SAP Madrid 224/2007, 10 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
ECLIES:APM:2007:5398
Número de Recurso478/2005
Número de Resolución224/2007
Fecha de Resolución10 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00224/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 478 /2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL

SANTIAGO GARCÍA FERNÁNDEZ

En MADRID, a diez de abril de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 94/2004, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 4 de ALCOBENDAS, a los que ha correspondido el Rollo 478/2005, en los que aparece como parte apelante Leonardo, representado por el procurador D. ANTONIO PALMA VILLALÓN, y como apelado AUTOMOCION QUALITAUTO, S.A. representado por el procurador D. IGNACIO AGUILAR FERNANDEZ, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente D. FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcobendas, en fecha 30 de julio de 2.004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda deducida a instancia de la mercantil "AUTOMOCION QUALITAUTO, SA" contra D. Leonardo y consecuencia condeno a este último a abonar a la primera la cantidad de 1.632,64 euros más los intereses devengados respecto de dicha cantidad desde la fecha de admisión a trámite de la demanda, así como al pago de las costas del procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia, objeto del recurso que se analiza, estimó la demanda interpuesta por Automoción Qualitauto S.A., contra D. Leonardo, en la que ejercitaba acción de condena del demandado a abonar la cantidad de 1632,60 euros.

SEGUNDO

Frente a esa sentencia se alza la representación del demandado interponiendo recurso de apelación en el que, tras interesar la nulidad de actuaciones, denuncia, en sendas alegaciones, la ausencia de prueba y el no enriquecimiento de su representado.

TERCERO

Respecto a la nulidad de las actuaciones, indicar que la parte apelante funda esa petición en la falta de competencia territorial del Juzgado de lª Instancia para conocer de la demanda interpuesta, al tener el domicilio el demandado en Madrid y no en Alcobendas, vulnerándose por ello, las reglas imperativas de los artículos 50 y 58 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que ese Juzgado debió apreciar de oficio esa falta de competencia.

No se discute que la calle donde se ubica el domicilio del demandado...

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