La solidaridad en el sostenimiento de los gastos públicos

AutorCarlos María López Espadafor
Cargo del AutorDoctor en Derecho por la Universidad de Bolonia
Páginas115-123
XII
LA SOLIDARIDAD EN EL
SOSTENIMIENTO DE LOS GASTOS
PÚBLICOS
El apartado 1 del artículo 31 de nuestra Constitución establece
que el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos
es un deber de “todos”, no señalando sólo a todos los españoles,
abarcando, así pues, también a los extranjeros. Este precepto habla
simplemente de todos y no menciona a todos los españoles, a dife-
rencia de otros preceptos de nuestra Constitución que sí lo hacen.
De esta forma, la solidaridad de todos en el mantenimiento de
los gastos públicos, no es algo que nazca de ser español, sino que
puede venir también de integrarse en la sociedad española o de
operar dentro de nuestra economía.
De este modo, como señalaba LOMBARDI, habría que dis-
tinguir entre una solidaridad política, una solidaridad social y una
solidaridad económica en relación al deber constitucional de con-
tribuir43. Esta división entendemos que resulta bastante útil para
concretar las diferentes manifestaciones de la idea de solidaridad
en relación al deber constitucional de contribuir.
43 Cfr. LOMBARDI, G.: «Solidarietà política, solidarietà económica e solidarietà
sociale nel quadro del dovere costituzionale di prestazione tributaria», en Temi
tributaria, 1964, págs. 597 y 606-607.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR