Artículos doctrinales sobre Régimen económico matrimonial
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Resolución de 11 de diciembre de 1999
La totalidad de los titulares que integran la sociedad de gananciales disuelta y pendiente de liquidación (en este caso el viudo y los hijos herederos) pueden disponer de un bien integrante de la misma sin necesidad de formalizar su liquidación (se trata de la extensión a la sociedad de gananciales disuelta pero no liquidada de lo ya dispuesto por la D.G. para la comunidad hereditaria pendiente...
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Resolución de 8 de mayo de 2000 ( B.O.E. de 13 de junio de 2000)
La declaración de aportar ciertos bienes inmuebles privativos a la sociedad de gananciales hecha por ambos cónyuges en escritura pública es suficiente para lograr el efecto transmisivo pretendido.
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Resolución de 21 de diciembre de 1998 (B.O.E. De 23 de enero de 1999)
Reitera la doctrina de Resoluciones anteriores (10 de marzo y 14 de abril de 1989, 25 de septiembre de 1990, 7 y 26 de octubre de 1992 y 11 de junio de 1993, entre otras) que considera válido y lícito el negocio de aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales.
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Resolución de 27 de junio de 2003 (B.O.E. de 15 de agosto de 2003)
Inscrita una finca, adquirida por uno de los esposos —el sobreviviente— para su sociedad de gananciales, sin hacer constar el carácter del bien, ni tampoco si en la adquisición hizo el adquirente alguna aseveración sobre el carácter del precio, ni tampoco si adquiría para la sociedad de gananciales y sin perjuicio de que no puede inscribirse una confesión contraria a otra...
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Resolución de 4 de marzo de 2004 (B.O.E. de 14 de abril de 2004)
No cabe admitir que, en procedimiento de apremio administrativo seguido contra un cónyuge pueda acordarse con carácter cautelar el embargo de bienes de su consorte, pues, en el procedimiento de apremio no podrá declararse la responsabilidad de los bienes del consorte (al que se adjudican los gananciales al disolverse y liquidarse los mismos) por las deudas perseguidas, puesto que la...
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Resolución de 6 de marzo de 2004 (B.O.E. de 15 de abril de 2004)
No cabe admitir que, en procedimiento de apremio administrativo seguido contra un cónyuge pueda acordarse con carácter cautelar el embargo de bienes de su consorte, pues, en el procedimiento de apremio no podrá declararse la responsabilidad de los bienes del consorte (al que se adjudican los gananciales al disolverse y liquidarse los mismos) por las deudas perseguidas, puesto que la...
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Resolución de 23 de junio de 2000 (B.O.E. de 29 de julio de 2000)
1. No puede denegarse una anotación de embargo preventivo, acordada en procedimiento de apremio fiscal dirigido contra el titular registral, como responsable solidario de una deuda tributaria, so pretexto de que contra dicho titular registral no podía dirigirse el procedimiento por no ser deudor. 2. No cabe discutir en el caso concreto, dado que el defecto no ha sido alegado por el Registrador,
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Resolución de 30 de junio de 2003 (B.O.E. de 15 de agosto de 2003)
El embargo de bienes concretos de la sociedad de gananciales en liquidación (por haber muerto uno de los cónyuges), en congruencia con la unanimidad que preside la gestión y disposición de esa masa ganancial (cfr. arts. 397, 1058 y 1401 CC), requiere que las actuaciones procesales respectivas se sigan contra todos los titulares (art. 20 LH), no puede olvidarse que no corresponde a la cónyuges...
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Resolución de 2 de febrero de 2004 (B.O.E. de 20 de abril de 2004)
No cabe admitir que, en procedimiento de apremio administrativo seguido contra un cónyuge pueda acordarse con carácter cautelar el embargo de bienes de su consorte, pues, en el procedimiento de apremio no podrá declararse la responsabilidad de los bienes del consorte (al que se adjudican los gananciales al disolverse y liquidarse los mismos) por las deudas perseguidas, puesto que la...
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Resolución de 25 de marzo de 2004 (B.O.E. de 27 de abril de 2004)
No cabe admitir que, en procedimiento de apremio administrativo seguido contra un cónyuge pueda acordarse con carácter cautelar el embargo de bienes de su consorte, pues, en el procedimiento de apremio no podrá declararse la responsabilidad de los bienes del consorte (al que se adjudican los gananciales al disolverse y liquidarse los mismos) por las deudas perseguidas, puesto que la...
