Artículos doctrinales sobre Fianza
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- Artículo 1.840
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Artículo 1.857
I. Breve observación sobre el régimen de las garantías reales en el Código civil y sobre las notas comunes y diferenciativas a la prenda y a la hipoteca.- II. La accesoriedad de la prenda y de la hipoteca.-III. Requisitos de constitución de la garantía real.-IV. La garantía real prestada por tercero.
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Artículo 1.861
I. Principio general. Susceptibilidad de aseguramiento de obligaciones no dinerarias.-II. Garantía real de obligaciones futuras y de obligaciones condicionales.-III. Breve referencia a las especialidades hipotecarias por razón de la obligación asegurada.
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Artículo 1.858
I. La facultad de instar la realización de valor de la cosa como manifestación del carácter real de prenda e hipoteca.-II. La preferencia del titular de la garantía como complemento de la realización de valor.-III. La enajenabilidad de la cosa grafada.
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Artículo 1.870
I. Fundamento y alcance general de la disposición.-II. La constitución de la cosa en depósito.-III. Consideración del precepto en el caso de haberse constituido la prenda mediante su entrega a un tercero.-IV. La prohibición del subpignus.
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Artículo 1.867
I. La obligación de custodia del acreedor pignoraticio o del tercero.-II. Su responsabilidad por incumplimiento de la misma.-III. El derecho de reembolso por los gastos de conservación.
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Artículo 1.860
I. Observación sobre la indivisibilidad de la garantía real y sus consecuencias.- II. Los apartados cuarto y quinto del precepto.-III. Algunas precisiones sobre la indivisibilidad en su relación específica con la prenda y con la hipoteca.
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Artículo 1.868
I. La compensación anticrética en el Derecho histórico y en los precedentes prelegislativos de nuestro C. c.-II. El alcance o ámbito de la compensación.
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Artículo 1.869
I. Los precedentes y la novedad del precepto.-II. La situación del pignorante.-III. Acciones que corresponden al acreedor pignoraticio.
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Artículo 1.873
I. Inaplicabilidad del régimen del C. c. a determinadas prendas.-II. Referencia a la normativa especial.
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Artículo 1.885
I. La anticresis compensatoria.-II. Consecuencias y alcance del pacto previsto en la norma.
- Artículo 1.881
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Artículo 1.884
I. Observación general sobre las declaraciones del precepto.-II. La facultad de realización de valor y su significado para fundamentar el derecho de preferencia del anticresista.-III. El procedimiento para instar la venta del inmueble.
- Artículo 1.882
- La Authentica «si qua mulier». Comentarios a una resolución
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Artículo 1.886
I. Significado de la aplicación a la anticresis de las normas a que remite el precepto.-II. Algunas consideraciones sobre la concreta aplicación de cada una de ellas.
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Artículo 1.883
I. Significación de las dos disposiciones contenidas en el artículo.-II. La readquisición del inmueble por el deudor.-III. Posesión anticrética y derecho de retención.-IV. La renuncia del acreedor a la posesión de la ñnca y sus consecuencias.
- Artículo 1.841
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Artículo 1.856
I. Ámbito de aplicación del precepto.-II. El subfiador judicial y la privación del beneficio de orden.
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Artículo 1.880
I. Significado de la norma.-II. Relación de aspectos de la hipoteca no aludidos en el C. c, contemplados por la Ley especial.
- Un estudio de Partsch sobre Koschaker
- Artículo 1.854
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Artículo 1.855
Artículo 1.855 Si el obligado a dar fianza en los casos del articulo anterior no la hallase, se le admitirá en su lugar una prenda o hipoteca que se le estime bastante para cubrir su obligación (a). -------------------------- (a) Coincide con el del Anteproyecto y con el artículo 1.769 del Proyecto de 1851
- a fianza en los Registros de la Propiedad. Una sugerencia y una posible modificación.