Presunciones en el derecho continental y en el common law. Un análisis comparado

AutorRaymundo Gama
Cargo del AutorInstituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM)
Páginas359-384
PRESUNCIONES EN EL DERECHO CONTINENTAL
Y EN EL COMMON LAW.
UN ANÁLISIS COMPARADO
Raymundo GAMA*
1. INTRODUCCIÓN
El análisis comparado de las presunciones en el derecho continental y en
el Common Law plantea una serie de dif‌icultades de las que habría que dar
cuenta, aunque sea brevemente, de manera preliminar. Por un lado, dicho
análisis se dif‌iculta porque se trata de un tema que está presente en el dis-
curso del legislador, en el discurso del juez y en el discurso de la dogmática
jurídica.
En el primer caso, el análisis estaría enfocado en las disposiciones jurídi-
cas que establecen presunciones. Desde esta perspectiva podría examinarse,
por ejemplo, la manera en que se regulan las presunciones en los ordena-
mientos del derecho continental y en los ordenamientos del Common Law,
la regulación de ciertas presunciones específ‌icas o algunos aspectos de ellas
(como el efecto de las presunciones en la carga de la prueba). En el segundo
caso, el análisis tendría como objeto las decisiones de los órganos jurisdic-
cionales en estas dos tradiciones jurídicas. Se trataría entonces de comparar,
por ejemplo, las diferencias o similitudes en el modo en que los tribunales
* Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).
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de determinados países han abordado o resuelto problemas involucrados con
el uso de presunciones. En el tercer caso, el análisis tendría como objeto el
trabajo de la dogmática jurídica, esto es, las elaboraciones doctrinales de los
juristas en las que sistematizan y reconstruyen los materiales del legislador o
del juez, o bien a los esfuerzos de la propia doctrina por delimitar y clarif‌icar
el concepto de presunción.
La dif‌icultad anterior se multiplica por el hecho de que las presunciones
están presentes en prácticamente todas las áreas del derecho. Encontramos
presunciones en el derecho civil, en el derecho penal, en el derecho laboral,
en el derecho tributario o f‌iscal, en el derecho administrativo y en otras tantas
distintas disciplinas y subdisciplinas jurídicas. Así, el análisis de las presun-
ciones en los tres niveles de discurso anteriormente apuntados podría estar
referido a cada una de estas materias. En este sentido, podría compararse la
regulación de las presunciones en el derecho civil, la inversión de la carga de
la prueba por parte de los órganos jurisdiccionales o el tratamiento doctrinal
de la presunción de inocencia.
En tercer lugar, el hecho de que se utilice la misma expresión en dos cul-
turas jurídicas no implica que se utilice en el mismo sentido. Por consiguiente,
habría que evitar incurrir en generalizaciones apresuradas. A lo anterior se
añade que el término «presunción» es una expresión ambigua que es utilizada
en varios sentidos por los distintos operadores jurídicos.
En cuarto lugar, como ha puesto de relieve recientemente Ronald ALLEN, el
funcionamiento de instituciones como las presunciones o la carga de la prueba
está fuertemente determinado por la estructura de los sistemas jurídicos de los
que forman parte (ALLEN, 2014). Si es así, el tema de las presunciones estaría
culturalmente determinado por la tradición jurídica a la que pertenece.
Las primeras tres dif‌icultades anteriormente apuntadas son pertinentes
para clarif‌icar y delimitar el presente estudio. En este sentido, de los tres dis-
cursos anteriormente apuntados, el trabajo se enfoca exclusivamente en el dis-
curso de la dogmática jurídica, esto es, en las elaboraciones doctrinales de los
juristas continentales y angloamericanos sobre las presunciones. En segundo
lugar, el trabajo no se centra en las contribuciones de los juristas sobre las pre-
sunciones en un área determinada del derecho, sino en los problemas y discu-
siones a los que se han enfrentado los juristas al tratar de clarif‌icar el concepto
de presunción. Por consiguiente, el tipo de preguntas que serán examinadas
en este trabajo se ubican en un nivel de abstracción mayor y tienen un alcance
más general. Entre estas preguntas se encuentran las siguientes: ¿qué son las
presunciones?, ¿cuál es la estructura de las presunciones?, ¿a qué área del de-
recho pertenecen?, ¿todas las presunciones establecen una relación inferencial
entre el hecho conocido del que parte la presunción y el hecho desconocido
que se obtiene como resultado?, ¿las presunciones absolutas o iuris et de iure

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