Retirada de proposición en el procedimiento abierto

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ......, y dirección C/ ..................................... de .......... [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que conforme al artículo 158 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el plazo para la adjudicación en el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......) es de ...... días, y por tanto expiraba ......

Que al no haberse producido la adjudicación dentro del plazo, por medio del presente escrito se procede a retirar la proposición por esta parte presentada en fecha.....

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que en aplicación del artículo 158 de la Ley 9/2017, tenga por retirada la proposición en su día presentada, procediendo a la devolución de ..... (en su caso, garantía, documentación, etc...).

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]

Comentario

El artículo 158 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al regular la adjudicación en el procedimiento abierto establece en su apartado 4 que

“4. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición, y a la devolución de la garantía provisional, de existir esta”.

Los plazos legales están previstos en el propio artículo 158 LCSP 2017 y son los siguientes:

1. Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.

2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Si la proposición se contuviera en más de un sobre o archivo electrónico, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el...

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