Redefinición del derecho financiero y tributario

AutorCarlos María López Espadafor
Cargo del AutorDoctor en Derecho por la Universidad de Bolonia
Páginas125-127
XIII
REDEFINICIÓN DEL DERECHO
FINANCIERO Y TRIBUTARIO
En un Estado social y democrático de Derecho como el nuestro,
el Derecho Financiero y Tributario se presenta como la articulación
jurídica de la redistribución de la riqueza, aportando más ingresos
los sujetos de mayor capacidad económica y recibiendo más gasto
público los sujetos de menor. Pero al ir fortaleciéndose la impo-
sición indirecta, restándose progresividad al Sistema tributario, la
funcionalidad del Derecho Financiero y Tributario en tal sentido
pasa a ser menor. Por ello es necesario un esfuerzo para dirigir los
estudios sobre los límites de la carga tributaria desde el ámbito de
la imposición directa, hacia una mayor atención en sede de impo-
sición indirecta.
Esto implica una redefinición activa y funcional del Derecho
Financiero y Tributario. Se trata de una concepción finalista de esta
rama del Derecho.
Tradicionalmente las definiciones del Derecho Financiero y
Tributario no suelen ir mucho más allá de entender esta rama del
Ordenamiento jurídico como la regulación de los ingresos y gastos
públicos.
Pero la construcción de una rama del Derecho debe realizarse
siempre buscando los objetivos de justicia que nos marca la pro-
pia Constitución y dentro, además, de los parámetros de derechos

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