leyes. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.
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STS, 9 de Octubre de 2006
"CONVENIO. APLICACIÓN. Se alega infracción del artículo 37.1 de la Constitución al incluir en el convenio a los trabajadores temporales. El convenio, en su condición de norma del ordenamiento jurídico, debe respetar el principio de igualdad ante la ley; igualdad a la que, en principio, atenta una exclusión del ámbito del convenio de los trabajadores temporales. En primera instancia no prospera la
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STS, 13 de Septiembre de 2004
CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RGIMEN AGRARIO. Tratndose de cuotas por dbitos a la Seguridad Social, las cifras que deben tomarse en consideracin, a los efectos que aqu interesan de verificar la admisibilidad del recurso de casacin para unificacin de la doctrina, son las cuotas mensuales, en atencin aque tales cuotas se autoliquidan e ingresan por el sujeto obligado mes por mes y no por...
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STS, 17 de Diciembre de 2001
CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL. REGULACIÓN. CALIFICACIÓN. Se interpone demanda postulando se declarase la nulidad del art. 21 del Convenio Colectivo del Manipulado y Envasado de Tomate Fresco de la Región de Murcia, en la regulación que realiza de ciertos aspectos del contrato eventual. Siendo que es doctrina sentada que, para que un contrato sea verdaderamente temporal o de duración determinada, no basta,
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STS, 19 de Marzo de 2007
... la exclusión no se realiza por el carácter del trabajo, sino por la naturaleza del vÍnculo. En 1º Instancia se desestima la demanada. Se estima el recurso de Suplicación. Se desestima el recurso de Casación. "
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STS, 30 de Enero de 2007
... la exclusión no se realiza por el carácter del trabajo, sino por la naturaleza del vínculo. La parte afirma también que no hay trabajadores agrícolas fijos que presten servicio para la Junta. Pero ese dato no está acreditado. En primera instancia se desestimó la demanda y absolvió a la Consejería demandada. Se estimó el recurso de suplicación, y se declaró el derecho del actor a su inclusión el ámbito de aplicación del VI Convenio Colectivo...
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STS, 13 de Octubre de 2005
CONFLICTO COLECTIVO. No cabe impugnar uno de los presupuestos de validez sin extender dicha impugnación al acuerdo negociado pues al haber sido aprobado, registrado y publicado, la condición autónoma de que gozaría, en otro caso la cuestión sobre legitimación para intervenir, desaparece en éste, deviniendo también inadecuado el trámite procesal mediante el cual se ha dirimido la pretensión.
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STS, 27 de Enero de 2009
Reintegro de prestaciones de desempleo (art. 145 bis LPL): invocación por el SPEE de contratación temporal abusiva y fraudulenta: no procede reintegro cuando el trabajador, aunque hubiese sido contratado correctamente, habría percibido también la prestación de desempleo.- reitera doctrina de, entre otras, STS/IV 10-octubre-2007 (recurso 3782/2006), 26-diciembre-2007 (recurso 4831/2006), 14-enero-2
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STS, 14 de Septiembre de 2004
CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RGIMEN AGRARIO. Tratndose de cuotas por dbitos a la Seguridad Social, las cifras que deben tomarse en consideracin, a los efectos que aqu interesan de verificar la admisibilidad del recurso de casacin para unificacin de la doctrina, son las cuotas mensuales, en atencin aque tales cuotas se autoliquidan e ingresan por el sujeto obligado mes por mes y no por...
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STS, 11 de Octubre de 2006
CONVENIO COLECTIVO. INTERPRETACIÓN.El trabajador se encuentra en situación de relación laboral de personal fijo discontinuo.Escapa a la previsión normativa del artículo 3.e. del Convenio, por el que se reglamenta el personal laboral de la Junta de Andalucía. Este contrato laboral se rige por el artículo 15 que regula el contrato indefinido del personal fijo discontinuo .Se prevé dos...
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STS, 18 de Mayo de 2009
DESEMPLEO. El éxito de una demanda como la interpuesta está condicionado, no tanto a la demostración de las posibles irregularidades de los contratos, sino a que éstas generaron una indebida percepción de prestaciones de desempleo. De modo que si queda de manifiesto que las trabajadoras también habrían tenido derecho a desempleo si en lugar de suscribir el contrato concertado, supuestamente...
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STSJ Murcia 940/2008, 27 de Octubre de 2008
RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONGRUENCIA. SENTENCIA. Para evitar la incongruencia en la sentencia el debate debe darse sobre los hechos alegados por las partes en sus respectivos escritos de demanda y contestación de demanda. Se desestima el recurso.
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STSJ Cataluña 197/2008, 10 de Enero de 2008
CONFLICTO COLECTIVO. Inexistiendo declaración fáctica alguna que permita examinar la calificación jurídica es lógico que no pueda realizarse condena alguna al respecto, obsérvese que la parte que ha introducido la cuestión, la demandada, no ha realizado prueba alguna respecto a los hechos que permitan examinar tal calificación, o sea del origen de tales beneficios. Ello no obsta, para que una vez