Concepto de «negocio de atribución»

AutorMontserrat Pereña Vicente
Páginas256-257

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A lo largo de la exposición que hemos realizado de las resoluciones de la DGRN y de las teorías de algunos autores, hemos destacado que, en ambos casos, se admite un negocio jurídico, con denominación diferente a la que nosotros adoptamos, en virtud del cual se produce el desplazamiento de un bien privativo al patrimonio ganancial.

Sin embargo, la DGRN, no nos ofrece un concepto del mismo (negocio de aportación o comunicación para la DGRN), y el concepto que algunos autores 74 nos brindan no podemos hacerlo nuestro porque las premisas de las que parten son diferentes a las que nosotros defendemos.

Por ello, vamos a perfilar el concepto de estos negocios de acuerdo con la configuración del mismo que hacemos en las páginas siguientes.

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El negocio de atribución es aquel negocio jurídico en virtud del cual los cónyuges acuerdan que un bien que hasta ese momento pertenecía a uno de ellos con carácter privativo, se transmita al patrimonio común, sin que se genere automáticamente un derecho de reembolso a favor del cónyuge a cuyo patrimonio pertenecía el bien. Se trata, por tanto, de un negocio que constituye título suficiente para provocar un desplazamiento patrimonial.

Este concepto lo tomamos como un punto de partida, pues sólo el análisis de los...

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