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Resolución de 14 de febrero de 2005 (B.O.E. de 6 de abril de 2005)
La DG exige, para inscribir una partición de herencia que afecta sólo a bienes privativos, la previa disolución y liquidación de la sociedad de gananciales, la cual debe hacerse con el consentimiento de la viuda o de sus herederos. Para destruir la presunción de ganancialidad es suficiente la sentencia en que se considere acreditado el carácter...
- Concepto de «negocio de atribución»
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Parejas no casadas, capítulos matrimoniales y normas de régimen económico matrimonial
I. Planteamiento del problema.-II. Las parejas no casadas y las normas del régimen económico matrimonial: ¿Aplicación analógica o convencional?: 1) La aplicación analógica de las normas del régimen económico matrimonial a las parejas no casadas. 2) Los pactos económicos entre conviventes no casados. Planteamiento general en la doctrina y jurisprudencia: A) Validez de los...
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Artículos 1.392 a 1.395
I. La disolución de la sociedad de gananciales (modificaciones operadas por la reforma).-II. Extinción de la sociedad de gananciales por ministerio de la ley: 1. Cuando se disuelva el matrimonio. 2. Cuando el matrimonio sea declarado nulo. 3. Cuando judicialmente se decrete la separación de los cónyuges. 4. Cuando los cónyuges convengan un régimen distinto.-III. Extinción de la sociedad de...
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Artículos 1.370 a 1.372
I. Las normas particulares de los artículos 1.370 a 1.372.-II. Responsabilidad particular del bien adquirido por precio aplazado por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro.-III. Las deudas moderadas de juego son carga de la sociedad de gananciales.-IV. La responsabilidad particular de las deudas de juego.-V. Los problemas que suscita la aplicación del artículo 995 del Código civil.
- Artículo 29: Donaciones especiales
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Las atribuciones preferentes en la liquidación de la sociedad de gananciales. (Régimen y naturaleza) Primera parte
I. Evolución histórica de las atribuciones preferentes: a. Introducción. B. Breve referencia a la evolución del derecho francés en materia de atribuciones preferentes: a) la reforma francesa de 1938: a') el marco económico y social, b') el contenido jurídico de estas normas, b) la ley francesa de 19 de diciembre de 1961: a') cuestiones que se suscitan, b') cuestiones de contenido, c) la...
- La liquidación de la sociedad de gananciales. Doctrina y jurisprudencia
- Aportación de finca a sociedad de gananciales. Resolución de la DGT de 24 de enero de 2003
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Resolución de 29 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
Para la inscripción de bienes adquiridos por personas casadas de nacionalidad extranjera, es suficiente indicar que adquieren «con sujeción al régimen matrimonial legal supletorio de su nacionalidad», sin que sea necesario indicar ni probar cuál sea éste.
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Artículos 1.387 a 1.389
I. Gestión de bienes comunes en circunstancias especiales.-II. Cónyuge menor de edad.-III. La transferencia de la gestión: supuestos y modos de transferencia: 1. Transferencia legal. 2. Transferencia judicial.-IV. Efectos y limitaciones de la transferencia.-V. Extinción de la transferencia de las facultades gestoras.
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Resolución de 11 de septiembre de 2000 (B.O.E. de 24 de octubre de 2000)
1. La dación en pago de una participación de un inmueble ganancial para pagar una deuda contraída por el marido no es, en relación a los derechos de la mujer, un acto de disposición a título lucrativo. La dación en sí es onerosa, sin perjuicio de que, si la deuda que se extingue no era ganancial sino privativa del marido, surja un crédito en favor de la sociedad de gananciales y a cargo del...
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Resolución de 22 de septiembre de 2005
La cuestión que se debate en el presente recurso, consiste en decidir si un convenio regulador de separación, aprobado por sentencia judicial, en el que se adjudica al marido, entre otros bienes, una mitad indivisa de una finca inscrita como ganancial, es inscribible en el Registro de la Propiedad, o por el contrario, como sostiene el Registrador, no puede acceder a él, por cuanto la otra mitad...
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Resolución de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. de 23 de octubre de 2000)
La acción de división de cosa común puede ser ejercitada por uno solo de los cónyuges titulares de una cuota perteneciente a la sociedad de gananciales.
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Resolución de 18 de noviembre de 1998 (b.o.e. De 22 de diciembre de 1998)
Cabe adjudicar en la liquidación de sociedad conyugal y partición de herencia bienes en cuantía y valor distinto al que en la división corresponda al adjudicatario, pero debe expresarse el completo negocio que lo motiva.