Poder general vs Poder concebido en términos generales. Dirección General de los Registros y del Notariado vs Tribunal Supremo
Autor | Josep Mª Valls Xufré |
Páginas | 34-47 |
34 LA NOTARIA | | 2-3/2016
Doctrin
a
Poder general
vs
Poder concebido en términos generales
Dirección General de los Registros y del Notariado
vs
Tribunal Supremo(*)
Josep Maria Valls Xufré
Notario de Barcelona
I. PLANTEAMIENTO
La Sentencia del Tribunal Supremo de
6 de noviembre de 2013 (RJ 2013/7261)
ha hecho temblar los cimientos de una
institución, el poder general, que durante
siglos ha demostrado no solamente su efi-
cacia en el tráfico jurídico, sino también su
necesidad social, poniendo especialmente
a la profesión notarial y a los profesionales
del Derecho en general en un verdadero di-
lema, tanto respecto de nuestra actuación
futura como de los poderes otorgados con
anterioridad, máxime cuando en la propia
sentencia su Ponente, el Excmo. Sr. D. Xavier
O’CALLAGHAN MUÑOZ, concluye diciendo
literalmente: «[...] conforme a la doctrina juris-
prudencial que ahora se reitera, [...] el manda-
to representativo cuyo poder viene a refe-
rirse a un acto o actos de disposición solo
alcanza a un acto concreto, cuando este ha
sido especificado en el sujeto y el objeto, en
forma bien determinada» (FD 6.º).
La magistral Resolución de la Direc-
ción General de los Registros y del No-
SUMARIO
I. PLANTEAMIENTO
II. REPRESENTACIÓN, MANDATO Y
PODER
III. REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
DIRECTA E INDIRECTA
IV. MANDATO Y PODER
V. MANDATO GENERAL Y ES-
PECIAL. PODER CONCEBIDO
EN TÉRMINOS GENERALES Y
PODER GENERAL
VI. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL
SUPREMO DE 6 DE NOVIEMBRE
DE 2013 (RJ 2013/7261)
VII. LA RESOLUCIÓN DE LA DI-
RECCIÓN GENERAL DE LOS
REGISTROS Y DEL NOTARIADO
DE 25 DE OCTUBRE DE 2016
(BOE A-2016-10823)
(*) Artículo entregado en diciembre de 2016.
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