La Notaría - Boletín (desde 1995)
- Editorial:
- Col·legi de Notaris de Catalunya
- Fecha publicación:
- 2008-11-13
- ISBN:
- 0210-427X
Número de Revista
- Núm. 3/2020, Noviembre 2020
- Núm. 1-2/2020, Octubre 2020
- Núm. 2-3/2019, Diciembre 2019
- Núm. 1/2019, Noviembre 2019
- Núm. 3/2018, Abril 2019
- Núm. 2/2018, Mayo 2018
- Núm. 1/2018, Enero 2018
- Núm. 3/2017, Mayo 2017
- Núm. 1/2, Enero 2017
- Núm. 2/3, Mayo 2016
- Núm. 1/2016, Enero 2016
- Núm. 3/2015, Diciembre 2015
- Núm. 2/2015, Mayo 2015
- Núm. 1/2015, Enero 2015
- Núm. 3/2014, Septiembre 2014
- Núm. 2/2014, Julio 2014
- Núm. 1/2014, Enero 2014
- Núm. 3/2013, Diciembre 2013
- Núm. 2/2013, Junio 2013
- Núm. 1/2013, Enero 2013
Últimos documentos
- El notariado, casi en su cénit competencial
- Ley 8/2021 de 2 de junio. La problemática y ambigua remisión a la curatela en el poder preventivo
- Análisis de la Ley 6/2020 de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
Las nuevas tecnologías están al servicio de la sociedad, del ciudadano, del sistema jurídico y de la seguridad jurídica y nunca al revés. La función Notarial, puede y debe utilizar las mismas, respetando sus principios esenciales y siempre en favor y a disposición de la Sociedad, La confianza es un elemento esencial para el desarrollo y aplicación de estos nuevos instrumentos
- Testamento en caso de epidemia
- Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
- Toma de posesión de nuevos notarios en el Colegio
- José Alberto Marín, elegido decano del Colegio Notarial de Cataluña
- Respuestas a un notario novel
- Análisis de propuestas digitales de futuro para la función notarial
- Reintegración de la capacidad jurídica para ejercer el derecho a testar de las personas con discapacidad intelectual en el ordenamiento jurídico español, a la luz de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz (SAP Badajoz) de 14 de septiembre de 2020 constituye un importante reflejo del paradigma social de la discapacidad basada en el enfoque de derechos humanos ordenado por la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Siguiendo el espíritu del Tratado, integrado en nuestro ordenamiento jurídico tras su ratificación por el Estado español en el año 2007, la sentencia pone en evidencia la contradicción entre el todavía vigente artículo 665 de nuestro Código Civil (CC) y el artículo 12-5 CDPD, cuestionando incluso la validez actual del primero de los preceptos mencionados que permite la declaración de incapacidad para testar a futuro mediante resolución judicial y ello, aunque la persona que hubiere sido declarada judicialmente incapaz pudiese expresar su voluntad en el momento de hacer testamento. Haciendo una interpretación acorde con la CDPD, según lo ordenado por los artículos 10 y 96 CE, la juzgadora argumenta y concluye que la actora ha de ser reintegrada en su capacidad según lo solicitado y, por tanto, debe serle reconocido su derecho a otorgar testamento
Documentos destacados
- Poder general vs Poder concebido en términos generales. Dirección General de los Registros y del Notariado vs Tribunal Supremo
- La coexistencia de derechos civiles en España. Criterios de aplicación
- Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en recursos contra calificaciones mercantiles y de la propiedad
- A propósito de la jurisdicción voluntaria y la Llei 3/2017 (interrogatio in iure, acuerdos alcanzados tras el cese de la convivencia de uniones estables, y alguna cosa más?)
- Las adquisiciones onerosas con pacto de supervivencia
- Declaración de obra antigua: situación actual de los requisitos y obstáculos para su inscripción registral
- Configuración convencional internacional y constitucional del derecho a una vivienda digna y adecuada
- El contrato de cuentas en participación no es un contrato de sociedad
- Impuesto municipal de plusvalía y ausencia de incremento de valor de los terrenos transmitidos
- La representación georreferenciada: primeros meses de aplicación de la Ley 13/2015